No, la prescripción extintiva de una deuda, comienza precisamente cuando se deja de hacer efectivos los pagos correspondientes, todos, o en parte, usted negoció con la anterior empresa que gestionaba su deuda los pagos hasta el año 2009, con lo cual la prescripción comenzaria a partir de esa fecha del año 2009, independientemente de que su deuda lo fuera del año 2002.
Ciertamente, su deuda la contrajo usted en el año 2002, que es cuando recibio la cantidad pactada y firmo los plazos para su amortización.
Una cosa es la fecha de la deuda, y otra el momento en que ésta deja de pagarse o amortizarse, en este último momento, es decir, cuando deja de pagarse es cuando comienzan los plazos de prescripción, evidentemente si ésta no se reclama por parte del acreedor o propietario de la deuda en ese momento, no cuando ésta se contrae.
Saludos.