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Incremento patrimonial por extincion de condominio

2 respuestas
Incremento patrimonial por extincion de condominio
Incremento patrimonial por extincion de condominio
#1

Incremento patrimonial por extincion de condominio

Hola, mi pregunta es la siguiente, hace 10 años falleció mi padre y nos dejo en herencia
una casa, a mi hermana y a mi, el año pasado llegamos a un acuerdo y le vendí mi parte a
ella mediante una extinción de condominio, la vivienda tiene un valor de adjudicación de la
herencia de 110.000 euros y ella me dio la mitad por 55.000 (cantidad que figura en la escritura
de extinción de condominio),
¿Debo pagar por incremento patrimonial o al haberse vendido por el valor de la herencia no hay incremento?
Y en caso de tener que gar ¿Cuánto sería?

#2

Re: Incremento patrimonial por extincion de condominio

Fiscalmente no existe Incremento de Patrimonio , por tanto no tienes nada que declarar por esta extincion.

Ahora eres titular al 100% de pleno dominio y por rentas imputadas , desde la adquisicion del 50% , lo debes tener en cuenta.

Saludos

#3

Re: Incremento patrimonial por extincion de condominio

Sí, pero justo al revés.

Ahora es ella la plena titular de la propiedad, y no debe declarar nada.

Él es ahora propietario de 55.000 €. Debe declarar la variación patrimonial, el cambio de la copropiedad del tocho (valorada en 55.000 €) por la plena propiedad de dinero (concretamente 55.000 €).

Obviamente no hay ganancia, pero debe declararse, a saldo 0. De hecho, por aplicación de coeficientes de actualización, saldría una pérdida.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!