El modelo 390 es el modelo de Declaración-resumen anual del IVA aprobado por Real Decreto en noviembre del año 2009, tras la unificación en un único modelo de los modelos de declaración-resumen anual general y de Grandes Empresas.

El modelo 390 será presentado por los sujetos pasivos del Impuesto obligados a la presentación de autoliquidaciones periódicas, incluidas las grandes empresas con más de 6.000.000 euros de volumen anual.
En el caso de sujetos pasivos cuyo período de liquidación del IVA coincida con el mes natural, y en el de las sociedades anónimas o sociedades de responsabilidad limitada, la presentación del modelo 390 se ha de efectuar obligatoriamente a través de Internet.
En los demás supuestos, la presentación del modelo 390 podrá realizarse en impreso u, opcionalmente, a través de Internet. La presentación por vía telemática a través de Internet será obligatoria en el caso de que la última presentación de la declaración periódica (el modelo 303) se haya presentado por este medio.
Si el resultado de la última autoliquidación periódica es a ingresar o a devolver, ésta y el modelo 390 se presentarán en cualquier entidad de crédito situada en territorio español que actúe como colaboradora en la gestión recaudatoria. Con la excepción de que se haya solicitado la devolución mediante cheque cruzado o nominativo, en cuyo caso, el modelo 390 se presentará en la Delegación de la Agencia Tributaria correspondiente.
En cambio, si el resultado de la última autoliquidación periódica es a compensar o sin actividad, deberán presentarse directamente o por correo certificado en la Delegación de la Agencia Tributaria correspondiente.
La declaración-resumen anual del IVA, deberá presentarse en los treinta primeros días naturales del mes de enero siguiente al año al que se refiere la declaración, excepto en el supuesto de que por motivos técnicos no fuera posible efectuar la presentación a través de Internet en dicho plazo. En estos casos, la presentación podrá efectuarse durante los tres días siguientes al de la finalización del plazo.
En la página web de la Agencia Tributaria, podéis ver cómo es el modelo 390 que ha de cumplimentarse para presentar la Declaración-resumen anual del IVA.
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