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Encuesta Margrave: ¿Cuánto dinero necesitas para vivir sin trabajar, y ser feliz?

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Encuesta Margrave: ¿Cuánto dinero necesitas para vivir sin trabajar, y ser feliz?
12 suscriptores
Encuesta Margrave: ¿Cuánto dinero necesitas para vivir sin trabajar, y ser feliz?
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#2881

Re: Encuesta Margrave: ¿Cuánto dinero necesitas para vivir sin trabajar, y ser feliz?

quizás con la repetición diaria ?¿?¿ lo de los pisos nunca bajan se lo aprendió todo el mundo...

#2882

Re: Encuesta Margrave: ¿Cuánto dinero necesitas para vivir sin trabajar, y ser feliz?

Si, desaparecer no desaparecerá. Están ambos en cartera desde hace muchos años(no siempre se gana :) )

#2883

Re: Encuesta Margrave: ¿Cuánto dinero necesitas para vivir sin trabajar, y ser feliz?

Calorcito y antiinflamatorio parece que no funciona, llevo tres dias con ello, tengo que probar el romero, gracias.
s2

“Los dos guerreros más poderosos son paciencia y tiempo.” (León Tolstoi)

#2884

Re: Encuesta Margrave: ¿Cuánto dinero necesitas para vivir sin trabajar, y ser feliz?

Hola Chess, desde luego sería interesante disponer de los datos reales y toda evaluación objetiva nos seria muy valiosa . Lo malo es que para "informar" a la población de los resultados contaríamos con políticos y medios de comunicación... con lo que la demagogia en cualquier sentido estaría asegurada. (es triste que para informarse de muchas noticias que nos afectan debamos mirar prensa extranjera).

Tampoco entiendo muchas de las políticas europeas, pero también debemos hacer responsables a nuestros representantes(políticos como siempre).
saludos

#2885

Re: Encuesta Margrave: ¿Cuánto dinero necesitas para vivir sin trabajar, y ser feliz?

Pequeños placeres, ¿para que queremos un yate? con permitirnos estos lujos es suficiente.
s2

“Los dos guerreros más poderosos son paciencia y tiempo.” (León Tolstoi)

#2886

Re: Encuesta Margrave: ¿Cuánto dinero necesitas para vivir sin trabajar, y ser feliz?

Le doy 0 oportunidades a china, veremos que tal lo hacen,no consigo fiarme de ningun politico.
s2

“Los dos guerreros más poderosos son paciencia y tiempo.” (León Tolstoi)

#2888

Re: Encuesta Margrave: ¿Cuánto dinero necesitas para vivir sin trabajar, y ser feliz?

IV. CONDICIONES DE LAS CUENTAS GLOBALES
Por cuenta global se designa a aquella cuenta con una pluralidad de titulares, abierta por
una entidad autorizada/habilitada, con un mero carácter instrumental con el fin de realizar
operaciones de inversión, desinversión, depósito de efectivo o valores, en nombre propio
pero por cuenta de terceros (clientes) de manera efectiva y con un importante ahorro de
costes.
Se distinguen dos modalidades de cuenta global: de efectivo, en virtud de la cual se
instrumentalizan depósitos de efectivo, y cuentas globales de valores o instrumentos
financieros, en virtud de la cual Renta 4 adquiere o enajena, en nombre propio, valores o
instrumentos financieros por cuenta de sus clientes.
La titularidad de la cuenta global se atribuye a Renta 4, que procede a su apertura en
nombre propio pero por cuenta de terceros, para operar en valores internacionales,
figurando en dicha cuenta anotados los valores a nombre de Renta 4. La entidad
depositaria conoce el carácter instrumental de la cuenta global y por tanto que la
titularidad real de los valores corresponde a los clientes de Renta 4, residiendo en dicha
sociedad, que actuaría por cuenta de terceros, tan sólo la titularidad aparente.
Renta 4 cumple los siguientes requisitos con carácter previo a la apertura de cuentas
globales, conforme se desprende de la Circular 2/2000 de la CNMV de 30 de mayo:
- La existencia de una separación absoluta entre la cuenta propia de la entidad
autorizada/habilitada y la de terceros, no pudiendo registrarse posiciones de la entidad
y de sus clientes en la misma cuenta. La denominación de la cuenta de clientes refleja
expresamente el carácter de cuenta de terceros.
- Renta 4 dispone de procedimientos internos que permita individualizar contablemente
la posición de cada cliente.
- Renta 4 obtiene expresamente la autorización escrita de cada cliente, informándose
de los riesgos que asume como consecuencia de esta operativa, así como de la
9
identidad y calidad crediticia de la entidad financiera que actúe como depositaria de
las cuentas globales.
En el supuesto de eventual declaración en concurso de Renta 4, los clientes por cuenta
de quienes Renta 4 adquirió valores en el marco de una cuenta global como titulares
reales de dichos valores, tendrían un derecho de separación de la masa activa del
concurso de Renta 4, evitando con ello que dichos valores resulten afectados a la
satisfacción de los restantes, articulándose dicho derecho de separación en función del
modo de representación de los valores mediante títulos o anotaciones en cuenta.
Los valores adquiridos por Renta 4 en interés de sus clientes se representan mediante
anotaciones en cuenta. En este supuesto de representación resulta aplicable el art. 58
nº.6 de la Ley del Mercado de Valores, que contempla un especial derecho de separación,
respecto de valores representados mediante anotaciones en cuenta, en supuestos de
concursos de entidades participantes en un sistema de compensación y liquidación, dado
que en esencia lo que la entidad autorizada/habilitada realiza en el marco de una cuenta
global, es la llevanza de la cuenta de valores de sus clientes.
V. UTILIZACIÓN DE INSTRUMENTOS FINANCIEROS DE CLIENTES
Renta 4 no dispondrá de los valores de los clientes por cuenta propia ni podrá establecer
acuerdos para operaciones de financiación de valores en lo relativo a instrumentos
financieros cuya tenencia ostenten por cuenta de un cliente, salvo que concurra
consentimiento expreso del cliente y la utilización se limite a las instrucciones del cliente.
Este principio también será de aplicación cuando se trate de valores de clientes que se
encuentran a su vez depositados en una cuenta global. En este último caso, Renta 4
dispone de registros internos que permiten identificar los instrumentos utilizados y por
cuenta de qué clientes lo han sido, para permitir la atribución correcta de las posibles
pérdidas.
VII. FONDO DE GARANTÍA DE INVERSIONES
Renta 4” está adherida al Fondo de Garantía de Inversiones. La finalidad de este fondo es
ofrecer a los “Clientes” de las entidades adheridas la cobertura de una indemnización en
caso de que las mismas entren en una situación de concurso de acreedores o declaración
de insolvencia por parte de la CNMV.
Si se da uno de estos supuestos y como consecuencia de ello, algún “Cliente” no puede
obtener la devolución o entrega del efectivo y valores confiados a la entidad, el fondo
indemniza a tales “Clientes” con un límite cuantitativo de 100.000 euros. La cobertura del
fondo no alcanzará a las pérdidas del valor de la inversión o cualquier riesgo de crédito. El
Fondo de Garantía de Inversiones se financia fundamentalmente con las aportaciones
que, anualmente, realizan sus entidades adheridas, entre ellas, “Renta 4”.

“Los dos guerreros más poderosos son paciencia y tiempo.” (León Tolstoi)

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