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Comunicado G.R. del 17 de mayo

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Comunicado G.R. del 17 de mayo
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Comunicado G.R. del 17 de mayo

G.R. ha emitido un comunicado comentando sobre las últimas informaciones.

http://www.pbalava.es/Documentos/Gil-Robles/COMUNICADO_17_MAYO_2011.pdf

En su opinión, la liquidación subsidiaria (lástima que nuestro experto particular al final no nos aclaró exactamente que era eso de subsidiaria), es decir la dación que piden los abogados de los imputados o de Afinsa como dicen algunos, en opinión de G.R. solo podría darse si la "presunta" mercantilidad de los contratos y operaciones de Afinsa y Forum se estableciese en concurso, NO EN OTROS AMBITOS.

También especifica claramente que el pago en sellos excluye cualquier otro en metálico.

Pero ademas indica algo más y es que para poder realizarse ese presunto pago en sellos, estos deberian estar perfectamente individualizados........entiendo que eso quiere decir que los sellos especificos que corresponden a cada contrato deberian estar en un sobre o carpetita o individualizados de cualquier otra manera inequívoca para cada afectado........ y eso me lleva a pensar y recordar que cuando se intervino Afinsa se encontraron sellos por todas partes, en cajas a "mogollón", almacenados encima de armarios o en otros sitios poco adecuados....... hasta recuerdo parte de un informe que se filtró donde se daba cuenta de que se habían encontrado paquetes de esos sellos en grave peligro por estar junto a dispensadores de agua y fuentes en los pasillos.
Así que al parecer no todos estaban protegiditos en las cajas fuertes.

También me viene a la mente unas fotos y una filmación, que supongo recordareis de cuando se trasladaron de las sedes a Logista, lo que sacaban los empleados no eran archivadores ni nada parecido, eran pallets, si pallets retractilados, es posible que incluso algunos tal como los habían comprado, y no parece que eso sea una "individualización" de los sellos.

Así que ese seria otro punto interesante para aclarar, si los sellos ademas de estar relacionados en los contratos, estan indidualizados de alguna manera.

#2

Re: Comunicado G.R. del 17 de mayo

Corsario: te adjunto la nota que puse el 13 de mayo y en la cual se establece que el juez Vaquer se niega a pagar con sellos:

El juez mercantil se niega a pagar a los afectados de Afinsa con los sellos
El magistrado juez Francisco Javier Vaquer, titular del Juzgado Mercantil nº 6 de Madrid, considera en el auto por el que se aprueba el plan de liquidación de Afinsa, que la naturaleza de los contratos entre la empresa y la compañía deberá fijarlo finalmente la jurisdicción Civil.
Vaquer explica que las sentencias de la Audiencia Nacional y del Tribunal Supremo, de las Salas Contencioso-Administrativas que han fijado la naturaleza mercantil de los contratos firmados pertenecen a una jurisdicción diferente a la de su competencia, la Civil.
El dilema que se plantea en este ámbito con respecto a la naturaleza de los contratos es que si el juez que ha dirigido el procedimiento concursal de Afinsa hubiese determinado que la naturaleza de los contratos era mercantil, resultaría que los clientes de Afinsa invirtieron realmente en sellos y, por tanto, en lugar de pagarles con el dinero obtenido de la venta de los inmuebles de la compañía y de los timbres de correos, percibirán su indemnización con los sellos que la filatélica les hubiese adjudicado, incluyendo las posibles revalorizaciones registradas en estos años.
No obstante, quedarían fuera de este mecanismo de pago los inversores a los que no se les habían adjudicado lotes de sellos.
Este primer pago procede de la tesorería de la compañía, que cuenta con 3,4 millones de euros, y de los 200 millones del IVA que la Agencia Tributaria devolvió al estimar el juzgado que se trataba de una actividad financiera y no mercantil.
En el caso de Fórum Filatélico el IVA cobrado supuestamente de forma indebida desde que la empresa fue intervenida por orden judicial, en mayo de 2006, ascendía a 2,51 millones de euros, que fueron devueltos por la Agencia Tributaria.
El auto que aprueba el plan de liquidación de Afinsa, presentado por la administración concursal, incluye un primer pago de un 5 por ciento sobre las cantidades invertidas por cada uno de los más de 190.000 clientes de la filatélica. Y, dictamina que posteriormente se procederá al pago periódico de otras cantidades, de 5 por ciento en 5 por ciento hasta alcanzar un total máximo que puede rondar el 30 por ciento de lo invertido.
En su informe, los administradores concursales confirman que la actuación de los administradores de Afinsa ha generado y agravado el estado de insolvencia de la sociedad mediante una actuación negligente y dolosa por lo que, una vez iniciado el procedimiento de liquidación solicitarán la declaración de concurso culpable, lo que supondría, si así es declarado por el magistrado juez , que deberán cubrir con sus patrimonios personales la totalidad de la deuda con los acreedores que no pueda hacerse efectiva con la liquidación.
La propuesta de calificación se remitirá a la Fiscalía para que presente un informe al que deberán adherirse o impugnar el resto de las partes personadas.
Calendario de ventas
El plan de liquidación aprobado hoy establece un calendario de 10 meses para que la administración concursal subaste o venda directamente los inmuebles de Afinsa(valorados en 105 millones de euros a finales de 2007) por su valor de tasación o por precios inferiores y un año para vender los sellos. Si transcurrido ese plazo no se hubieran conseguido vender los inmuebles, la administración concursal celebrará una subasta judicial sin sujeción a un precio de salida.
Vaquer da también un plazo de ocho meses para que la administración concursal venda la participación en la cotizada estadounidense Spectrum Group y otros cuatro, si no lo consigue, para hacerlo en los mercados secundarios.
La empresa cuenta con activos valorados en 812,64 millones, frente a unas deudas de 2.443,75 millones, según el informe definitivo de situación patrimonial realizado por la administración concursal.

#3

Re: Comunicado G.R. del 17 de mayo

Gracias Berrene, tengo presente ese artículo y el auto del Juez Vaquer al cual se refiere, en el cual el Juez dejaba muy clara su postura para decepción de los afinseros.

Pero de todas formas no acabo de estar tranquilo y fiarme de que las cosas sigan el curso lógico, pues ya sabemos que en este tema hay intereses muy divergentes de los nuestros y precisamente son los intereses de gente que no repara en gastos como ya hemos visto por los "publirreportajes" y que han ido evidenciando, que aunque no se sepa de donde salen, hay fondos para financiar las tergiversaciones, y precisamente eso es lo peligroso porque cuando los fondos están sin control y no se puede averiguar de que bolsillo salen y a cual van a parar.
Pero vamos, que no hagais mucho caso que es que yo soy muy mal pensado. XD.

Ademas siguiendo con lo mal pensado que soy, me preocupa que los afinseros que suelen ser tan "brasas" lleven unos días muy calladitos, a saber lo que estarán tramando.

#4

Re: Comunicado G.R. del 17 de mayo

Los AACC no van a pagar un duro hasta que la AP Madrid resuelva DEFINITIVAMENTE la apelación contra el auto de liquidación. Si la Audiencia determina que la actividad era mercantil y anula el concurso desde el principio, lo que harán será devolver a cada uno lo que compraron: SELLOS (Tú me diste un dinero y yo te di sellos)

#5

Re: Comunicado G.R. del 17 de mayo

Suscribo cuanto decís y y comento simplemente tu último párrafo:
Acabo de llegar tras un viaje de 12 dias y me encuentro el foro algo adormecido.

Es raro, no preocupante la ausencia de estos personajillos: Hace unos dias se "despidió" la jefa de la tribu milonguera en su foro, diciendo que por temas personales, iba a ausentarse por una temporada. Luego, el administrador de ese forok-kita, Luis, tambien acaba de decir que lo deja en manos de otro de total confianza, por el momento.

Y uno y otra, trabajaban sin descanso...¿será que su jefe ha presentado un ERE y les ha afectado?

Y antes, sin explicación otros han ido haciendo mutis por el foro.

A mí, me recuerda aquello de que cuando el barco se hunde...

#6

Re: Comunicado G.R. del 17 de mayo

No es la AP de Madrid sino la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo quien deberá dictar Sentencia firme sobre el fondo del asunto (la naturaleza de la actividad de las empresas y la interpretación y calificación jurídica de los contratos). Yo he llegado a la conclusión de que aqui, ni los Magistrados de lo Contencioso Administrativo ni el Juez Vaquer no tienen ni puta idea de lo que se tiraen entre manos y da la sensación de que aprobaron judicaturas porque les salió el único tema que llevaban preparado, u otra cosa PEOR U MUY PROPIA DE ESTE MIERFDAS DE PAÍS.

lOS DE LO cONTENCIOSO HA DICHO QUE ERA MERCANTIL, CON LO QUE DEMUESTRAN QUE NO SABEN NADA DE NADA. tan mercantil es una compraventa como un prestamo, y de lo que se terata para el idiota que tenga dudas, es de determinar la diferencia entre un préstamo mercantil de dinero a cambio de percibir intereses concretos, y una compraventa pura y dura.

Para decir que era "mercantil" los Magistrados de lo Contencioso no han valorado ninguna prueba (como ya le aperciben los Administradoresd Concursdales al Juez Vaquer aunque este prefiere mirar para otro lado porque ya está más allá de la prevaricación y de la cooperación necesaria en la 2ª estafa en marcha, que del lado de acá, y todo se andará.

Pero aunque el TS -Sala 1ª. de lo Civildiga dentro de 3 ó 4 años que los contratos eran compraventas mercantiles y no préstamos mercantiles,- cosa que ya sería un hecho delictivo en sí mismo por mil razones que no se pueden exponer ni procede en un foro -, ese pronunciamiento daría respuesta al primero de los tres contratos que integraban el negocio jurídico pero no daría ninguna respuesta al tercer contrato EN VIRTUD DEL CUAL AFINSA SE OBLIGA A PAGAR AL CLIENTE UNA SUMA DE DINERO DETERMINADA EN EL CONTRATO, Y QUE ES LA SUMA DE LA CANTIDAD ENTREGADA POR EL CLIENTE A AFINSA ORIGINARIAMENTE, MÁS LOS INTERESES CONCRETOS DEVENGADOS DURANTE EL PLAZO DE VIGENCIA DEL NEGOCIO JURIDICO, O VA A RESULTAR QUE ¿ ESE TERCER CONTRATO SE LE HA COMIDO EL GATO?. ese TERCER CONTRATO ES EL QUE FUNDAMENTA Y JUSTIFICA NUESTRA CONDICIÓN DE ACREEDORES DE aFINSA Y NUESTRA PRESENCIA EN LA LISTA DE ACREEDORES DE LA QUE NI EL VAQUER NI EL SUNT SUNT CORDA NOS PUEDE ECHAR SALVO QUE SE ARRIESGUE A LOS PERTINENTE RECURSOS Y A LAS QUERELLAS POR PREVARICACION.
lO SIENTO POR TODOS LOS AFECTADOS PORQUE, GRAN PARTE ESTÁN EN MANOS DE aSOCIACIONES MÁS PROCLIVES A LOS INTERESES DE LAS EMPRESAS QUE A OTRA COSA, ALGUNAS OTRAS COJEAN DEL LADO DEL GOBIERNO QUE LES PAGA SUBVENCIONES, Y EN CUANTO A LOS QUE ESTAIS BAJO EL PATROCINIO DE DESPACHOS DE ABOGADOS, TODAVIA NO HE VISTO A NINGUNO QUE LE PONGA LOS PUNTOS SOBRE LAS IES A LA CHORRADA DE AUTO QUE excrementó hace dos semanas el Juez nº. 6, pues HACIENDOSE EL LOCO OTRA VEZ, VUELVE A DECIR LO DEL PLAN SUBSIDIARIO DE LIQUIDACION O LO DE DAR DE BAJA DE LA LISTA DE ACREEDORES, a pesar de que ya le advirtieron los AA.CC en su Informe (pág. 13, que aúnque en su día la jurisdicción civildeclare la existencia de compraventas (se refiere al primer contrato de los tres que se firmaban) LA OPCION CORRESPONDE SIEMPRE AL CLIENTE SEGÚN EL TERCER CONTRATO, DE FORMA QUE SI EL CLIENTE ejercita su derecho a cobrar la suma convenida para el momento de finalizar el plazo de vigencia del contrato, de ninguna forma se le puede dar de baja de la Lista de Acreedores, ni tampoco a hacerse cargo de sello alguno pues, SEGUN ESE TERCER CONTRATO, tenia derecho a exigir a afinsa el pago de la suma de dinero en él estipulada (el capital entregado inicialmente más los intereses devengados: Cada afectado puede ver cual es esa suma de dinero consultanto el tercero de los tres contratos que tenia firmado con Afinsa: ESE ES SU DERECHO DE CREDITO Y POR ESE DERECHO ESTA Y DEBE SEGUIR ESTANDO EN LA LISTA DE ACREEDORES. cada dia me sorprendo mas de la escasa preparacion de JUECES, MAGISTRADOS Y ABOGADOS. Nada extraño si tenemos en cuenta que en el Consejo de Ministros varios no tienen ni Bachiller, otros Bachiller pelado, y otros serían en la vida civil unos PNNS o Abogadillos de tres al cuarto de los más de cien mil que pululan en este país tercermundista y endogámico. QUE DIOS OS PILLE A TODOS CONFESADOS. los que van a cobrar honorarios sabrosos que os defiendasn si saben o si tienen cojones para enfrentarse a la mafia del poder.

#7

Re: Comunicado G.R. del 17 de mayo

Tribu de milongueros vs chiqui-pandi. Quién tendrá razón?

#8

Re: Comunicado G.R. del 17 de mayo

Sin entrar a analizar temas jkurídicos -no son mi especialidad- he de decirte que coincido con tu escrito en muchísimos puntos, pero aclaro que NO ES LA MAYORÍA DE ESTAFADOS los que están a favor de la empresa y los imputados. MI Plataforma, está en la Federación Nacional de PB de afectados y nos representa el despacho Gil Robles, que creo mantiene claras las ideas de la actividad, la estafa y las negras perspectivas por estar en manos de incapaces profesionales de la Justicia y del gobierno en general.
Pero la estafa, creo que la tenemos clara.

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