Estimada:
Normalmente la regulación de este tipo de casetas suele depender de cada municipio, por lo que tendrás que acudir al Ayuntamiento respectivo y ver las condiciones. Normalmente suele haber unas generales que suelen ser estas:
En el caso de personas jurídicas, estatutos, inscripción y alta en el correspondiente censo de empresarios.
En el caso de personas físicas, documentación acreditativa de estar dado de
alta en el epígrafe correspondiente del impuesto de actividades económicas y estar la
corriente en el pago de la tarifa o, en caso de estar exentos, estar dado de alta en el
censo de obligados tributarios: esta circunstancia deberá ser acreditada, a opción del
interesado, bien por el mismo, bien mediante autorización a la Administración para que
verifique su cumplimiento.
Fotocopia compulsada del último recibo pagado del Seguro de Responsabilidad
civil por daños propios o que se puedan ocasionar a terceros en la cuantía mínima que a
continuación se indica:
− Casetas de un módulo: Mínimo 151.000 €
− Casetas de uno a cuatro módulos: Mínimo 300.000 €
− Casetas de uno a más de cinco módulos: Mínimo 600.000 €
Dicho recibo deberá comprender el periodo de montaje, funcionamiento y desmontaje
de la Casetas.
Declaración responsable, en la que se haga constar que la explotación se hará
por los peticionarios y aceptando las normas del pliego municipal de convocatoria, o en su caso, por una empresa o persona sin vinculación al solicitante, debiendo constar el nombre de la empresa o persona.
Carnet de Manipulador de los responsables de la explotación
Plano de distribución de la Caseta
Boceto con diseño de fachada.
Proyecto de programación y funcionamiento de la misma.
Certificado de Instalación Eléctrica de Baja Tensión diligenciado por la Delegación Provincial de la Junta de Andalucía correspondiente, en el caso de que el adjudicatario tenga dicho certificado con validez para todo el año.
Obligaciones tributarias:
1- Certificación positiva, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria,
de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
2- De oficio se aportará al expediente documento acreditativo de la inexistencia de
deudas tributarias con el Ayuntamiento.
Obligaciones con la Seguridad Social:.
Certificación positiva expedida por la Tesorería Territorial de la Seguridad Social, de
hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social.
Fuente: Ayuntamiento de Almería
Espero que te sirva para aproximarte.
Un saludo