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Aclaraciones sobre el CIRBE

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Aclaraciones sobre el CIRBE
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Aclaraciones sobre el CIRBE
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#91

Re: Aclaraciones sobre el CIRBE

Muchas gracias, claro que voy a pagar las costas,pero no entiendo que mi abogado me dijera que estaba todo saldado.
#93

Re: Aclaraciones sobre el CIRBE

Muchas gracias, claro que voy a pagar las costas,pero no entiendo que mi abogado me dijera que estaba todo saldado.
#94

Re: Aclaraciones sobre el CIRBE

Perdona no entiendo ¿ me quieres decir que la tasación  de costas la hace otra empresa?,entonces en mi humilde opinión no debería de aparecer en la cirbe si aún no saben cómo que debo el principal¿ No crees?
#95

Re: Aclaraciones sobre el CIRBE

No, no .... por lo qué sé ....

Los precios son libres, por tanto, los honorarios legales también. En el entorno de la U.E., salvo temas muy concretos como aranceles notariales, registro de la propiedad, ciertos productos farmacéuticos y algunas cosas muy concretas más, hay libertad de precios, el precio hora de abogado/a también, sin embargo los Colegios de Abogados tienen una tarifas recomendadas (no obligatorias) y la tasación de costas que la presentan los abogados, y si se pasan de tales tarifas recomendadas, la parte contraria se opone a ellas, al final debe "darlas por buenas" el juzgado, a esto le llaman "tasación de costas".

En temas no bancarios por ejemplo que no se generan intereses de deudas comerciales, si empiezan a contar desde que se presenta una demanda, si se gana claro, pero no se puede poner los intereres que a uno le de la gana, están tasados y además no se permite calcular "interés del interés" para cada año que pase, el cálculo se presenta en el juzgado y éste lo valida si es correcto.

Si uno "se pasa" con las costas o intereses, la contraparte se opone y el juzgado hace esto, juzga !!! pero no hay nueva sala de juicios, el juzgado analiza los papeles y decide. 
#96

Re: Aclaraciones sobre el CIRBE

Aqui voy a especular por sentido común, pero repito que no soy abogado.

Imagino, insisto, que ponen  como deuda y consecuentemente en Cirbe  el importe de las costas que han reclamado al juzgado qué, si no hay oposición es la que supongo figura, si hay tal oposición, cuando el juez determine, se modificará con el importe aprobado de la tasación de costas. 
#97

Re: Aclaraciones sobre el CIRBE

Muchas gracias por tu amabilidad