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Diferencia patrimonial en renta por venta finca heredada

4 respuestas
Diferencia patrimonial en renta por venta finca heredada
Diferencia patrimonial en renta por venta finca heredada
#1

Diferencia patrimonial en renta por venta finca heredada

Buenos dias: Necesito que alguien me ayude, mi pregunta es la siguiente en el año 1973 heredé, de mi padre fallecido, una finca con un valor en escritura de 1.188 pesetas (7,14 euros). Ahora la he vendido por importe de 35.665.35 euros y tengo que declarar en la renta el beneficio por diferencia patrimonial. Alguien me puede decir como se actualiza el valor de adquisición de la finca y que coeficientes se aplican, por favor diganme como se hace esta operación.

Tambien he vendido otra fica, más pequeña, que linda con la anterior pero ésta la compre en enero del año 2000 por importe de 225.38 euros y la he vendido por 7.348.76 euros, por favor diganme si la operación es igual que la anterior o varia ya que la fecha de compra es distinta,

Un saludo y gracias anticipadas

#2

Re: Diferencia patrimonial en renta por venta finca heredada

Los coeficientes de actualizacion de bienes inmuebles , para el ejercicio 2011, en los ejemplos de la pregunta son:

Lo adquirido en el 1.973...... 1,2908

Lo adquirido en el 2.000...... 1,2191

El valor de adquisicion se multiplica por estos coeficientes y ese es el valor de adquisicion actualizado.

Saludos

#3

Re: Diferencia patrimonial en renta por venta finca heredada

Al tratarse de adquisiciones anteriores al 31-12-1994 hay que tener en cuenta el régimen transitorio que permite aplicar un porcentaje reductor sobre las ganancias patrimoniales (en el caso de inmuebles el 11,11% por cada año de permanencia en el patrimonio que exceda de dos, desde la fecha de adquisición hasta el 31-12-1996.
Este régimen transitorio no se aplicará a la ganancia que se estima generada a partir del 20-01-2006
Se entiende como ganancia generada antes del 20-01-2006 la parte de la ganancia patrimonial que proporcionalmente corresponda al número de días transcurridos entre la fecha de adquisición del elemento patrimonial transmitido y el 19-09-2006, ambos inclusive, respecto del número total de días que hubiera permanecido en el patrimonio del contribuyente. Por tanto, para delimitar la ganancia generada antes de dicha fecha, se realiza un cálculo lineal proporcionalmente al número de días

#4

Re: Diferencia patrimonial en renta por venta finca heredada

En la primera venta no vas a tener que tributar. Si no mal recuerdo las adquisiciones anteriores al año 1.988 no tributan.
Con respecto a la segunda venta, tienes que sumarle los gastos de notaria, registro de la propiedad, impuesto de transmisiones y por la venta restarle el impuesto de plusvalia, aunque al ser suelo rustico estara exento.
De todos modos en el programa padre todo lo que te explicado ya te lo realiza.

#5

Re: Diferencia patrimonial en renta por venta finca heredada

Creo que sí tendrá que tributar por la parte de la ganancia que se entiende generada desde el 20-01-2006.
Disposición transitoria novena de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio
Determinación del importe de las ganancias patrimoniales derivadas de elementos patrimoniales adquiridos con anterioridad a 31 de diciembre de 1994

Guía Básica