Incremento patrimonial
Muy buenas, os expongo mi caso y os agradezco de antemano las respuestas.
En el año presente, 2016, vendo (extinción condominio) mi mitad de mi vivienda habitual, obtiendo un beneficio neto (descontando todos los gastos de notaría, registro, etc.) de unos 20.000 euros. Me comenta mi gestor que el beneficio tiene que tributar en la próxima declaración de la renta (alrededor del 20%) y que la única posibilidad de no tributar por ello es reinvertirlo en mi vivienda habitual, es decir, comprarme un nuevo inmueblo.
Mi duda: Debido a que trabajo y resido en un lugar fuera de donde en un futuro quiero ir a vivir y que en dos años me va a ser imposible regresar a mi lugar de origen. ¿Podría reinvertir el beneficio obtenido en la compra de una vivienda donde no voy a poder ir a vivir hasta dentro de al menos cuatro años, justificando que es por motivos laborales?
Un cordial saludo.