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Deducción por maternidad, no sé si fiarme de lo que me han dicho en Hacienda.

5 respuestas
Deducción por maternidad, no sé si fiarme de lo que me han dicho en Hacienda.
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Deducción por maternidad, no sé si fiarme de lo que me han dicho en Hacienda.
#1

Deducción por maternidad, no sé si fiarme de lo que me han dicho en Hacienda.

Sé que la deducción por maternidad de los 100 euros mensuales la pueden cobrar madres trabajadoras. Si se está cobrando el paro no cuenta.

Aparentemente mi mujer no cumple las condiciones pero un trabajador de Hacienda nos ha dicho que en nuestro caso sí podríamos deducirnos 100 euros de 2015. No sé si fiarme. Os explico la situación muy rápidamente.

En el año 2015 mi mujer cobró el paro de enero a junio.
El resto del año no tuvo ingresos, salvo en noviembre, que realizó diferentes charlas para el Gobierno de Canarias, a los pagos que le hicieron le aplicaron las correspondientes retenciones. Por estos trabajos, al ser puntuales, no la dieron de alta, ni ella se dio de alta en autónomos.

Según el técnico de Hacienda, sí podría deducirse 100 € en 2015 por esos trabajos en noviembre. Yo le he preguntado que cómo puede ser posible si en noviembre no Hubo cotizaciones en la Seguridad Social, y me dice que con las cotizaciones que tienen de enero a junio (por el paro) sí puede deducirse esos 100 € por los trabajos que hizo en noviembre sin alta en la seguridad social. Lo consultó con una Superiora y ambos me decían que sí.

Esto es correcto?

Gracias

#2

Re: Deducción por maternidad, no sé si fiarme de lo que me han dicho en Hacienda.

es que la redacción de la norma, como es habitual, es tan farragosa que puede inducir a confusión:
http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/_Segmentos_/Ciudadanos/Minimos__reducciones_y_deducciones_en_el_IRPF/Deduccion_por_maternidad/Importe_de_los_beneficios.shtml
"La deducción por maternidad será de hasta 1.200 € anuales por hijo menor de 3 años y se calculará de forma proporcional al número de meses en que se cumplan de forma simultánea los requisitos incluido el mes de nacimiento y no computando el mes de cumplimiento de los 3 años, teniendo como límite para cada hijo el importe íntegro sin bonificaciones de las cotizaciones y cuotas totales a la Seguridad Social y Mutualidades devengadas en cada período impositivo con posterioridad al nacimiento o adopción."
"podrá solicitar el pago anticipado de la deducción por maternidad mediante la presentación del modelo 140 para pedir el cobro de 100 € mensuales o en su caso, el importe de las cotizaciones y cuotas totales a la Seguridad Social y Mutualidades devengadas en cada período impositivo posterior al nacimiento, adopción o acogimiento. A estos efectos, se computarán las cotizaciones y cuotas correspondientes a los meses en que el descendiente genere derecho a deducción y en los que se cumplan todos los requisitos para la aplicación de la misma. "

La confusión estriba en qué se considera periodo impositivo; los funcionarios que te han contestado están considerando el año natural que es el periodo impositivo del IRPF. Con tal interpretación, si has trabajado algún día durante 1 mes, tendrías derecho a los 100 euros si en el total del periodo impositivo (el año) has cotizado más de 100 euros, aunque haya sido en otro mes.
Pero más bien me parece que el periodo impositivo que se quiere considerar es cada mes, que es cuando surge la obligación de cotizar a la seguridad social. Y hay que ver mes a mes si se cumplen las condiciones y cuál ha sido la cotización en ese mes. El segundo párrafo lo detalla claramente para el caso del pago anticipado: el límite son 100 euros al mes o el máximo que se haya cotizado ese mes, si es menor.
En el propio programa Padre te obliga a indicar en qué meses has cotizado, cuánto y si has pedido el pago anticipado. Si en noviembre pones 0 de cotización, el programa te calcula 0 de deducción.

#3

Re: Deducción por maternidad, no sé si fiarme de lo que me han dicho en Hacienda.

No me cuadra... La regla general establece que pueden aplicar deducción por maternidad mujeres con hijos menores de tres años con derecho a la aplicación del mínimo por descendientes, que realicen una actividad por cuenta propia o ajena por la cual estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad.

La cuota se deduce de las cotizaciones a la Seguridad Social (o Mutualidad alternativa) en cada mes del ejercicio.

Desconozco la excepción que aplican para haberte indicado eso.
A ver si algún compañero del foro tiene la clave...

#4

Re: Deducción por maternidad, no sé si fiarme de lo que me han dicho en Hacienda.

Estoy de acuerdo contigo. La deducción se aplica mes a mes, con la condición de que al menos se haya trabajado 1 día de ese mes en cuestión, y siempre en base a las cotizaciones a la Seguridad Social también de ese mes.

Bajo mi punto de vista

- de enero a junio no trabaja --> no puede deducir
- noviembre trabaja --> puede deducir hasta un máximo de 100€ sobre lo cotizado a la Seguridad Social en noviembre. Si no ha cotizado no puede deducir

Tal y como indicas, en el programa Padre (también en el Renta WEB) se introducen los datos mes a mes, y se ve claro.

Saludos!

#5

Re: Deducción por maternidad, no sé si fiarme de lo que me han dicho en Hacienda.

#6

Re: Deducción por maternidad, no sé si fiarme de lo que me han dicho en Hacienda.

Creo que has dado en el clavo. Efectivamente, esa es la razón que me dieron en Hacienda aunque no sabía explicarlo. Salvo que el program Padre tenga un error de programación, cosa que dudo, no consigo deducirme los 100 euros. Al no coincidir el mes en que ha trabajado con los meses en que ha cotizado, la deducción que aparece es cero, tienes razón. Todo apunta a que las condiciones se tienen que dar de forma simultánea dentro del mismo mes.
Gracias por la respuesta y gracias a todos los que han respondido. Espero que esto también pueda ayudar a más gente.