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El Estado hipertrofiado: La UE renuncia a prohibir las aceiteras , España no abandona la idea

28 respuestas
El Estado hipertrofiado: La UE renuncia a prohibir las aceiteras , España no abandona la idea
El Estado hipertrofiado: La UE renuncia a prohibir las aceiteras , España no abandona la idea
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#25

Re: El Estado hipertrofiado: La UE renuncia a prohibir las aceiteras , España no abandona la idea

Esta medida contra los intentos de pensar que es un éxito para celebrar, que se pare una medida de protección al consumidor y el intento de desvío para ningunear la labor desde Bruselas, sólo van a producir el efecto contrario y es que el consumidor se informe y exija sus derechos, sin la ayuda estatal que ni está y ni se la espera, sino de la forma más efectiva que es en los actos de consumo concretos, premiando al empresario que protegiendo la salud opte por un aceite de oliva virgen que es más cardiosaludable, aunque a algunos no les importe la salud, como el dinero.

Lo más triste y patético es que encima se confunda la protección del consumidor con una critica de los euroescepticos con la labor de Bruselas y el el supuesto exceso del Estado de la UE que no existe prácticamente, a diferencia de USA, y no no se vea como una cuestión nacional en España, en la que han hecho causa todos los partidos desde aquí, aunque el beneficio este concentrado sólo en las zonas de producción de Andalucía, y que se alegre alguien desde aquí porque haya otros lobbys que tengan más poder en Bruselas cuando resulta que los Estados del Norte son mucho más proteccionistas con el consumidor a nivel nacional y se rechace por ser poco efectiva y se pase por alto estúpidamente que no se pierde el objetivo de proteger al consumidor de otra manera por parte de la Comisión que lo seguira intentando más, con las críticas de los euroescepticos.

Ya sólo la discusión que esta generando justifica cualquier lucha al respecto y sobretodo el fracaso de desviar el tema hacia otros temas por los euroescepticos y los que quieren menos Europa atacando a la Comisión como defensora de unos intereses, muy por encima de los nacionalismos o localismos de aldea, sean territoriales o sean de los grupos o lobbys de presión.

Que se hable del tema ya hace al consumidor más responsable y exigente, para no necesitar ayuda ninguna, ni sucumbir a cualquiera o ningun grupo de presión, sobretodo al que se equivoca, pidiendo menos Europa y desviando la atención sobre la importancia de la protección de la salud de los europeos con esta o con cualquier otra medida que se demuestre efectiva.

Un saludo

#26

Re: El Estado hipertrofiado: La UE renuncia a prohibir las aceiteras , España no abandona la idea

Así es Madoz, la prevalencia de los asuntos económicos sobre los sanitarios y/o de consumo es la verdadera pauta de nuestros representantes (locales nacionales o globales, están cortados con el mismo patrón) no nos olvidemos de los recortes que estamos sufriendo en la sanidad pública o la impunidad con que se comenten abusos sobre los consumidores de cualquier sector, alimenticio, carburantes , eléctricas ……. Con respecto a la asociaciones de consumidores variopintas , humildemente opino, que no tendría sentido su existencia si no se diera invigilancia y falta de rigor profesional de las autoridades competentes en la materia, amén de los intereses interesados ocultos para los consumidores, cuya única defensión es cuidar muy mucho la calidad , el precio de lo consumido y nunca confiar en que te venden ternera a precio de ternera , tal vez sea porto desbocado . En este hilo nos estamos comentando la hostelería pero la higiene ,salubridad, mantenimiento de la cadena de frío….. en supermercados , grandes superficies tiendas de barrio,……..es para temblar, en las tiendas de alimentación regentadas por orientales mejor ni entrar . A lo mejor yo soy un poco bastante "neurasténica" con el tema, pero en ello está mi salud por desgracia padezco una enfermedad cuyo origen no es conocido y se bajara que pueda ser por toxicidad , ¿de qué? “Qui lo sa”.

SL2

#27

Re: El Estado hipertrofiado: La UE renuncia a prohibir las aceiteras , España no abandona la idea

Los de siempre, los de abajo (los consumidores y usuarios), tienen que pagar los intereses económicos, de los de arriba, lobbys, que tienen suficiente influencia política, pero pagar no es mensurable económicamente o lo es de forma desproporcionada, cuando hablamos de aceites de colza (un emprendedor que abarataba el precio)o de tóxicos que afectan a la calidad de vida de las personas toda la vida.

Conozco gente con anisakis y con alergias que tienen que ver directamente con la exposición a tóxicos como conservantes, colorantes y química varia, inventados por mentes que presumen de ser "buenos gestores" y cuya causa-efecto para imputar en los tribunales se diluye en el conjunto.

Los consumidores y usuarios y las ONGs no son lobbys, sino que es la ciudadanía activa y responsable, a la que temen más los "listillos" del mercado, que al propio Estado que es el que tiene el poder y la capacidad de evitarlo, pero con la ayuda de todos para aislar a los que hacen trampas, y no ayuda el mensaje de critica distrayendo al cuestión o medidas que aumenten la eficacia de lo realmente importante, que no es el dinero y que es la salud cuyo valor es inconmensurable.

Es muy fácil y demagógica la crítica a la prohibición y la norma, pero precisamente el agua del grifo está recomendado por las asociaciones de consumidores y es mejor y más barata, porque todavía el agua es de titularidad pública (cada vez menos) y las depuradoras están bajo estricto control público, aunque se empeñen algunos en preferir su privatización por decir ser más eficiente (para sus bolsillos sí).

En los análisis de eficacia y eficiencia tan bien llevados por los intereses de los lobbys económicos siempre olvidan la cuantificación económica de los daños y perjuicios difícilmente evaluables o díficilmente demostrables a nivel individual, pero que es muy dificilmente asumible por el conjunto o defendibles porque afecte un poco a muchos o mucho a muy pocos.

Aquí en el Sur por ejemplo he oído críticas demagógicas sobre "que mal y que malas la prohibiciones" sobre la venta habitual de productos de alimentación en plena calle o en la playa.Allá el que no sepa mirar más allá, pero cuando consumo un alimento necesito un establecimiento que es más caro en su mantenimiento y no permite el beneficio rápido y a corto plazo, pero es la garantía de que el producto no va a causar daños y perjuicios al "estúpido y tonto" que no tiene por qué saber el recorrido (trazabilidad en las vacas locas) o la producción con normativa que obligue a por lo menos avisar de sus componentes de forma obligatoria, del alimento hasta su consumo.

Un saludo

#28

Re: El Estado hipertrofiado: La UE renuncia a prohibir las aceiteras , España no abandona la idea

Una de las libertades básicas del mercado único en la Unión Europea es la libertad circulación de productos por la Unión Europea, pero esta libertad se puede restringir y tiene excepciones en la protección del consumidor y esto tiene una gran trascendencia económica para un país como España que exporta convirtiendose en la Huerta de Europa (Almería y Murcia principalmente).

Ejemplo, Alemania y su problema con los pepinos.
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Sobre la libertad de circulación de alimentos y protección al consumidor

Con la creación de la Comunidad Europea, los Estados miembros fueron adoptando reglas comunes destinadas a facilitar la libre circulación de los productos: todo producto legalmente vendido y fabricado en un Estado miembro según las prescripciones nacionales en vigor puede ser vendido y consumido en los demás Estados miembros, salvo por razones imperativas de protección de la salud del consumidor. Sin embargo, las reglas de la libre circulación de los alimentos han tenido que convivir necesariamente con el respeto a los derechos básicos del consumidor, a quien cada vez le son exigidas mayores responsabilidades sobre los productos que adquiere.

El consumidor puede exigir del productor, distribuidor y comerciante un paquete de obligaciones que inciden de manera directa sobre la seguridad del producto y el derecho a su salud. Por ejemplo, que únicamente le pongan a disposición productos seguros; que le informen de los riesgos; que adopten medidas en caso de riesgos para el consumo; que establezcan instrucciones, advertencias e indicaciones sobre los riesgos previsibles; que identifiquen los productos o los lotes de productos; que realicen pruebas de muestreo entre los productos comercializados; que vigilen y controlen la seguridad de los productos comercializados y que adopten medidas adecuadas para evitar riesgos derivados de sus productos.

Las instrucciones e indicaciones necesarias para un correcto consumo, manipulación o conservación de los alimentos deberán facilitarse al consumidor y, en su caso, las advertencias y riesgos que sean previsibles. La finalidad no es otra que ofrecer al consumidor todos los datos que sean necesarios para una elección libre y con pleno conocimiento del producto, como la necesidad de reducir o minimizar los peligros que pudieran plantearse.

Los alimentos han de reunir unas condiciones mínimas de seguridad que los hagan aptos para el consumo humano. Existe una relación directa entre alimentación y el aspecto más fundamental de la seguridad del consumidor: su salud. Las normas relativas a los diferentes productos alimenticios y alimentarios, así como las que afectan a los diferentes procesos productivos, distribución, manipulación, transporte y comercialización deben tener como objetivo prioritario la protección de la salud de los consumidores con respecto al consumo de alimentos.

Uno de los aspectos fundamentales lo constituye la información que deben incorporar los alimentos que se comercializan al consumidor final. El derecho fundamental del consumidor a la protección de su salud y de su seguridad está íntimamente relacionado con el derecho que éstos tienen a la información.

Los productos alimenticios destinados al consumidor final deben estar, por tanto, debidamente etiquetados, y la información debe ser la legalmente establecida, tanto en cuanto a lo que se refiere la normativa general sobre etiquetado, presentación y publicidad de los productos; como en cuanto a las advertencias sobre riesgos, consejos, manipulación, conservación y consumo de los productos que adquirimos.

Sin embargo, el consumidor debe tener la capacidad suficiente para determinar si un producto cumple o no con la normativa que le afecta. Por ello, se requiere un esfuerzo del consumidor en su aproximación a las diferentes normativas de calidad de los productos (cumplimiento adecuado de los requisitos de elaboración y origen), así como a los reglamentos de elaboración y comercialización de los productos de la alimentación y otras normas generales relacionadas con los mismos, a fin de que pueda determinar cómo han de estar etiquetados los productos, qué normas de calidad tienen las diferentes categorías de venta, qué requisitos de conservación deben de respetar, qué aditivos pueden contener, qué requisitos deben de cumplimentar los establecimientos de venta o de elaboración, qué requisitos deben de cumplir los vendedores o manipuladores de alimentos, qué porcentajes de materia prima debe de contener un determinado alimento, qué procedimientos de elaboración son correctos, o qué requisitos o autorizaciones se requieren para su comercialización, entre otros.

Así, por ejemplo, un producto higiénicamente correcto e inocuo será considerado inseguro si la información facilitada en el etiquetado del producto o en la información facilitada en el punto de venta no es la adecuada desde el punto de vista de las expectativas del consumidor, que no acepta riesgo o peligro alguno. En la actualidad el consumidor tiene derecho a reclamar y a resarcirse de los daños si resulta perjudicado por una información incorrecta en cuanto a la forma de preparación, conservación, manipulación, composición o advertencias sobre determinados riesgos del producto alimenticio que ha consumido.

En virtud de los mismos quedan prohibidas entre los Estados miembros las restricciones cuantitativas a la importación, así como todas las ?medidas de efecto equivalente?, entendidas como toda medida que pueda obstaculizar, directa o indirectamente, real o potencialmente, el comercio intracomunitario. El TJCE, incluso va más allá, y determina en cuanto a los actos de omisión, que los actos de no actuación o la no adopción de medidas suficientes para impedir determinados obstáculos a la libre circulación de mercancías pueden también obstaculizar los intercambios intracomunitarios como si de un acto positivo se tratara, tal y como así sucedió en el «Caso Fresas», en las acciones particulares en territorio francés contra productos españoles.

http://www.consumer.es/seguridad-alimentaria/normativa-legal/2007/04/10/27313.php?page=4
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Sentencias y Jurisprudencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas:

Para la creación del Mercado Común, el Tratado de Roma estableció la supresión no sólo de los aranceles y cupos a los intercambios entre los Estados miembros sino también la de las más sutiles barreras de cualquier otro tipo, denominadas "medidas de efecto equivalente a restricciones cuantitativas". Sin embargo, permitió ciertas excepciones a esta última prohibición en virtud de las cuales, los Estados miembros podían adoptar reglamentaciones nacionales que impidieran o dificultaran la comercialización de mercancías procedentes de otros Estados miembros si estaban fundadas en determinadas razones de interés general taxativamente enumeradas: orden público, moralidad y seguridad pública, protección de la salud o del patrimonio histórico, etcétera. Al amparo de esta excepción, todos los Estados miembros mantuvieron o dictaron normas nacionales que dificultaban el comercio intracomunitario sin respetar siempre las condiciones, impuestas por el mismo tratado, de que no constituyeran una discriminación arbitraria o una restricción encubierta a los intercambios.

Estas cosas las aprendí yo de joven y mientras trabajaba como funcionario en el equipo que negoció la adhesión de España a la Comunidad Europea. Grande fue mi sorpresa cuando años después, trabajando ya en el sector privado, comencé a oír las primeras quejas -concretamente en la Junta Directiva del Círculo de Empresarios- sobre los obstáculos que las distintas reglamentaciones de las Comunidades Autónomas constituían para que las empresas pudieran comercializar sus productos y servicios en todo el territorio español. ¿Será posible -me preguntaba¬- que lo que se consiguió integrando varios mercados nacionales en un mercado único europeo se desintegre ahora en el mercado nacional? Los casos de las empresas -españolas y extranjeras- que tienen que adaptar la presentación de sus bienes y servicios, y de sus políticas de ventas en España, en función de la Comunidad Autónoma de destino, confirman que, increíblemente, es así.

http://www.cincodias.com/articulo/opinion/cassis-dijon-mercado-unico/20130130cdscdsopi_7/

Un saludo

#29

Re: El Estado hipertrofiado: La UE renuncia a prohibir las aceiteras , España no abandona la idea

Gracias Madoz por tus argumentaciones e informaciones, siempre me aportan un granito mas para que mi opinión, cierta o no, tenga mayor soporte. Guardo este último mensaje para releerlo cuantas veces precise, muy interesante.

Yo como tengo predilección por la provincia de Almería, es mi lugar de desconexión del mundanal mundo que me rodea, me quedo con su huerta, amén de su costa y sus gentes, sin menosprecia a la Murciana de altísima calidad pero tal vez menos protectora del los recursos naturales como el agua que no tiene, pero seguramente solo sea por motivos puramente emocionales y no reales.En cualquier caso viva la HUERTA ESPALÑOLA no nos olvidemos por ejemplo de C.F. de Navarra con sus verduras y hortalizas

Con respecto a la venta ambulante de alimentos y comida, decirte que evidentemente no soy usuaria aunque si los visito cada jueves en "mi pueblecico" almeriense de mis amores y observo cómo son patrullados por la policía local y se supone que verificando que el comerciante tiene todos y cada uno de los permisos oportunos (Actividad Económica=pago de impuestos, sanitarios, salubridad, manipulación procedencia.....)pero hoy por hoy y siempre según mi indocumentado criterio es mucho suponer. Aquí, en Madrid también existen tenderetes de venta de frutas y verduras en las calles principales atestadas de coches y renegridas por la contaminación con la permisividad de quién vigila (miran para otro lado y asunto arreglado, la ley del mínimo esfuerzo).Que en un pueblito se realicen estas practicas, del huerto al tendetere vale que bueeeeno, que va a ser que no, pero ¿en una capital del provincia de autonomía o de estado también? Evidentemente la decisión de compra es del consumidor pero las autoridades algo de responsabilidad en el cumplimiento de la leyes tienen ¿no?.

La crisis de lo pepino, pues que quieres que piense, el responsable siempre es el contrario o mas débil en términos económicos, hasta que se demuestre y cuando se demuestre pues se corre un tupido o estúpido velo y "p´alante" con las orejeras puestas. Tampoco tiene desperdicio la supuesta apología al alcoholismo, vamos vamos,
que si hay que beber se bebe pero líquidos de no menos 25% de gradación alcohólica; me he quedado ojiplática y boquiabierta, es decir con cara te tonta

SL2 agradecidos