Acceder

Poderes notariales y bancos ¡Ya está bien de tomar el pelo!

93 respuestas
Poderes notariales y bancos ¡Ya está bien de tomar el pelo!
1 suscriptores
Poderes notariales y bancos ¡Ya está bien de tomar el pelo!
Página
12 / 12
#89

Re: Para acabar el tema, que ya me aburre...

Es mejor callar y parecer estúpido que abrir la boca y despejar las dudas
Y tú, desde luego, nos has despejado todas; porque hacer más el ridículo es complicado.
#90

Re: Para acabar el tema, que ya me aburre...

Pimiento: en un foro público se expresan opiniones y se intenta, al menos ese es mi propósito, aprender algo.

Tu planteas un tema que te parece problemático. Unas personas que somos profesionales, mejores o peores pero profesionales, te damos nuestra opinión para que uniendo teoría y práctica, ese problema pueda resolverse o no vuelva a presentarse.

Que la aceptes o no es cosa tuya. Que quieras aprender algo de lo que se te dice y, sumado a tu experiencia y conocimientos, intentar hacer las cosas de manera que resulten mejor, también es cosa tuya y es muy respetable.

Pero que quieras deshacer los argumentos de unos profesionales, repito que mejores o peores (eso no lo juzgaré yo), queriendo saber mas que ellos...es como si yo digo que no tienes ni puta idea de cómo calcular como afecta la viscosidad de un fluido al funcionamiento de un circuito hidraulico*, admitiendo después que soy economista y que mis conocimientos de la práctica de la mecánica de fluidos vienen de cuando iba a BUP y que estudié letras mixtas a partir de tercero (creo recordar que se elegía en tercero pero la memoria me flaquea).

Por cierto, que si de refranes vamos "dime de lo que presumes y te diré de lo que careces".

Saludos

*Como puedes imaginar he puesto lo primero que se me ha venido a la cabeza. Si eso está o no relacionado de forma alguna te lo preguntaría a ti, que eres un profesional de esa rama del conocimiento y aceptaría tu respuesta...después de cotejarla con otras fuentes.

#91

Re: Poderes notariales y bancos ¡Ya está bien de tomar el pelo!

Tambien ha habido fraudes con DNI o pasaportes falsos y no llevais a cotejar esos documentos para realizar una operacion. Si un poder tiene eficacia inmediata no hay mas que hablar. Si una vez realizada la operacion el banco considera que ha habido delito que vaya a los tribunales como todo hijo de vecino, pero no se pueden limitar los derechos de las personas "por si acaso hay delito". Entre otras cosas es un ataque a la presuncion de inocencia. Si a mi, que vendo coches, me viene alguien con un poder notarial para recoger un coche, no me queda mas remedio que entregarselo. El poder notarial esta admitido en nuestra sociedad y no se puede actuar negando la eficacia inmediata o alterar su concepto por si me puede perjudicar. Y, repito, si le ha perjudicado ahi estan los Tribunales.

#92

Re: Poderes notariales y bancos ¡Ya está bien de tomar el pelo!

Dos casos recientes, uno propio y otro ajeno, con poderes presentados al banco de por medio:

Propio: Mi hermano, que se fue a trabajar a pais lejano. Otra hermana mía le comenta la conveniencia, para atender sus asuntos aquí, de que nos apodere a ella y a mi. Nos firma a nuestro favor unos poderes totales, de los de 'ruina'. Los leemos y nos hacemos unas risas, puesto que salvo casarlo y vender sus órganos, podemos hacer de todo. Educadamente, y sin meter prisas, los llevamos al banco a que los bastanteen. Nos comunican a los pocos dias la resolución, indicandonos que para temas bancarios son completos, pero para ejercer mancomunadamente. ¿Comorrrrr...???? Esa no era la idea, pero resuelven que al no indicarse la solidaridad, se han de entender mancomunados. Releido el poder, de arriba abajo y viceversa, caemos en la cuenta que efectivamente, y sin darse cuenta el Notario, ni mi hermano ni nosotros, se requieren dos firmas. Menos mal que no me urgia en ese momento hacer una OMF para cerrar una importantisima operacion inmobiliaria, y perdiendo además la bonita oportunidad de montar un pollo con levantamiento de acta notarial incluida... me hubiera cubierto de gloria exigiendo una ejecutividad que por mi sola firma no tenia.

Ajeno: Se persona en oficina bancaria un cliente con escrituras de poderes otorgados por hermano. En ellos se dan amplias facultadas para operar bancariamente, incluidos la contratacion de la banca por internet. El comercial lee el poder y convencido por la ejecutividad del documento (sic), le contrata la banca online y le facilita las claves, sin enviar a bastanteo. A los dos dias, llamada del poderdante preguntando sobre unos cargos en su cuenta (transferencias que habia hecho el hermano por internet), diciendo que él jamás habia apoderado a nadie. Se revisa el documento, se habla con el notario y se concluye que el poder es más falso que un billete de tres euros.

Queda demostrado de nuevo que el bastanteo es una práctica dilatoria, innecesaria y puteante (ironic mode) de los jodios bancarios.

S2

#93

Re: Poderes notariales y bancos ¡Ya está bien de tomar el pelo!

El otro día un compañero me cuenta que recibe un poder de diez a veinte páginas. Por falta de tiempo, ganas, oficio, desidia, costumbre o lo que sea ni lo lee y lo envía al abogado.

Le responde que no existen facultades bancarias.

Sorprendido lee la escritura. Pues daba poder a todo, incluso donarle los órganos. .. ja ja ja pero de bancos NADA DE NADA.

Despiste notario o hecho concienzudamente? ???

#94

Re: Poderes notariales y bancos ¡Ya está bien de tomar el pelo!

A ver.

Entiendo que el que abrió el tema va bastante pasado de frenada y que las cosas no son ni blanco ni negro.

Dicho esto, en los bancos sóis tocapelotas hasta decir basta. Durante mucho tiempo colaboré con familiares que no lo tenían fácil para desplazarse a hacer gestiones y en el banco me recomendaban de buenas maneras que me hicieran un poder notarial. Que me estaban haciendo un favor pero que eso podía cambiar.

Pues ha sido hacerme el poder notarial y meterme en la boca del lobo. Tengo uno que me da plenos poderes para operar sobre todo el patrimonio de la persona, negociar con sus propiedades, hacer gestiones frente a las AAPP o bancos. Pues resulta que respecto a los bancos se hace mención a muchas operaciones bancarias pero no expresamente a a aperturar y cerrar cuenta. En su lugar hay una coletilla final en ese párrafo que dice algo así como "y todas aquellas prácticas de operativa bancaria al uso". No es literal pero está claro que se puso como "cajón de sastre".

Pues ya en los bancos se cierran en banda que no puedo abrir ni cerrar cuentas. Vale, tengo poder para vaciarle las cuentas, malvender su patrimonio y dejarlo en la mayor de las ruinas pero eh, para abrir y cerrar la cuenta tiene que ir el afectado. Un completo sinsentido.

En fin, que ni el que abrió el tema tiene razón ni vuestros servicios jurídicos dan la talla.