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Cambiar modalidad conjunta/individual en complementaria

5 respuestas
Cambiar modalidad conjunta/individual en complementaria
Cambiar modalidad conjunta/individual en complementaria
#1

Cambiar modalidad conjunta/individual en complementaria

Buenas tardes.

Me someto a vuestro saber en la siguiente cuestión: me han pagado este año unos atrasos correspondiente al ejerccicio 2010.

En el ejercicio de 2010 la declaración fue "conjunta" y a devolver, por ser entonces la opción más favorable.

Mi pregunta es: ¿en la declaración complementaria que voy a hacer puedo escoger la modalidad "individual" aunque la anterior fuese conjunta? ¿O la complementaria tiene que ser de la misma modalidad que la ordinaria?

Es que he observado que con los nuevos ingresos tendría que pagar una barbaridad presentándola "conjunta" y haciéndola individual es más favorable para mí.

Gracias
Un saludo
Paco

#2

Re: Cambiar modalidad conjunta/individual en complementaria

Si realizas la complementaria del 2010 , esta debe ser en la misma modalidad que la presentada en este caso Conjunta.

Si estos atrasos no representan una cantidad significativa con respecto a las rentas del 2011 , lo puedes incluir como mayor salario recibido en el 2011 y evitarte la Complementaria.

La administracion suele pasar por alto la normativa extricta de Complementaria , si estos atrasos por su poca influencia no perjudican a la Hacienda el incluirlos como rentas 2011.

Saludos

La complementaria se realiza con el PADRE2010 y la forma mas practica es, si se dispone en el odenador de la declaracion en el PADRE2010 , obtener una duplicada de la presentada , sobre esta duplicada agregar los salarios de atrasos y cumplimentar las Casilla de la Pagina 2(IV) que correspondan.

Saludos

#3

Re: Cambiar modalidad conjunta/individual en complementaria

Gracias, lunático, eso me temía. Pyues a pasar por caja.

Respecto de lo que comentas, la cantidad es unos 5.000 euros, ¿es significativa com para tener que hacer complementaria? y ¿la complementaria tiene que presentarse en periodo voluntario o en cualquier fecha?

Gracias
Un saludo Paco

#4

Re: Cambiar modalidad conjunta/individual en complementaria

Entiendo que si es significatvo y por tanto deberas realizar la Complementaria del 2010.

No necesariamente en este plazo de las declaraciones voluntarias , pero es norma que cuando se tenga conocimiento de las rectificaciones , estas sean declaradas. Ten presente que en las Complementarias no existe posibilidad de dividir el pago.

Saludos

#5

Re: Cambiar modalidad conjunta/individual en complementaria

Muchas gracias por las respuestas, me hanresuelta las dudas perfectamente

#6

Re: Cambiar modalidad conjunta/individual en complementaria

hola lunático, te agradecería si me puedes resolver una duda:

- para el cálculo del porcentaje de retención en el supuesto de rendimientos irregulares, ¿que importe se ha de poner en el programa de la aeat, el total de rendimiento irregular o el 40%?.

- supongo que en la declaración si se pone el 40% y el total percibido, ¿es así?

gracias. saludos.

Detesto a las víctimas que respetan a sus verdugos.