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Subsidio de 52 años y HERENCIA no comunicada a SEPE.

74 respuestas
Subsidio de 52 años y HERENCIA no comunicada a SEPE.
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Subsidio de 52 años y HERENCIA no comunicada a SEPE.
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#16

Re: Subsidio de 52 años y HERENCIA no comunicada a SEPE.

Hay dos temas diferenciados
La herencia, si su familiar sólo hereda propiedades no hay que declarar nada al SEPE, sólo hay que declarar el capital que se herede y si este es determinante de suspensión o extinción.
La venta, hay que declararla si es causa de suspensión o extinción y con la doctrina actual de no declarar nada cuando se hereda y declarar el valor completo de la venta como ingreso es casi imposible que no sea una causa de suspensión.
Si sólo se pregunta por la herencia la información puede ser totalmente correcta.
Ahora el plazo para comunicar la venta. El SEPE acepta que se haga en cualquier momento entre la venta y la realización de la siguiente declaración anual de rentas o reanudación. Si su familiar no ha realizado la DAR desde que vendió el piso, todavía está en plazo para comunicarlo y no debería tener ningún problema.
Se suspendería el subsidio un mes y si no hay otros ingresos que lo impidan se reanudará al mes siguiente.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#17

Re: Subsidio de 52 años y HERENCIA no comunicada a SEPE.

Sólo hay obligación de informar de aquellas situaciones que sean causa de suspensión o extinción, por lo que si ese interés presunto no provoca la suspensión o extinción del subsidio no hay ninguna obligación de comunicarlo, en ningún momento.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#18

Re: Subsidio de 52 años y HERENCIA no comunicada a SEPE.

Muchas gracias por la respuesta. Como decía antes, se heredó un piso entre varios hermanos. Pero hasta que se vendió pasaron años. Se vendió hace 8 o 9 meses. A cada uno correspondió uno 20.000 euros. Entiendo que sería causa de suspensión.

El quid de la cuestión entiendo que está en cuándo se comunica al SEPE esta historia. Eso de la Declaración Anual de Rentas lo desconocía.

Por lo que me dice entiendo que, aunque desde haber hecho la venta y cobrado la herencia hayan pasado 8 o 9 meses no habría problema al incluir todo ello en la Declaración Anual de rentas de este mismo año ¿lo he tendido bien?
#19

Re: Subsidio de 52 años y HERENCIA no comunicada a SEPE.

Lo que he leído es que NO COMUNICAR LA HERENCIA a Sepe en el plazo de UN MES puede acarrear la extinción del subsidio.

En cambio vd me dice:

 El SEPE acepta que se haga en cualquier momento entre la venta y la realización de la siguiente declaración anual de rentas o reanudación. Si su familiar no ha realizado la DAR desde que vendió el piso, todavía está en plazo para comunicarlo y no debería tener ningún problema. 


#20

Re: Subsidio de 52 años y HERENCIA no comunicada a SEPE.

El criterio del mes hace tiempo que lo cambio el SEPE, precisamente por las sentencias judiciales en contra.
Está en la instrucción de rentas de noviembre de 2019.
El plazo para declararlo es hasta la siguiente declaración anual de rentas o reanudación. ¿Por qué? Porque ahí está firmando que mantiene los requisitos, si no lo comunica en ese momento ya se considera que hay un engaño.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#21

Re: Subsidio de 52 años y HERENCIA no comunicada a SEPE.

Muchas gracias por tu aclaración. Ese texto del MES de plazo para comunicar la herencia leído en el internet es el que había asustado a la familia un poco. 
Entonces no hay problema, justo en julio se hará la Declaración anual de rentas y como digo la venta de la casa se hizo hace 8 meses.
#23

Re: Subsidio de 52 años y HERENCIA no comunicada a SEPE.

Buenas tardes Angelneu,

Discúlpame por preguntar aquí, no puedo hacer preguntas de otra manera porque no me deja acceder.a hacer mi propia pregunta.

Mi pregunta es:  El SESCAM, nos ha indemnizado por la pérdida de un audífono de mi padre  ya fallecido. 
Dicha indemnización se considera herencia?

Yo que cobro el subsidio (+52) computaría como pago  único?

Y a una pensión de Viudedad, como afectaría?.

Mi agradecimiento por su labor.
Un saludo
#24

Re: Subsidio de 52 años y HERENCIA no comunicada a SEPE.

Hola,
En mi opinión esa cantidad la percibirían los herederos de la persona fallecida, y pienso que si computaría.
Se computa como pago único,  tendría que dividir su parte  entre 12 meses.
Si de ese resultado,  mas el resto de sus rentas no supera los 750 euros,  no hay problema.
Si lo supera,  hay que comunicar al SEPE y suspenderían el subsidio un mes. 
Saludos 
#25

Re: Subsidio de 52 años y HERENCIA no comunicada a SEPE.

Gracias por su pronta respuesta..

El caso es que si se considera herencia hay que hacer  algún impuesto?

Mil gracias.
#26

Re: Subsidio de 52 años y HERENCIA no comunicada a SEPE.

¿ de qué cantidad hablamos ?
Me imagino que será muy pequeña.
Pagar por ello, desde luego que no.
A lo más,  presenta liquidación que le saldrá negativo, y punto.

#27

Re: Subsidio de 52 años y HERENCIA no comunicada a SEPE.

Son 375 cada hermana,.

A qué te refieres con presentar liquidación? Te refieres a Hacienda .. y que modelo sería?
Gracias
#28

Re: Subsidio de 52 años y HERENCIA no comunicada a SEPE.

Por liquidación me refiero a presentar el impuesto. 
Por esa cantidad,  no haría absolutamente nada.

#29

Re: Subsidio de 52 años y HERENCIA no comunicada a SEPE.

Entendido..

Muchas gracias por su atención. 
Un saludo
#30

Re: Subsidio de 52 años y herencia

Buenas noches!

Mi consulta es la siguiente ya que no me deja abrir un hilo propio para esta cuestión.

Cobro desde 2018 el subsidio de 52 años.

Mi padre falleció en 2003 y mi madre en 2019, dejándonos como herencia una vivienda  a mis hermanos y a mí. 
Hasta el momento no se ha llevado a cabo ninguna aceptación de herencia de ninguno de los de los dos conyugues ya que desde que mi madre falleció, hemos intentado que un hermano que disiente firme la aceptación y partición del inmueble en escritura pública y, hasta el momento no  hemos conseguido que lo haga de mutuo acuerdo.

En noviembre de 2022 recibimos una Cédula de  Notificación del Juzgado promoviendo procedimiento de adjudicación y división de herencia convocando a las partes, hoy 10 de Enero de 2023,   a la comparecencia para formación de inventario,  solicitada por mi hermano disidente. En esta comparecencia solo se incluye en el inventario el único bien inmueble que menciono más arriba.

En la herencia existían otras cosas,  sin perjuicio de las acciones que pueda tomar el hermano que disiente para ventilarlas por otros cauces.

Hoy mi hermano se ha ratificado completamente en el contenido de la demanda de formación de inventario y liquidación de haber hereditario, con la solicitud expresa de la intervención y administración del bien que conforma el activo.

Nosotros nos hemos mostrado conformes con el inventario conformado por el inmueble, oponiéndonos a la administración de dicha finca por ser innecesario ya que hay consentimiento de que debe ser adjudicada por partes iguales conforme al testamento y mayoritariamente acordamos ceder en precario la finca al hijo de uno de nuestros hermanos, evitándose así una posible ocupación eventual por terceros

Se acuerda dejar como único bien el de la finca y queda pendiente para resolver solicitud sobre la administración del bien y fijar nuevo señalamiento para liquidación del bien inventariado con nombramiento de contador partidor y peritos en su caso.
 
Mi pregunta es, se consideraría esto una aceptación de herencia?
Cuándo y qué plazo tengo para comunicarlo al Sepe?
Si no lo comunico ahora y espero a hacerlo cuando vendamos el inmueble, es esto un acto de aceptación tácita de la herencia e incurriría en penalización y me quietaran el subsidio y tendría que devolver los meses cobrados?
Qué ocurre con la cesión en precario de esa vivienda?

Me surgen muchas preguntas y no sé qué debo hacer.

Te agradecería mucho la ayuda que me puedas ofrecer para esclarecer este completo maremagnum en el que me veo envuelto.

Mil gracias!



 







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