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Procedimientos monitorios para el cobro de deudas de bajo importe

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Procedimientos monitorios para el cobro de deudas de bajo importe
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Procedimientos monitorios para el cobro de deudas de bajo importe
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#73

Re: Procedimientos monitorios para el cobro de deudas de bajo importe

Si no ha cambiado recientemente un documento cambiario (pagaré, cheque, letra de cambio ....) no se puede (o al menos no se podía) ejecutar por procedimiento monitorio, con lo cual es preciso abogado y procurador, pero como esto ha cambiado recientemente por lo que veo se puede con documentos cambiarios http://www.cobratis.es/help/faqs/preguntas-frecuentes-sobre-el-proceso-monitorio observa esta:

¿Qué documentos necesito para acreditar mi deuda?

Documentación acreditativa de la deuda: Cualquier documento que justifique la deuda como pueden ser: Recibos, Facturas, Albaranes, Presupuestos, Pagarés y cheques, Contratos, Telegramas, Gastos de Devolución Bancarios, Carta, Fax, E-mail, , Hoja Libro Mayor…etc

*Nota: De incluirse efectos comerciales como Pagarés y cheques deben de adjuntarse también las facturas o albaranes correspondientes puesto que el efecto comercial no soporta por sí mismo la deuda al ser tan sólo un documento probatorio el modo de pago acordado con el deudor.

http://grupos.emagister.com/debate/juicio_cambiario_o_proceso_monitorio__/6530-136871
Si atiendes a esto, y aún cuando puedes iniciar la demanda a través de un proceso monitorio y bajo los modelos e instrucciones que se indican en este hilo, que son de "aficionado" al menos yo no soy abogado, el problema de una demanda de este tipo es que antes de la ejecución hay que demostrar que la deuda es cierta, porque como puedes observar incluso se puede iniciar sin mas documento que la factura, ahora bien si uno lo hace así, corre el riesgo que se le opongan a la deuda y tenga que demostrarla, si bien tras 20 días hábiles tras la notificación judicial el deudor no se opone es firme y se puede pedir la ejecución de bienes, la ventaja es que tu mismo la puedes presentar, no es necesario abogado hasta los 2.000 €.

En un proceso cambiario (que conozco poco, porque es tema ya de abogados) se supone que la deuda ya está demostrada con el propio documento, y la ejecución es mucho mas rápida, ahora bien, yo en tu caso tal vez tiraría por monitorio, cualquier abogado en un proceso cambiario de 1.000 € que te va a cobrar, es que si te cobra 300 pierde dinero, y si el deudor paga a la notificación judicial, cosa que no es tan rara, los 300 te los comes con patatas.....

Por cierto si al final tiras por ahí, en la ejecución, que el Juez te dará la opción en uno de los escritos de sentencia, indicando algo así como: Para la ejecución de la deuda sera suficiente con la mera solicitud ..... no esperes que en el juzgado se ocupen de localizar los bienes del deudor, los tendrás que localizar tu, por ejemplo podrás pedir al juzgado que solicite a Trafico si hay vehiculos, al Registro de la Propiedad si hay fincas, a los bancos (que tendrás que indicarle tu al Sr. Juez a cuales y en que domicilios) si tiene cuenta abierta, o a Hacienda si constan derechos por devoluciones de impuestos. Una vez tengas estos datos podrás pedir el embargo, pero un "Sr. Juez agarrar todo" pues no, primero tendrás que indicarle que pides, por ejemplo "la cuenta del Banco del Parque" y la embargan y resulta que consigues 300 € (a mi me ha pasado), pues estos ya son tuyos, pero seguidamente tendrás que pedir "mejora de embargo" y pedir por ejemplo la furgoneta matricula .......

Al final esto funciona bastante bien si estas pendiente de todo, y si lo haces tu por tu cuenta, te darás cuenta de que un abogado no te cobra 300 ó 500 € por no hacer nada, esto es bastante laborioso, y cuesta el mismo trabajo reclamar 100 que 100.000 ...... Y la gran pega es que si en el domicilio que tu conoces ya no están, el invento se va al cuerno, debes conseguir un domicilio donde le puedan notificar desde el juzgado, si esto no lo tienes, es un verdadero problema, y si consigues por ejemplo el domicilio particular del gerente o del administrador, intenta documentar como lo has conseguido, no para el Juez, al cual ni le preocupa, es por la ley de protección de datos.

Bueno si uno es de una ciudad pequeña, lo tiene muy fácil, en ellas nos conocemos casi todos los que tienen negocio, o los que tenemos cargos medios en las empresas, y solemos saber donde vive cada cual, ahora bien esto en Madrid capital no lo creo posible, pero siempre queda buscar compañías de informes que además de buscar cuentas empresariales o balances, localizan domicilios (no tengo ni idea del cómo) pero legal será porque bien que emiten una factura por los servicios de búsqueda, y no es muy caro, creo que la cosa puede costar 50 ó 100 €

#74

Re: Procedimientos monitorios para el cobro de deudas de bajo importe

Mil gracias por tu información, esta tarde he conseguido hablar con el cara dura y me ha dicho que me llama la semana que viene para decirme el dia que lo puedo volver a meter en el banco, de momento el banco ya me ha clavado 40 euros de gastos y si lo meto y vuelve a venir devuelto será otro tanto a si es que me estoy pensando mandarle notificación de que me lo ingrese en cuenta en una semana o empiezo con el proceso monitorio. Un saludo y otras mil gracias gente como tu hacen de este foro el mejor.

#75

Re: Procedimientos monitorios para el cobro de deudas de bajo importe

Ten han puesto el sello de declaración equivalente de protesto detrás????? es importante en caso de que decidas ir al procedimiento cambiario, y lo puedes pedir, bueno creo que había que pedirlo cuando lo ingresaste, no se si ahora lo harán, por pedir no pierdes nada, el sello y la firma la pone tu banco al dorso del documento, pero atención suelen cobrar por registrar esto, creo que 10 ó 15 euros adicionales, ahora bien si vas por monitorio da lo mismo, pero si decidieras ir por el procedimiento cambiario (con abogado) esto del protesto o la declaración bancaria equivalente es necesario para la ejecutividad del documento.

#76

Re: Procedimientos monitorios para el cobro de deudas de bajo importe

No se si tendrá sello o no por que el talon no he ido a por el por que le he dicho al del banco que se lo quede por si el cliente me dice que lo vuelva a meter, si no me llama esta semana para que lo meta, a la proxima semana ya he hablado con la asesoria y lo meteremos por monitorio ya que no estamos para mas gastos. Un saludo

#77

Re: Procedimientos monitorios para el cobro de deudas de bajo importe

En muchos Juzgados te facilitan el modelo.

#78

Re: Procedimientos monitorios para el cobro de deudas de bajo importe

Hola a todos y feliz año,

Me llamo Jose y aunque llevo ya tiempo ojeando la web en ocasiones por otros temas, esta es la 1ª vez que hago una consulta y por eso me he registrado.

Mi tema es que cuando vivia con mi exnovia dejamos sin pagar al SPAVIV, porque no se los cobraron, 3 recibos de alquiler.

El contrato estaba a nombre de los dos, y al cabo de 2 años me los reclamaron pero no viviamos juntos, me dijo que lo pagara y ella me lo daria cuando cobrara el respectivo 50%.

Y han pasado casi tres años y sigue sin pagar.

Me debe en total 1050€, lo cual se pasa de los 900€ para interponer un proceso monitorio sin pagar abogado y procurador.

La consulta es la siguiente:

- ¿Aunque me deba 1050€ podria reclamarle solo 899€ y asi evitar los costes de abogado y prcurador?
- ¿Si se realiza el juicio quien paga los gastos judiciales que pudieran existir?

Espero que me podais ayudar, gracias de antemano y que tengais un prospero año nuevo

JOSE

#79

Re: Procedimientos monitorios para el cobro de deudas de bajo importe

Ahora son 2.000 € el límite sin abogado, bueno en realidad creo que son 30.000 €, pero como el (o la) demandada plantee una "oposición" pues a partir de 2.000 tienes que nombra abogado y procurador, pero hasta 2.000 se puede sin él, otra cosa es si es recomendable ir sin el profesional si uno no está muy acostumbrado a "los papeles" .............. lo que desconozco es si una reclamación de este tipo se puede tramitar por este procedimiento, porque no es una demanda por deudas normal, bueno si que lo es, pero desconozco si esto tiene matices. Tal vez si pones una respuesta a los que han puesto su respuesta en el hilo, y por la misma ves que "tienen pinta" de abogado (por el tipo de respuestas) seguramente conseguirás que te indiquen.

Supongo que sabes como se "manda una llamada", pero por si no lo sabes, se trata de ir al comentario/respuesta y a la derecha hay un botón de "contestar", lo pinchas y se te abre un cuadrito para insertar tu consulta/respuesta.

Si en la demanda (pongamos que si puede por "monitorio") hay oposición de la contra parte, el juez la acepta, entonces se abre un juicio verbal (vamos uno con juez en persona y en una sala de vistas) normalmente, y esto no es automático, el que pierde paga sus costas y las de la otra parte, y creo que en una "vista" si que es obligatorio el abogado, pero para ello tiene que haber "oposición" y que el juez la entienda como procedente, y si esto ocurre, a uno siempre le queda la opción de desistir (renunciar).

Saludos.-

#80

Re: Procedimientos monitorios para el cobro de deudas de bajo importe

Muchísimas gracias por tu respuesta.

La verdad ya hice hace meses un monitorio contra la guarderia de mi hijo que cerro practicamente sin avisar y no nos devolvio el importe abonado de la de la matricula del año siguiente.

La unica pega es que tuve que ir un total de 5 veces al juzgado por 135€, con sus correspondientes horas de trabajo perdidas, no me extraña que la gente no reclame las cosas.

Bueno, gracias nuevamente y Feliz año nuevo