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Subsidio 52 años cotización

21 respuestas
Subsidio 52 años cotización
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Subsidio 52 años cotización
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#1

Subsidio 52 años cotización

Hola buenos días.preguta.tengo 22 años cotizados en el 2012 cobré el paro tengo 49 años tengo derecho al subsidio de 52 años gracias.
#2

Re: Subsidio 52 años cotización

Cuando cumplas los 52 y si has renovado la demanda de empleo desde q quedaste en paro por lo q dices si..y si el gobierno no cambia nada.
#3

Re: Subsidio 52 años cotización

Una pregunta ¿hubo alguna razón por la que no cobrara el subsidio después del paro?
La pregunta es porque para cobrar el subsidio de mayores de 52 años no pueden haberse superado rentas durante más de un año desde el momento del hecho causante (en este caso el fin del paro) y el no haber accedido al subsidio podría ser por esa causa.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#4

Re: Subsidio 52 años cotización

Hola cobré en el 2012 el paro está el 2014 y ahora estoy cobrando el 2 Ray con 49 años.
#5

Re: Subsidio 52 años cotización

Hola buenas tardes una pregunta q me inquieta situ estás cobrando el subsidio de 52 años y percibes una esencia familiar tequitan el subsidio.gracias por escucharme.
#6

Re: Subsidio 52 años cotización

Si se heredan más de  712,50X12 entonces debe suspenderse el subsidio un mes y se recupera a continuación. En el caso de que sea una cantidad inferior se sigue cobrando el subsidio.
Si ha cobrado dos RAIs parte del tiempo es obvio que no se pasaba del límite de ingresos, si no lo ha superado durante más de un año no habrá problema para el subsidio.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#7

Re: Subsidio 52 años cotización

Hola Fran
Desconocía esa condición de acceso,  me refiero a la de no haber superado los ingresos en más de un año desde que se ha tenido vía de acceso. No la comprendo bien ¿ Donde puedo encontrar la norma o las instrucciones ?. ¿ Extingue la vía de acceso y hay que generar otra ?. Entiendo que una persona que tiene vía pongamos a los 45 y  después tiene 13 meses de ingresos altos  no podría pedir el subsidio a llegar a su hecho causante cumplír los 52. ¿ Es así ?

Muchas gracias por tu tiempo y tu ayuda


#8

Re: Subsidio 52 años cotización

Hola, 
A lo que se refiere Fran es si en el “momento del hecho causante” se cumplen todos los requisitos menos la carencia de rentas.
Una cosa es la “vía de acceso” y otra es el “hecho causante” ,  que en este subsidio se produce cuando se cumplen los 52 años.
En el caso que tu dices,  entiendo que SI podría pedir el subsidio, cuando cumpla dicha edad (52 años, que es cuando se produce el hecho causante)
Te adjunto la norma. 
#9

Re: Subsidio 52 años cotización

Creo q gran se refiere a esto
INSTRUCCIÓN SÉPTIMA. DINÁMICA DEL DERECHO 
7.1. DETERMINACIÓN DE LOS MOMENTOS O PERÍODOS EN QUE HAN DE 
CONCURRIR LOS REQUISITOS DE CARENCIA DE RENTAS Y/O DE 
RESPONSABILIDADES FAMILIARES 
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 275.5 del TRLGSS, los requisitos de carencia 
de rentas y, en su caso, de existencia de responsabilidades familiares han de concurrir en 
el momento del hecho causante y, además en el de la solicitud del subsidio y de sus 
prórrogas o reanudaciones y durante su percepción. 
Aclara dicho precepto que, a estos efectos, se considerará como fecha del hecho 
causante aquella en que se cumpla el plazo de espera de un mes, o se produzca la 
situación legal de desempleo; o la de agotamiento del derecho semestral; o la de 
finalización de la causa de suspensión.
En el supuesto del subsidio para trabajadores mayores de 52 años, conforme a lo 
dispuesto en el art. 274.4 LGSS, en relación con el art. 23.4 del Real Decreto 625/1985, 
de 2 de abril, junto a los hechos causantes anteriores se considerarán también como 
tales: 
a) El cumplimiento de la edad de 52 años, para quienes no tuvieran cumplida dicha 
edad en el momento de encontrarse en alguno de los supuestos contemplados en 
los apartados 1, 2 y 3 del artículo 274 del TRLGSS.
b) El 13 de marzo de 2019, fecha de entrada en vigor del Real Decreto- ley 8/2019, 
de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la 
precariedad laboral en la jornada de trabajo, para aquellas personas que no 
pudieron acceder al subsidio para mayores de 55 años, por no tener cumplida esa 
edad en el momento de tener derecho a algún subsidio entre el 15 de Julio de 
2012 y el 12 de marzo de 2019
#10

Re: Subsidio 52 años cotización

www.sepe.es › personas › pdfPDF
Resultados web
INSTRUCCIÓN DE RENTAS Y RESPONSABILIDADES ... - SEPE
#11

Re: Subsidio 52 años cotización

#12

Re: Subsidio 52 años cotización

#13

Re: Subsidio 52 años cotización


Muchas gracias Angelneu y  Zinkyp

Esto que me pasais habre una casuistica que desconocia. Por lo que leo si se puede extinguir la causa de acceso si en el momento del hecho causante y durante mas de un año no se tuvieran carencia de rentas. En fin yo sigo esperando un cambio normativoque simplifique las vias de acceso, De hecho en los tribunales el SEpe esta perdiendo los litigios contra las personas que  invocan la RAI como via de acceso. Veremos.

Un saludo
#14

Re: Subsidio 52 años cotización

Es curioso lo de la carencia de rentas en el inicio del derecho, puede ser causa de  extincion de la via de acceso, pero una vez concedido no se puede extinguir aunque estes varios años trabajando, siempres puedes reanudarlo cuando tengas carencia de las mismas. Bueno saberlo.