Irpf vivienda de alquilerRespuestas: 7
Irpf vivienda de alquiler
Hola,
Re: Irpf vivienda de alquiler
Hola Krusty, En relación a la emisión del recibo imagino que tienen razón en el banco ya que el titular que emite el recibo solo puede ser uno. Si os abonan el pago a través de una transferencia, el cobro de los dos. La alternativa de emisión del recibo alternativamente supongo que también es buena. Un cordial saludo.
Re: Irpf vivienda de alquiler
No existe ningún problema fiscal tal y como lo tenéis. Los rendimientos corresponden a los titulares de los bienes y además tenéis el contrato firmando los dos hermanos como arrendadores. Debéis distribuir los ingresos y los gastos al 50%..
Re: Irpf vivienda de alquiler
Gracias por contestar.
Re: Irpf vivienda de alquiler
La explicación del Banco para no poner a dos en el recibo es una chorrada del Banco. Probablemente se deba a un motivo tan vanal como que no hay espacio suficiente para dos nombres, pero los titulares pueden ser 2 ó mas sin que haya ningún impedimento legal. Sociedad Civil no hace falta hacer porque ya está hecha, si en la Escritura de Propiedad del piso figuran 2 personas pues se supone que tiene el 50% del piso cada una, y así lo va a considerar Hacienda sin necesidad de que haya ningún otro documento. Probar a poner "Hermanos ...xxx" o "D. xxx... y otro" para que quepa en el recibo que emite el Banco.
Re: Irpf vivienda de alquiler
Ojo con crear una sociedad civil, como socios fundadores no tendríais derecho a cobrar el paro si algún día lo necesitais, aunque también tendríais unas ventajas fiscales que como personas físicas no teneis
Re: Irpf vivienda de alquiler
Te sera útil saber también que ""la nueva Ley del IRPF, cuando haga su próxima declaración de la renta usted no pagará impuestos por los ingresos que reciba del alquiler, si el inquilino es menor de 35 años. Si el inquilino es mayor usted tendrá una reducción del 50 por ciento de los impuestos (Artículo 23.2 1º de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre).""" Si se lo alquiláis a una familia y hay alguno menor de 35 años, mejor que formalicéis el contrato con este. Al igual el nuevo inquilino tendrá ""deducción fiscal del 10,05% en el tramo estatal del IRPF, de lo que pague un inquilino por el alquiler de su vivienda habitual, hasta un máximo determinado, siempre que tenga unos ingresos anuales inferiores a 24.000 euros neto""" Con esto podrías convencerlos para que pongan en el contrato a uno de los hijos y no al cabeza de familia (cuyos ingresos suelen ser mayores por regla general)
Re: Irpf vivienda de alquiler
Hola.
Saludos |
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