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IRPF de personas desplazadas fuera de España.

2 respuestas
IRPF de personas desplazadas fuera de España.
IRPF de personas desplazadas fuera de España.
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IRPF de personas desplazadas fuera de España.

El año pasado mi empresa me ha destinado a Francia desde donde trabajando despues de Abril del 2011. Este año aún sigo aquí, y parece que la cosa continuará para largo.

Los salarios percibidos durante los 8 meses del 2011 trabajados en Francia los he recibido de la empresa Española, pagando la SS y el IRPF en España durante todo ese tiempo. Los salarios del 2012 los sigo recibiendo de la misma manera.

Mis preguntas son las siguientes:

- Al estar trabajando en el extrangero, ¿Me deberían de devolver el IRPF que he pagado en 2011?
- En tal caso, ¿podría seguir cotizando a la S/S española y recibir el IRPF?
- ¿Tengo algún tipo de obligación con el fisco Frances?
- Si no tengo que pagar IRPF en España, ¿Podría decidir de pagar 0% en las próximas nóminas?

Espero que alguien me pueda ayudar, porque la verdad que se leen muchas cosas pero no me queda nada claro.

Gracias

#2

Re: IRPF de personas desplazadas fuera de España.

Me gustaría saber si has recibido alguna respuesta. estoy exactamente en tu misma situación, con la diferencia de las fechas. .
jartocoles