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Convertibles Santander Octubre 2011

1,52K respuestas
Convertibles Santander Octubre 2011
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Convertibles Santander Octubre 2011
Página
76 / 191
#601

Re: Convertibles Santander Octubre 2011

No hay de que.

Cuando quieras.

Un saludo.

#602

Re: Convertibles Santander Octubre 2011

Bueno Karli,como amanecio ??
Que lo pases muy bien,es tu dia.
Olvidate de todos los malos rollos y disfruta con los tuyos.
Un saludo muy cordial y nos vemos,que sera pronto.

#603

Re: Convertibles Santander Octubre 2011

Ha amanecido como un día feliz que pienso disfrutar a tope. Termino de contestar vuestros mensajitos y me lanzo a vivir este día de tirones de orejas por todas las esquinas de la casa, jajajaa

Hoy cierro la puerta a los malos rollos por descanso semanal, ;-)

Un saludo cordial

Si un amigo es de verdad, su amistad perdura en el tiempo y con la distancia.

#604

Re: Convertibles Santander Octubre 2011

Detesto a las víctimas que respetan a sus verdugos.

#605

Re: Convertibles Santander Octubre 2011

Muy buenas a todos:

Acabo de registrarme y la verdad es que estoy bastante pez en este mundo de las finanzas.

Soy uno de los afectados en esta situación (Valores Santander), pero en mi caso, los "Valores Santander" contratados están a nombre mío y de mi mujer, y ella NO llegó a firmar la operación, porque dudaba de ella. El Director de mi oficina me insistió durante un tiempo en que tenía que acudir a firmar pero no lo terminó haciendo. ¿Podría en este caso reclamar la nulidad del contrato y que me devolvieran todo el capital invertido?
¿Y cómo podría hacerlo? ¿Se podría iniciar algún proceso al margen de una demanda judicial?

Agradecería ENORMEMENTE cualquier ayuda ante este problema. A mí en ningún caso me hablaron de acciones o bolsa antes de contratar este producto.

#606

Re: Convertibles Santander Octubre 2011

espero que te sirva de guía. suerte.

http://www.cincodias.com/articulo/mercados/puedo-reclamar-preferentes/20120229cdscdsmer_7/
Pasos que deben seguirse
Antes de nada, el inversor debe dirigirse al departamento de atención al cliente y, en su caso, al defensor del cliente de la entidad. Si en dos meses no hay respuesta o esta no se considera adecuada, ya puede reclamarse a la CNMV.
El problema de las reclamaciones está en las pruebas. Las explicaciones verbales, en la mayoría de los casos, no serán validas como pruebas. El cliente o inversor deberá aferrarse a los documentos para conseguir que su reclamación sea efectiva.
Desde la entrada en vigor de la directiva Mifid, en noviembre de 2007, los filtros que han de pasar los ahorradores antes de contratar determinados productos financieros, entre ellos las preferentes, son muy numerosos. El hecho de que haya alguna irregularidad en alguno de ellos abre la puerta a que la CNMV dé la razón al inversor.
Documentos
Hay hasta cuatro documentos que el inversor debió haber firmado. Primero, antes de nada, la entidad tuvo que realizar un test de conveniencia al cliente para conocer si las participaciones preferentes se ajustaban a su perfil. En caso de que el test fuera negativo, el cliente debió haber firmado un documento en el que reconocía su disposición a contratar dicho producto pese a que se le había informado de que no era conveniente para él.
Segundo documento. La CNMV considera una práctica recomendable que la entidad conserve un ejemplar del tríptico entregado y firmado por el cliente. Tercero, un documento también firmado que no ocupe más de la cara de un folio en el que se recojan de forma muy clara y concisa los principales riesgos del producto. Estos dos documentos no son obligatorios, pero en caso de que el folleto de la emisión incluyera una advertencia explícita del supervisor -como ocurrió con las preferentes de BBVA, Santander, Banesto y Banca Cívica- la CNMV especifica que "en tales supuestos se deberá informar al inversor de las condiciones desfavorables de la emisión" y señala que la fórmula adecuada es recoger la firma del inversor en un documento.
El cuarto documento que debe estar convenientemente firmado es la orden de suscripción. La entidad financiera tiene la obligación de mostrar al cliente los documentos que este firmó en su día. En función de si estos existen y están o no correctamente firmados, el cliente tendrá más o menos oportunidades de que la CNMV le dé la razón.

Detesto a las víctimas que respetan a sus verdugos.

#607

Re: Convertibles Santander Octubre 2011

Muchas gracias por los consejos. El caso es que se firmó en Septiembre u Octubre de 2007, justo antes de la entrada en vigor de la directiva que obliga a la firma de esos documentos, ¿no?

Por otro lado, ¿qué te parece que podemos hacer al no haberlo firmado mi mujer, siendo una de los dos titulares? ¿No sería esto, por tanto, un contrato nulo? Si pudiera tirar de ese hilo ...

De nuevo mil gracias por tu ayuda desinteresada!

#608

Re: Convertibles Santander Octubre 2011

claro que sí. ya hay setencias favorables a minoristas afectados. mi opinión: tienes probabilidades dado que la orden de suscripción no está firmada debidamente. también jugaría a tu favor si con anterioridad no habías comprado productos similares de renta fija o acciones.

lo primero: reclamación por escrito al servicio de atención al cliente, si no te gusta la respuesta, reclamación al defensor del cliente de la entidad, si no te gusta, reclamación a la CNMV. finalmente si tampoco te gusta no te queda mas opción que la judicial. pero ya te digo, ya hay sentecias favorables.

en el foro hay varios hilos con este tema, tranquilamente puedes ir viendo casos similares al tuyo y los pasos que cada uno ha ido dando.

saludos.

Detesto a las víctimas que respetan a sus verdugos.