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¿Si el dinero pasa de una cuenta que esta a nombre de mi madre a otra al mío que consecuencias ante hacienda?

72 respuestas
¿Si el dinero pasa de una cuenta que esta a nombre de mi madre a otra al mío que consecuencias ante hacienda?
2 suscriptores
¿Si el dinero pasa de una cuenta que esta a nombre de mi madre a otra al mío que consecuencias ante hacienda?
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#25

Re: ¿Si el dinero pasa de una cuenta que esta a nombre de mi madre a otra al mío que consecuencias ante hacienda?

Añadir un co-titular a una cuenta no implica la co-propiedad del saldo pero conviene tener presente que Hacienda no permitirá el uso de este "recurso" para eludir el impuesto de sucesiones.

Si, siendo tu madre co-titular de la cuenta, el dinero se invierte en la compra de un bien a tu nombre, ten por seguro que tendrás noticias de Hacienda por donación encubierta (especialmente si se trata de cantidades importantes, aunque los umbrales está cambiando mucho). Y al pago del impuesto tendrías que sumar entonces la correspondiente sanción.

Saludos,
Val

#26

Re: ¿Si el dinero pasa de una cuenta que esta a nombre de mi madre a otra al mío que consecuencias ante hacienda?

¿Y que tal un contrato de préstamo al 0%? pasado un tiempo establecido le devuelves el dinero.

¿Ese dinero es tuyo? dices que lo has declaro en hacienda ¿o lo he entendido mal?

#27

Re: ¿Si el dinero pasa de una cuenta que esta a nombre de mi madre a otra al mío que consecuencias ante hacienda?

Yo te aconsejaría que recogieses la recomendación de un asesor fiscal, para no entrar en conflictos con Hacienda. De encontrar una solución con el asesor que no te comprometa con Hacienda.

Si quieres puedes recordarle que "Hacienda somos todos" para sensibilizarle un poco.
https://www.youtube.com/watch?v=SyCd6Wn8laE

Saludos,
Valentin

"Be great at what you do"...Talmud www.rankia.com/6128763 http://bit.ly/2wDbccQ

#28

Re: ¿Si el dinero pasa de una cuenta que esta a nombre de mi madre a otra al mío que consecuencias ante hacienda?

Varias cosillas que me parecen poco claras pero creo conocer como simple usuario de banca:

A) El COTITULAR se presupone que es COPROPIETARIO de los fondos. Sea un depósito o sea una cuenta corriente. Luego se puede argumentar y justificar lo que se quiera pero tanto el banco en su comunicación a hacienda, como esta misma en su borrador de IRPF por ejemplo, atribuirá los posibles intereses a los titulares de la cuenta PROPORCIONALMENTE. En el caso que comentas, figurará que TU MARIDO es propietario de la mitad de esos fondos. Si además estuviera tu madre, Hacienda atribuirá los rendimientos al 33% a cada uno.

B) El AUTORIZADO puede disponer de los fondos pero NO ES PROPIETARIO y ni el banco ni hacienda le atribuyen la parte proporcional de los rendimientos ni lo tiene en cuenta para el impuesto de patrimonio.

C) No son pocas las entidades bancarias que, por su modelo de gestión, no permiten modificar los titulares o autorizados de cuentas. Prefieren abrir nueva cuenta y cancelar la anterior, por lo que sí es posible que no quieran hacer lo que comentabas de poner otro titular. Los depósitos, una vez abiertos, sí que no conozco ninguna entidad que permita modificar la titularidad antes del vencimiento.
Sí es más habitual permitir el cambio de los intervinientes cuando son cuentas de sociedades o entidades, por cambio de representantes legales de las mismas.

D) En el resto de temas, como la posible intervención de Hacienda por esos movimientos, comparto lo que hasta ahora te han venido diciendo.

#29

Re: ¿Si el dinero pasa de una cuenta que esta a nombre de mi madre a otra al mío que consecuencias ante hacienda?

Joanbe,

me parece que el punto A no es como lo planteas.
Según una consulta realizada a la Subdirección General de Tributos, la respuesta fue la siguiente:

"Como esta Subdirección General ha manifestado en ocasiones anteriores, el mero hecho de que la titularidad del depósito sea compartida no implica una donación de dicho propietario a los demás cotitulares del depósito, ni tácita ni expresa.La cotitularidad de un depósito no implica necesariamente copropiedad sobre lo depositado, del mismo modo que la mera entrega de las llaves de un inmueble o de un vehículo por su propietario a un tercero no implica obtener la copropiedad de estos bienes, sino una autorización para utilizarlos”.

Saludos,
Val

#30

Re: ¿Si el dinero pasa de una cuenta que esta a nombre de mi madre a otra al mío que consecuencias ante hacienda?

Me parece lógica la respuesta. De lo contrario el impuesto de donación nos lo saltaríamos todos por el forro.

Saludos,
Valentin

"Be great at what you do"...Talmud www.rankia.com/6128763 http://bit.ly/2wDbccQ

#31

Re: ¿Si el dinero pasa de una cuenta que esta a nombre de mi madre a otra al mío que consecuencias ante hacienda?

Me parece que has hecho un copia y pega de una consulta, en que solamente has incluido una parte muy limitada. Y creo que puede inducir a errores si no se pone el texto completo.

En enlace que adjunto, creo que abarca la problemática en su totalidad y si la lees más detenidamente verás que tiene más aristas que las que tu planteas:

http://petete.minhap.es/Scripts/know3.exe/tributos/consulta/texto.htm?NDoc=5047&Consulta=%2EEN+NUM-CONSULTA+%280722-03%29&Pos=0&UD=1

Yo puedo incluir como cotitular a un familiar de un depósito, aunque el dueño del dinero sea solamente yo. A la hora de presentar el IRPF, tendré que declarar la totalidad del rendimiento si es que no ha existido donación. Pero el banco informará a hacienda que los intereses se imputan al 50% a cada titular y eso, lo único que me va a generar son problemas a mí y a mi familiar al no cuadrar lo declarado en IRPF con lo informado por parte del banco a la Agencia Tributaria.

Creo que a eso es a lo que se refería el forero juanbe en comentario 28.

Saludos.

#32

Re: ¿Si el dinero pasa de una cuenta que esta a nombre de mi madre a otra al mío que consecuencias ante hacienda?

La cotitularidad no implica copropiedad y de cara a aclara las cosas con Hacienda basta (o debería bastar) con que el propietario acredite tal condición sobre los fondos.

Hay jurisprudencia reciente sobre esa cuestión (Sentencia nº 83/2013 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 15 de Febrero de 2013)

Saludos,
Val

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