Declaración Venta de Piso
Acabo de leer en el Manual Práctico de Renta 2015, capítulo 11 GANANCIAS Y PÉRDIDAS PATRIMONIALES (pag. 366) lo siguiente:
GANANCIAS Y PÉRDIDAS PATRIMONIALES QUE NO SE INTEGRAN EN LA BASE IMPONIBLE DEL IRPF
Por expresa disposición legal, las ganancias y pérdidas patrimoniales que a continuación se citan no se integran en la base imponible del IRPF y, en consecuencia, no se someten a tributación por este impuesto.
Ganancias Patrimoniales no sujetas al IRPF
Ganancias patrimoniales sujetas al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
Tienen esta consideración las ganancias patrimoniales derivadas de la aceptación de donaciones, herencias o legados que, por estar sujetas al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y para evitar la doble imposición sobre las mismas, se declara en el artículo 6.4 de la Ley del IRPF su no sujeción a este impuesto".
Con la lectura de lo anterior, ¿debo incluir o no en la declararación las participaciones (3,33%) en dos pisos heredados por mi mujer con motivo del fallecimiento de un tío?. He de añadir que, en tiempo y forma, se liquidó el correspondiente Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones de esas propiedades.
Muchísimas gracias por vuesta inestimable ayuda
Ferrolano