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¿Qué hacer con 40.000?

49 respuestas
¿Qué hacer con 40.000?
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Re: ¿Qué hacer con 40.000?

Hola Trogo. Vale, llámale gasto. Pero si supones que una 2ª vivienda puede ser una inversión por el hecho de que te dan un dinero por el período en que lo tienes alquilada, lo cierto es que vivir en vivienda propia te evita pagar un alquiler por algo que nunca será tuyo. Vamos, es como si invirtieras en esa 2ª vivienda que dices pero te la alquilaras a tí mismo.
Todo es cuestión de hacer números y ver las circunstancias de cada uno. Si lanzáramos una encuesta entre todos los rankianos, creo que sería mayoría quien tenga vivenda en propiedad; y de esa mayoría, sería una minoría quien se arrepintiera de haber comprado vivienda propia.
No obstante, a cada uno según sea su propia circunstancia le podrá interesar una u otra opción. Por desgracia, habrá muchos (cada vez más) que no podrán ni plantearse la compra de vivienda, sea por estar en paro, por la incertidumbre sobre la duración de su contrato, por ser inframileurista... y claro, habrá otros que lo tendrán muy claro y aún pudiendo optar a la compra preferirán la alternativa de un alquiler.
En mi caso, no he tenido nunca dudas (además de podernoslo permitir con dos trabajos estables) y en su día compramos una vivienda, modesta, la cual tenemos en alquiler. Posteriormente, compramos una mejor, la cual estamos pagando todavía al banco (ya falta poco de pagar; seguimos desgravando anualmente en el IRPF).

#50

Re: ¿Qué hacer con 40.000?

Hola Pedro, me comentó mi padre que tenían ese depósito ahora. Nosotros contratamos uno al 4,25% a un año y cuando le pregunté si pedían vinculación era exactamente igual que el que nosotros hicimos (sin vinculación ni comisiones).
Me parece extraño tal y como está el mercado, ahora no tengo disponible ni puedo acercarme esta semana pero si aguanta hasta junio me vendría bien. La semana que viene preguntaré por si acaso.

Saludos

#51

Re: ¿Qué hacer con 40.000?

Buenos dias,

disculpa la tardanza encontestarte pero estuve de vacaciones, el Fondo de Garantia de Depósitos cubre hasta los 100.000 € por titular y en el caso del PIPA cubre el 100% de lo invertido pues el cliente depostia su deinero en 2 plazos fijos y en ningun momento compra acciones de ninguna empresa para cuyo caso el Banco de España cubriria el valor de las acciones al dia de la venta sin sobrepasar los 100.000 €. Pero repito, en el PIPA se garantiza el 100% de lo invertido por parte de NovaCaixaGalicia y hasta 100.000 € por parte del Banco de España.
Un saludo,
Sergio

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