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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
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#226

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

A ella. 
#227

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Franjgr por favor puedes confirmar que solo se le imputa a ella? Muy agradecido con Angelneu por su respuesta, pero buscando en Rankia encontré este mensaje tuyo en otro hilo:

"Si la cuenta es de tu mujer, entonces el dinero es de ella se lo has donado y por lo tanto no tiene ningún efecto sobre el subsidio de mayores de 52 años para el que sólo se mira los ingresos y el patrimonio del subsidiado.
Si la cuenta fuera a medias entonces se imputaría un 3% anual del capital que hubiera en esa cuenta, la mitad se imputaría a tí y la otra mitad a tu mujer.
Si la cuenta fuera tuya entonces se imputaría el 3% anual del capital, pero exclusivamente a tí.
Para este interés presunto no importa el régimen del matrimonio.

Si existiera un interés explicito de ese capital, por pequeño que fuera, entonces no se consideraría ese 3% se consideraría el interés que te dé ese dinero. Estando casados en separación de bienes, ese interés se imputaría de la misma manera que para el interés presunto del 3% (o sea al propietario de ese capital y si sois propietarios los dos por mitades), pero si estuvierais casados en gananciales, fuera cual fuera el propietario, se imputaría por mitades"

Ya me he liado, pues entiendo que tú dices que se imputa a los dos y el compañero dice que solo a ella.

Repito de nuevo que muy agradecido a Angelneu por su respuesta, pero quiero estar seguro.
#228

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Siento diferir de Angelneu, pero los intereses de cuentas y depósitos son por la explotación de un bien (el capital invertido) y son ingresos gananciales. En caso de matrimonio en régimen de gananciales y sea quien sea el propietario del dinero o de la cuenta o del depósito, se debe dividir entre los dos e imputar cada mitad a un conyuge

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#229

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Ok, entonces como declaro esos intereses?  Espero a que me los ingresen en cuenta el año próximo o tengo que avisar al SEPE ahora?
Y la DAR que tengo que hacerla en junio como haría? Si todavía no ha cobrado esos intereses, tendria que poner un rendimiento presunto o como?
#230

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Buenos días, estoy en suspensión por el SEPE 
y necesito que alguien me confirme o desmienta un tema de IVA sobre un localito de 35 m2 que tengo alquilado a un zapatero. 
En mi declaración de la renta la base imponible (más IVA menos IRPF) x por 12 es renta bruta bruta.
Pero yo pago el 303 de IVA trimestral que me deduje, por ser obligación fiscal y no gasto ( no me deduje las obras ni comunidad ni gas..)
Necesito contactar con alguien por favor que sepa alegar ésto con leyes (y si es correcto deducirlo como confío claro)
Renta bruta=base imponible - IVA ?, creo que lo llaman renta bruta neta..
Lo cierto es que discriminan alquiler de piso con alquiler de local. No hay jurísprudencia al respecto?. En la renta se declara el 40% en pisos y no están sujetos a otras obligaciones fiscales como los locales.
Muchas gracias de antemano y recordarles que me és  muy urgente su ayuda por favor.

#231

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

¿Esos intereses son tantos que supere 750;euros mensuales?
Si la respuesta es no, no tiene porqué comunicarlo, si la respuesta es si entonces no debería estar cobrando el subsidio, comuníquelo cuanto antes.
Si no tiene obligación de comunicarlo porque no llega a esos 750 euros al mes, hará la DAR como siempre y si quiere comunicarlo en ese momento pues bien hecho tara y si no dice nada pues también estará bien hecho

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#232

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

A ver si me explico: serán unos 5000 eur por 12 meses de depósito que los ingresarán en octubre 2023, entonces sería 5000/12=416, no supero rentas.
Pero como nunca he hecho el DAR, en junio 2023 será la primera vez, no sé cómo funciona. Según tu no tengo que decir nada? No es obligatorio entonces poner nada ahí en junio, antes de cobrar? 
 Y en octubre cuando los cobre tampoco tengo que comunicar?
#233

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Solo es obligatorio declarar aquellos ingresos que sean causa de suspensión o extinción del subsidio.
No le pueden sancionar por no declarar lo que no es causa de suspensión. Si lo declara bien y sino también 

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#234

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Vale, entiendo. 
Otra pregunta, si recibo un inmueble en herencia junto a mis hermanos y este no se vende, se tiene en cuenta el rendimiento presunto, pero este rendimiento se computa al 50% con mi mujer (gananciales) o solo a mi?
#235

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Solo a usted, lo que se adquiere por herencia no son bienes gananciales, es exclusivo del que hereda

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#236

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Si la vivienda se vendiera y el dinero se guardara en el banco y generarse intereses, entonces si computaria al 50% esos intereses verdad?
Resumiendo, el interés presunto no se tiene en cuenta el régimen matrimonial, pero en el interes real si, para que me quede claro, es así?  

Y una reflexión: si uno posee una segunda vivienda valorada en 400000, no tendría derecho a este subsidio por superar rentas, pero si esos 400000 los tiene en el banco a un interés del 0,10, entonces si.... Me parece absurdo.
Gracias por todo.
#237

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Su reflexión es correcta y creo que todos le daremos la razon.
Los intereses de cuentas, como todos los que vienen de la explotación de un bien son gananciales. En cambio los presuntos (no reales) no pueden ser gananciales porque no vienen de la explotación de un bien (no son ingresos siquiera) de ahí su diferente tratamiento 

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#238

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Hola buenas tardes. Mi duda sobre el subsidio de mayores de 52 trata sobre los dividendos generados. Resulta que tengo cartera de acciones de un total de 8 empesas ibex. La mayor parte de estas empresas dan dividendos en los meses de julio y diciembre. En cualquier caso el importe total de esos dividendos es inferior al tope del 75% SMI . Anualmente. Entiendo que el importe anual de dividendos se divide en 12 mensualidades? O los meses en los que mas se pagan /julio y diciembre al superar el tope se suspenderia subsidio?
#239

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Esos dividendos tienen un periodo de generación, si se pagan dos veces al año será de 6 meses cada bloque de dividendos. Por lo tanto debe dividir los dividendos entre los 6 meses que han estado generándose para saber si supera el 75% del SMI. Si los dividendos de julio y de diciembre son iguales entonces el resultado será el mismo que dividir los dividendos anuales entre 12 como usted comenta.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#240

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Gracias por tu respuesta.