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Duda Modelo 145 Comunicación datos al pagador

5 respuestas
Duda Modelo 145 Comunicación datos al pagador
Duda Modelo 145 Comunicación datos al pagador
#1

Duda Modelo 145 Comunicación datos al pagador

Buenas tardes, a ver si alguien me puede ayudar un poquito.

Tengo una duda con respecto a la confección del modelo 145 de Comunicación datos al pagador. Resulta que mi mujer no trabaja ni tiene prestación alguna, por este motivo yo había marcado la casilla nº 2 del 145: "Casado/a y no separado/a legalmente cuyo cónyuge no obtiene rentas superiores a 1.500 euros anuales, excluidas las exentas".

La cuestión es que en el trabajo, la persona encargada de tramitar estos documentos me dice en tono algo soberbio que no debo de marcar esa casilla, puesto que para ello, tendría que darse conjuntamente el caso de que en primer lugar mi mujer percibiese rentas, y en segundo lugar que estas rentas no sean superiores a 1.500 euros anuales.

Yo le he dicho que aunque no tiene sueldo o prestación alguna, el simple hecho de que una cuenta o cartilla bancaria le genere un interés, ya se consideraría que ha tenido rentas, pero me dice que NO, que eso no es así, y que no debo de marcar la casilla nº 2, si no la nº 3 "Situación familiar distinta de las dos anteriores (solteros sin hijos, casados cuyo cónyuge obtiene rentas superiores a 1.500 euros anuales, ... etc.)".

¿Que opináis al respecto?

Muchas gracias anticipadas y saludos.

#2

Re: Duda Modelo 145 Comunicación datos al pagador

Lo correcto si tu mujer no tiene rentas superiores a 1.500,00€ (rentas, es casi todo, trabajo, capital, ganancias patrimoniales, rendimientos de actividad, imputación de rentas...), y según lo que dices es así, que marques la opción 2 y comuniques el NIF del cónyuge.
Esto supone que en el cálculo de la retención y según la base, PUEDA resultar un tipo inferior al que correspondería con la situación 3.

Saludos.

#3

Re: Duda Modelo 145 Comunicación datos al pagador

Hola, en el calculo de la retencion no tiene efecto esta situacion , siempre que el bruto consignado como renta del trabajo , supere los 18.900 euros.

Pero si es correcto el consignar dicha situacion cuando se ajuste a la verdad.

Pero si tu salario bruto anual , supera este importe , no merece la pena discutir porque el efecto no existe, ahora si el salario bruto es inferior si afecta al calculo de la retencion y no tienes porque adelantar dinero a la AEAT aunque luego lo recuperes en la Declaracion.

Saludos

#4

Re: Duda Modelo 145 Comunicación datos al pagador

Gracias a ambos por las respuestas.

Entonces, teniendo en cuenta que mis retribuciones superan los 18.900 euros, ¿está claro que la persona que me decía que no podía marcar la casilla nº 2 esta totalmente equivocada no...?

Por cierto, tengo otra duda, si un trabajador decide subirse las retenciones en tres o cuatro puntos por encima de lo que sería su IRPF normal, después al realizar la declaración de la renta, ¿le devuelven todo lo que ha cotizado de más?.

Gracias de nuevo y saludos.

#5

Re: Duda Modelo 145 Comunicación datos al pagador

En efecto la persona que te ha dicho lo de la casilla 2 esta totalmente equivocada aunque en tu caso marcarla o no, no tiene ningun efecto.

Y la retencion de IRPF puedes subirtela voluntariamente todo lo que quieras, y si, en la declaracion te devolveran todo lo que hayas ingresado de mas.

#6

Re: Duda Modelo 145 Comunicación datos al pagador

Muchas gracias por tu respuesta Cronos, este foro es lo mejor.

Un saludo.