Entiendo entonces que el limite no es el fiscal, sino que tu limite es el financiero:
•El límite financiero (lo máximo que se puede aportar), que ascendía en 2014 a 10.000 euros para menores de 50 años y a 12.500 para mayores de 50 años, se ha reducido a 8.000 euros anuales independientemente de la edad a partir del 1 de enero de 2015.
•El límite fiscal (lo máximo que podemos deducirnos), en 2014 era la menor de las siguientes cantidades: 10.000 euros o el 30% de los rendimientos netos del trabajo o actividades económicas para menores de 50 años y 12.500 euros o el 50% de los rendimientos netos del trabajo o actividades económicas para mayores de 50. A partir de 2015 la aportación máxima será la menor de las siguientes cantidades: 8.000 euros o el 30% de los rendimientos netos del trabajo o actividades económicas independientemente de la edad.
Si se trata del limite financiero, debes retirar este exceso de la entidad que tengas el Fondo de Pensiones , antes del 30 de Junio del ejercicio siguiente al que se aplica la aportación, si tienes uno de la empresa y otro particular, debes retirarlo del particular, porque estas expuesto a una sanción si no lo realizas.
Saludos