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Cambio de domicilio y empadronamiento. - Ingreso mínimo vital

150 respuestas
Cambio de domicilio y empadronamiento. - Ingreso mínimo vital
1 suscriptores
Cambio de domicilio y empadronamiento. - Ingreso mínimo vital
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#121

Re: Cambio de domicilio y empadronamiento. - Ingreso mínimo vital

Pues si la cobras este año será a finales de 2024 cuando te lo mirarán y si la cobras en 2024 y ya no estás cobrando el IMV no tendrás deuda 
#122

Re: Cambio de domicilio y empadronamiento. - Ingreso mínimo vital

Mi querida amiga, cómo estás? Me alegra verte más por aquí. Me estoy acostumbrado a esto de ayudar a los demás usuarios, pero no sé si mis formas me pierden a veces.
#123

Re: Cambio de domicilio y empadronamiento. - Ingreso mínimo vital

Bien gracias pues intenta ser más sutil a veces es difícil porque algunos no encajan bien las respuestas porque no es lo que quieren oír 🤷🏻‍♀️
#124

Re: Cambio de domicilio y empadronamiento. - Ingreso mínimo vital

pero que deuda,que me pueden reclamar los meses de cobro de junio a diciembre que me de de baja o como va eso
#125

Re: Cambio de domicilio y empadronamiento. - Ingreso mínimo vital

Los ingresos se miran anual un ejemplo de IMV te corresponden 1.000 eur es 
decir 10.000 eur anuales y de ingresos computables este año tienes 12.000 te habrás pasado y te quitan el IMV además de devolver el IMV íntegro de ese año otra cosa que puede pasar de ingresos computables has tenido 8.000 no te has pasado pero de IMV te pagarán 2.000 eur anuales y los otros 8.000 te piden devolverlos 
#126

Re: Cambio de domicilio y empadronamiento. - Ingreso mínimo vital

perdona hija pero sigo sin entenderlo,yo pregunto los meses de junio a diciembre que es cuando me doy de baja me lo pueden reclamar?
#127

Re: Cambio de domicilio y empadronamiento. - Ingreso mínimo vital

Si superas el umbral, sí, pero te dan la opción de pagar a plazos. Si te hacen pagar algo, elige esa opción y pagas tranquilamente.
#128

Re: Cambio de domicilio y empadronamiento. - Ingreso mínimo vital

entoces para no tener esa deuda que tengo que hacer darme de baja ya o que

#129

Re: Cambio de domicilio y empadronamiento. - Ingreso mínimo vital

los 6 meses son 3390 no superan el umbral
#130

Re: Cambio de domicilio y empadronamiento. - Ingreso mínimo vital

Pero si te ingresan 17.000 euros de la herencia, sí los superará, pero en todo caso, ellos lo verán el año que viene en tu declaración del 2.023. Así que hasta el año que viene, no tendrás que pagar nada en todo caso.
#131

Re: Cambio de domicilio y empadronamiento. - Ingreso mínimo vital

Entonces pa que me dicen en el INSS que me de de baja en diciembre,que si no ellos se entera y entonces si están los cobros indebidos no lo entiendo
#132

Re: Cambio de domicilio y empadronamiento. - Ingreso mínimo vital

Porque de darte de baja, puedes, pero no es obligatorio. Ellos ya te darán baja solos cuando vean que recibiste 17.000 euros, en concepto de herencia en tu próxima declaración. La diferencia, es que si te das de baja, este año sólo cobrarás hasta diciembre, lo más probable, o si esperas que ellos te den de baja, cobrarás posiblemente todo 2024, y te la quitarán en noviembre/diciembre de eso. Tienes que elegir entre ser buen ciudadano, y dar de baja este año, sabiendo que no recibirás más ingresos regulares de dicha ayuda en 2024, o que ellos te la den de baja (ya les avisaste, así que por lo menos el aviso lo tienen, pero seguro no actúen hasta el año que viene), y poder cobrar todo el 2024. Los pagos indebidos podrás pagarlos a plazos, así que lo podrás considerar un préstamo de la seguridad social. Tú decides, amigo. Estás en un dilema, en el cual yo sé perfectamente qué opción tomaría.
#133

Re: Cambio de domicilio y empadronamiento. - Ingreso mínimo vital

El problema es que si cobra en 2024 luego la pidan devolver y es lo que no quiere tener una deuda
#134

Re: Cambio de domicilio y empadronamiento. - Ingreso mínimo vital

La deuda ya la tendrá también para 2.023, pero en menor cantidad, Sonia. Tendrá que devolver igual si tiene que dar de baja en diciembre de este año. Lo que yo intento decirle, es que la segunda opción, si a esta persona le viene bien, ya que va a devolver de todas formas el dinero y tiene la opción de hacerlo a plazos, pues que deje que ellos le den de baja y así cobra 2.024. Sí, tendrá una deuda más grande, pero los de la Seguridad Social dan plazos bastante aceptables para pagar las deudas, y podría considerarlo un préstamo que tendrá que devolver y ya está. A lo mejor le viene bien cobrar 2.024 para estudiar hacerse una carrera en la universidad, hacer una obra, viajar para ver algún familiar, o simplemente ahorrar para el futuro, no sé... Pero tiene dos opciones, él es libre de elegir la que quiera. 
#135

Re: Cambio de domicilio y empadronamiento. - Ingreso mínimo vital

Que no que para algo me han dicho que me de de baja en diciembre si no me hubieran dicho que me de de baja ya no pienso yo