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Rescate de aportaciones a plan de pensiones por que sí, fuera de casos tasados. Planteamiento concreto.

5 respuestas
Rescate de aportaciones a plan de pensiones por que sí, fuera de casos tasados. Planteamiento concreto.
Rescate de aportaciones a plan de pensiones por que sí, fuera de casos tasados. Planteamiento concreto.
#1

Rescate de aportaciones a plan de pensiones por que sí, fuera de casos tasados. Planteamiento concreto.

Mi caso es el siguiente, mi señora y yo, suscribimos cada uno de nosotros, un plan de pensiones con el BBVA el buen día que decidimos contratar la hipoteca con la dichosa Entidad, con el elevado objetivo de que el diferencial de la hipoteca se nos redujera un 5%. Pasado el tiempo con la que estaba cayendo, decidimos paralizar uno y otro Plan. Al día de hoy queremos recuperar nuestro dinero, rescatando las aportaciones, dispuestos a pagar al Fisco lo que correspondiera por los mismos (si es el caso), pero el BBVA -muy satisfecho y reconfortado- nos dice que no podemos rescatar dicho Plan porque la ley no lo contempla. Es cierto que no estamos desempleados pero nuestros números no nos salen y queremos contar con dichas aportaciones que en tan mala hora hicimos a dicho Plan. ¿Que podemos hacer?. Gracias.

#2

Re: Rescate de aportaciones a plan de pensiones por que sí, fuera de casos tasados. Planteamiento concreto.

No puedes hacer absolutamente nada. Olvídate. Además no es cuestión del BBVA, es cuestión de la normativa por la que se guian los planes de pensiones.

Hay unas causas meridianamente definidas en la ley para su rescate, búscalo en google, básicamente son edad de jubilación, paro de larga duración, enfermedad grave y creo que nada más, Si no lo cumples NO puedes rescatarlo ya que el banco cometería una ilegalidad. Si te vale de algo ahora han aprobado que el 1 de enero de 2025 se podrán rescatar los saldos de los planes a fecha 1 de enero de 2015, es decir, que dentro de 10 años Si podrás rescatarlo sin cumplir las premisas anteriores. Antes ya te digo que No.

 

Te copio y pego:

Real Decreto 1299/2009, de 31 de julio, por el que se modifica el Reglamento de planes y fondos de pensiones, aprobado por el Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero.

Referida normativa, en su artículo único viene a modificar el apartado 3 del artículo 9 del RD 304/2004 de 20 de febrero que queda redactado, literalmente,   de la siguiente forma:

 

 «3. Los derechos consolidados en los planes de pensiones podrán hacerse efectivos en el supuesto de desempleo de larga duración. A los efectos previstos en este artículo se considera que el partícipe se halla en situación de desempleo de larga duración siempre que reúna las siguientes condiciones:

a) Hallarse en situación legal de desempleo.

Se consideran situaciones legales de desempleo los supuestos de extinción de la relación laboral o administrativa y suspensión del contrato de trabajo contemplados como tales situaciones legales de desempleo en el artículo 208.1.1 y 2 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, y normas complementarias y de desarrollo.

 

b) No tener derecho a las prestaciones por desempleo en su nivel contributivo, o haber agotado dichas prestaciones.

 

c) Estar inscrito en el momento de la solicitud como demandante de empleo en el servicio público de empleo correspondiente.

 

d) En el caso de los trabajadores por cuenta propia que hubieran estado previamente integrados en un régimen de la Seguridad Social como tales y hayan cesado en su actividad, también podrán hacerse efectivos los derechos consolidados si concurren los requisitos establecidos en los párrafos b) y c) anteriores.»

 

Lo dicho, desempleo, edad reglamentaria, fallecimiento del partícipe a favor de su pareja, y enfermedad grave, lo regula la ley, el bbva no tiene nada que ver.

Suerte.

Método, disciplina y tiempo

#3

Re: Rescate de aportaciones a plan de pensiones por que sí, fuera de casos tasados. Planteamiento concreto.

Gracias por la información Jtorres. No hay ninguna argucia legal, llevarlo por ejemplo aprovechando que las Comisiones de Gestión del BBVA son brutales a otro fondo -no necesariamente de pensiones- y rescatarlo después.

#4

Re: Rescate de aportaciones a plan de pensiones por que sí, fuera de casos tasados. Planteamiento concreto.

No. Si fuera así sería muy fácil.

 

Puedes cambiar de entidad todas las veces que quieras PERO siempre de plan de pensiones a plan de pensiones. Lo que no puedes hacer es cambiar un PP por un fondo que posteriormente puedas recuperar como tal. De ser así todo el mundo que quisiera lo haría.

 

No le des más vueltas y no te compliques. O cumples la normativa que regula los planes de pensiones para su rescate o NO puedes rescatarlo hasta que estés en una de las situaciones que si te lo permite, ya comentadas anteriormente (jubilación, desempleo de larga duración, enfermedad grave...).

 

No hay más historia. Un saludo.

 

pd, si las comisiones son grandes SI puedes irte a otra entidad a otro plan de pensiones, las veces que quieras o te de la gana, eso no hay problema pero siempre PP. Salu2

Método, disciplina y tiempo

#5

Re: Rescate de aportaciones a plan de pensiones por que sí, fuera de casos tasados. Planteamiento concreto.

Puedes pasarlo a otra gestora sin problemas, por el tema de comisiones que indicas, ahora bien, será otro plan de pensiones, es lo que te dice Jtorres, no vas a encontrar ninguna argucia legal .... a veces hay leyes quese han dejado algo en el tintero y te sales con la tuya, pero me temo que en esta no se dejaron nada ahí !!!!!!!!!!! 

#6

Re: Rescate de aportaciones a plan de pensiones por que sí, fuera de casos tasados. Planteamiento concreto.

Gracias Jtorres y W.Petersen por la información. Esta claro que el sistema está hecho para los Bancos y sino que se lo digan al BBVA, pagamos entre todos el rescate de Caixa Cataluña y el Gobierno se lo "regalo" por una décima parte de lo que nos costo. Y es más, al día siguiente responsables del BBVA no se cortaron en hablar de las bondades y beneficios esperados a corto plazo con la operación. Los beneficios privados, pero las perdidas públicas. Gracias otra vez, perdonar por el comentario, no me puedo aguantar