Por la vivienda habitual, de la que tienes solo la nuda propiedad, debes declararla en la página 1, titularidad 4 (otras situaciones).
Los rendimientos o imputaciones de rentas les corresponden a tus padres. El resultado es el mismo si la consideran cedida a un familiar que si la consideran a disposición de ellos. El 1,1% del valor catastral.
Por la propiedad en plena propiedad, y en la que no vives, debes declararla en la página 4, y en apariencia debes imputarte una renta por tener el inmueble a tu disposición. El 1,1% del valor catastral. Si tuvieses el piso alquilado, deberías declarar el arrendamiento, ya que el inquilino seguramente declararía la vivienda en su IRPF.
la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!