El IRPF degrava si se compra una vivienda haciendo extinción del condominio
Podrían ayudarme con esta duda:
Vendo mi casa que es mi vivienda habitual en 98.000€ su valor fiscal segun recibo de contribución es de 38.000€
y me costo 48.000€ en 1997.
Tengo una casa de la cual me pertenece un 50%(80.000) y le compro a mis hermanos el otro 50% por valor de los otros 80.000€.
El valor fiscal de la casa y puesto en escritura son 160.000€.
Esta sería ahora mi vivienda habitual.
Mi pregunta es: si en vez de comprar la parte a mis hermanos hago extincion del condominio, el beneficio que he obtenido
en la venta lo puedo usar para degrabarlo en la compra de la otra o tengo que pagar el IRPF.
Y si compro su parte en vez de hacer extinción del condominio es seguro que no pago o cuanto IRPF tendría que pagar.
Estoy hecha un lio y no se si me he expresado con claridad pero os agradeceria enormemente que me ayudarais.
Gracias