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Rendimientos de fallecido posteriores a la muerte

2 respuestas
Rendimientos de fallecido posteriores a la muerte
Rendimientos de fallecido posteriores a la muerte
#1

Rendimientos de fallecido posteriores a la muerte

Buenas tardes
Una persona fallece el 10 de septiembre
La Renta de la fallecida es desde el 1 de enero hasta el 31 el 10 de septiembre.
Tiene dos viviendas en gananciales (una vivienda habitual)
Las rentas de esas viviendad desde el 11 de septiembre hasta el 31 de diciembre, con propiedad para los hijos y usufruco para el conyuge, las tiene que declarar el conyuge en su renta del ejercicio 2011?
¿Hay alguna particularidad más?
¿Los gastos originados por el fallecimiento se imputan al finado o al conyuge? ¿Dónde se incluyen estos gastos por fallecimiento?
Gracias por vuestra ayuda

#2

Re: Rendimientos de fallecido posteriores a la muerte

En el ejercicio que fallece uno de los conyuges , el conyuge fallecido ha de declarar en el IRPF las rentas generadas hasta la fecha de fallecimiento, fecha de finalizacion de la declaracion , mientas que el otro conyuge es el 31-12-xx y son DOS declaraciones Individuales.

La del fallecido debe firmarla el conyuge superstite y presentar el certificado de defuncion.

La renta del usufructo es declarada por el usufructuario , aquellas rentas en gananciales hay que aplicar el 50% hasta la fecha del fallecimiento y a partir de esta solo para el conyuge vivo.

Los gastos de sepelio son gasto deducible en el Impuesto de Sucesiones , minora la masa hereditaria, en IRPF no tiene efecto.

Saludos

#3

Re: Rendimientos de fallecido posteriores a la muerte

Gracias por la rapidez, sigo teniendo la siguiente duda
El Usufructuario es el conyuge, propietario del 50% de las casas (régimen de gananciales)
El conyuge el año 2011 tiene que declarar:
- el 50%, por ganancial de todo el año
- el 50% del período desde la muerte hasta fin de año por usufructario?
Me estás diciendo esto ¿no?
Gracias