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Extinción de condominio

1 respuesta
Extinción de condominio
Extinción de condominio
#1

Extinción de condominio

Hola a tod@s
El pasado año le adquirí a mi hermana, mediante una extición de condominio, una propiedad que era al 50% de ambos. Creo que debo reflejarlo en la renta, pero no tengo ni idea de como hacerlo. ¿Me supone una ganancia patrimonial cuando le pague la mitad del valor de dicha casa a ella?
Por otro lado en la casilla 061 de inmuebles no afectos a actividades economicas, ¿debo modificar los dias computables de la renta imputada, adecuandolos a los porcentajes habidos el pasado año? es decir durante un periodo de tiempo tuve el 50% y el resto del año el 100%, ¿eso debo modificarlo?, ¿como?
¿Me puedo ahorrar algo de los gastos de la notaria o registro?
Muchisimas gracias de antemano a tod@s y habeis si podeis echarme una mano, porque esto ya loco.....

#2

Re: Extinción de condominio

En la extincion de condominio , si el valor adjudicado y pagado no supone mayor valor que el originario del inmueble ( 50%) , no existe incremento de patrimonio y nadie tiene que declarar nada.

Si el valor originario de este inmueble se ha superado en la adjudicacion, existe un incremento patrimonial (Plusvalia) que debe declarar tu hermana que es la que recibe la compensacion.

Tendra que declarar por el 50% por la diferencia entre el valor de adjudicacion (Pagado por ti) y el valor original del inmueble. En la Pagina 9(IV) Casillas361 y siguientes Clave 1.

El adquiriente que eres tu , no tiene nada que declarar por esta adjudicacion , tendras dos fechas de adquisicion y dos valores de adquisicion , para cuando vendas este inmueble ( 50% original y 50% adjudicado en la extincion) los costes de esta extincion de condominio incrementan el valor de adquisicion de este 50%.

En la Casilla 061 tendras todo el año la propiedad del 50% y desde la fecha de escritura, el otro 50%. En la parte superior tienes un Menu con "Alta inmueble" , donde obtienes mas ventanas donde declarar cada operacion.

Saludos