Rankia España Rankia Argentina Rankia Brasil Rankia Chile Rankia Colombia Rankia Czechia Rankia Deutschland Rankia France Rankia Indonesia Rankia Italia Rankia Magyarország Rankia México Rankia Netherlands Rankia Perú Rankia Polska Rankia Portugal Rankia Romania Rankia Türkiye Rankia United Kingdom Rankia USA
Acceder

¿Declaración Complementaria con resultado a favor del contribuyente?

3 respuestas
¿Declaración Complementaria con resultado a favor del contribuyente?
¿Declaración Complementaria con resultado a favor del contribuyente?
#1

¿Declaración Complementaria con resultado a favor del contribuyente?

En los datos fiscales para la presentación de la renta del 2011, me aparecen ingresos correspondientes al subsidio por desempleo del 2011. Por un lado me aparecen 2.500€ que corresponden con los que realmente tenía reconocidos, y por otro lado, dos cantidades con signo negativo de -750 y -933 imputables al 2009 y 2010.
Esto se debe a que en el año 2011, de la cantidad que legalmente me correspondía percibir, se me fue descontando esas cantidades en concepto de cobros indebidos en el 2010 y 2009.

Es decir, como en el 2010 cobro unos meses de forma indebida la prestación por desempleo, en la prestación que se me reconoció al año siguiente (2011) se me fue descontando lo que debía del importe mensual, en lugar de pagarlo de otra forma puesto que estaba desempleada. No sé si lo he explicado bien.

La cuestión es que ahora tengo que hacer 2 declaraciones complementarias de los años a los que corresponden esas cantidades en negativo, o al menos eso es lo que entiendo yo. Porque la otra opción de incluirlo este años, de forma que me aminore los ingresos. Creo que no sería lo correcto, por lo que he estado leyendo.

Mi pregunta es si tengo que hacer 2 complementarias para los años 2009 y 2010 y cómo. Ah, y si tuviera algún saldo a mi favor, si es posible que lo cobre.

Muchas gracias.

#2

Re: ¿Declaración Complementaria con resultado a favor del contribuyente?

Tienes dos opciones para declarar esas cantidades atrasadas:

1. Realizando una declaración complementaria.
Para hacer una declaración complementaria debes de emplear el programa PADRE de ese año, en este caso deberás hacer dos, una con el PADRE del 2009 y otra con el PADRE del 2010. Si tienes guardadas tus declaraciones presentadas, solo tienes que añadir los nuevos datos y rellenar las casillas de declaración complementaria, y presentarla en un banco.

2.También tienes la posibilidad de incorporar estos datos en la declaración de la renta del 2011, esto está admitido por la Administración por ser cantidades poco significativas. Deberías sumar está cifra a la correspondiente para el año 2011, y ponerlo en la casilla 001 de la página 3 (I).

Y si, es posbile que te de un saldo a favor en la declaración complementaria. Si tus declaraciones del año 2009 y 2010 fueron "a favor", las complementarias también lo serán, normalmente.

Gestora de Patrimonios en Welzia https://wz.welzia.com/fondos/

#3

Re: ¿Declaración Complementaria con resultado a favor del contribuyente?

Por las cifras indicadas siendo poco significativas , las puedes incluir en la declaracion del 2011 , sin necesidad de reclamar "Devolucion Ingresos Indebidos".

Las complementarias se hacen siempre que el resultado sea a favor de la Administracion ( Rentas no declaradas en su momento o deduciones incorrectas).Una Complementaria nunca puede salir a favor del contribuyente.

Cuando es a favor del contribuyente se necesita una solicitus de "Devolucion de Ingresos Indebidos".

Saludos

#4

Re: ¿Declaración Complementaria con resultado a favor del contribuyente?

Hola Amparo,
en la declaración del ejercicio 2011 tengo que presentar complementaria de atrasos por importe de 1.940 €. Mi duda es, ¿a qué te refieres con "También tienes la posibilidad de incorporar estos datos en la declaración de la renta del 2011, esto está admitido por la Administración por ser cantidades poco significativas. Deberías sumar está cifra a la correspondiente para el año 2011, y ponerlo en la casilla 001 de la página 3 (I)"?? Hasta qué importe admite la Administración para poder evitar la complementaria (que es un rollo)?? Dónde puedo encontrar esa información? Gracia y saludos.