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Modelo 714: Impuesto sobre el Patrimonio

Modelo 714: Impuesto sobre el Patrimonio

¿Qué es el modelo 714?

El modelo 714 es la declaración del Impuesto sobre el Patrimonio. El Impuesto sobre el Patrimonio es un tributo de carácter directo y naturaleza personal que grava el patrimonio neto de las personas físicas.

Impuesto sobre el patrimonio

El Impuesto sobre el Patrimonio se aplica en todo el territorio nacional, sin perjuicio de los regímenes tributarios forales de Concierto y Convenio Económico vigentes en los Terri­torios Históricos del País Vasco y de la Comunidad Foral de Navarra. El rendimiento del impuesto está cedido en su totalidad a las Comunidades Autónomas.

 

Sujetos pasivos del Impuesto sobre el Patrimonio

Existen dos tipos de sujetos pasivos del Impuesto sobre el Patrimonio:

  1. Sujetos pasivos por obligación personal: estos contribuyentes deben declarar el conjunto de bienes y derechos de contenido económico de los que sean titulares a 31 de diciembre, con independencia del lugar donde se encuentren situados los bienes o puedan ejercitarse los derechos. Estos contribuyentes son:
  • Las personas físicas que tengan su residencia habitual en territorio español.
     
  • Las personas físicas de nacionalidad española, así como su cónyuge no separado legal­mente y los hijos menores de edad, que tuviesen su residencia habitual en el extranjero por su condición de: miembros de misiones diplomáticas españolas, miembros de las oficinas consulares españolas, titulares de cargo o empleo oficial del Estado español como miembros de las delega­ciones y representaciones permanentes acreditadas ante organismos internacionales, funcionarios en activo que ejerzan en el extranjero cargo o empleo oficial que no tenga carácter diplomático o consular.
  1. Sujetos pasivos por obligación real: estos contribuyentes deberán declarar, exclusivamente, los bienes y derechos de los que sean titulares a 31 de diciembre, cuando los mismos estuvieran situados, pudieran ejercitarse o hu­bieran de cumplirse en territorio español. Estos contribuyentes son:
  • Las personas físicas que no tengan su residencia habitual en España y sean titulares de bienes o derechos que estén situados, puedan ejercitarse o hayan de cumplirse en territorio español.
     
  • Las personas físicas que hayan adquirido su residencia fiscal en España como conse­cuencia de su desplazamiento a territorio español por motivos de trabajo y que hayan optado por tributar por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes.

¿Quién está obligado a presentar el modelo 714?

Están obligados a presentar el modelo 714 para la declaración del Impuesto sobre el Patrimonio los sujetos pasivos anteriormente comentado en los que concurra alguna de las siguientes circunstancias:
  • Que su cuota tributaria resulte a ingresar.
  • Que el valor de sus bienes o derechos resulte superior a 700.000 euros. (En Cataluña son 500.000€)
A efectos de la aplicación de este segundo límite, deberán tenerse en cuenta todos los bienes y derechos del sujeto pasivo, estén o no exentos del impuesto, computados sin considerar las cargas y gravámenes que disminuyan el valor de los mismos, ni tampoco las deudas u obliga­ciones personales de las que deba responder el sujeto pasivo.

 

Las personas fallecidas en el año 2016 en cualquier día anterior al 31 de diciembre, no tienen obligación de declarar por este impuesto.

Novedades en el Impuesto sobre el Patrimonio en 2017

Como sabemos, en el año 2017 también hay obligación de presentar el Modelo 714 durante la campaña de la renta de 2016. Aunque para este año se han introducido algunas novedades que comentamos a continuación: 
  • Exención de vivienda habitual: el límte de la vivienda habitual asciende a un máximo de 300.000€
  • Base liquidable: la base imponible se reduce a los 700.000€, excepto en Cataluña que es de 500.000€ 
A partir del 1 de enero de 2018: 
  • Modificación del artículo 33: sobre la cuota íntegra del impuesto se bonificará al 100% de los sujetos pasivos por obligación personal o real de contribuir
  • Derogación del artículo 6: Reprensentantes de los sujetos pasivos no residentes en España 
  • Derogación del artículo 36: Autoliquidación 
  • Derogación del artículo 37: Personas obligadas a presentar la declaración 
  • Derogación del artículo 38: Presentación de la declaración 
 

¿Cómo rellenar el modelo 714?

El modelo 714 de declaración del Impuesto sobre el Patrimonio está compuesto por 10 páginas, además del documento de ingreso.

Página 1. Información general y características del sujeto pasivo, periodo de liquidación, etc.

Modelo 714 impuesto sobre el patrimonio

Páginas 2-8. Bienes y derechos, y deudas deducibles. En estas páginas se declara el patrimonio.

modelo 714 impuesto patrimonio bienes y derechos

  Estas páginas están divididas en diferentes apartados:

  1. Bienes inmuebles de naturaleza urbana.
  2. Bienes inmuebles de naturaleza rústica.
  3. Bienes y derechos no exentos afectos a actividades empresariales y profesionales.
  4. Bienes y derechos exentos afectos a actividades empresariales y profesionales.
  5. Depósitos en cuenta corriente o de ahorro, a la vista o a plazo, cuentas financieras y otros tipos de imposiciones en cuenta.
  6. Valores representativos de la cesión a terceros de capitales propios.
  7. Valores no exentos representativos de la participación en los fondos propios de cualquier tipo de entidad.
  8. Valores exentos representativos de la participación en los fondos propios de entidades jurídicas.
  9. Seguros de vida.
  10. Rentas temporales y vitalicias.
  11. Vehículos, joyas, pieles de carácter suntuario, embarcaciones y aeronaves.
  12. Objetos de arte y antigüedades.
  13. Derechos reales de uso y disfrute (excluidos los que, en su caso, recaigan sobre la vivienda habitual del sujeto pasivo).
  14. Concesiones administrativas.
  15. Derechos derivados de la propiedad intelectual o industrial.
  16. Opciones contractuales.
  17. Demás bienes y derechos de contenido económico.

Páginas 9 y 10. Resumen del Patrimonio neto.

Modelo 714 impuesto patrimonio resumen

Modelo 714 impuesto patrimonio resumen

Documento de ingreso del Impuesto sobre el Patrimonio.

modelo 714 impuesto patrimonio documento de ingreso

¿Cómo presentar el modelo 714?

El plazo de presentación del modelo 714 del Impuesto sobre el Patrimonio del año 2017 es el comprendido entre los días 5 de abril y 30 de junio de 2017, ambos inclu­sive. Si el resultado de la declaración es a ingresar y su pago se domicilia en cuenta, el plazo para presentar el modelo 714 finaliza el día 26 de junio de 2014.
 
El modelo 714 del Impuesto sobre el Patrimonio 2017 tiene que presentarse de forma obligatoria por vía telemática a través de Internet. Además, los contribuyentes que presenten declaración por el Impuesto sobre Patrimonio, estarán obligados a utilizar la vía electrónica o la vía telefónica, para la presentación de la Declaración de la Renta.
 
Para presentar la declaración por Internet es necesario disponer de alguno de los siguientes instrumentos de firma electrónica:
  • Certificado electrónico.
  • DNI electrónico.
  • PIN24H
  • Número de referencia 
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  • Agencia Tributaria
  1. #9
    12/04/22 11:26
    Buenos días, ¿ en el Impuesto de Patrimonio de 2021 sigue en vigor el que si en la cuota del IRPF sale a devolver no hay que presentar la declaración de Patrimonio?
  2. #8
    28/05/17 19:20

    Hola a todos,

    En la declaración tengo que incluir un FI de Renta Fija: BBVA Bonos Patrimonio VIII FI
    Entiendo que el lugar correcto dónde incluirlo es G1 verdad?

    Y la DSU CAIXABANK, S.A. 4,000 09-02-22 entiendo que deben ir en el apartado F1 verdad?

    Muchas gracias!

  3. #7
    15/05/17 16:25

    He presentado ya la declaracion y me he olvidado un par de fondos de inversion, como puedo subsanar el error? muchass gracias

  4. en respuesta a Acacia
    -
    #6
    23/05/14 08:57

    Buenos días Acacia,

    como ya le comenté a Javpc, la respuesta es si. La única Comunidad Autónoma en la que el Impuesto sobre el Patrimonio está 100% bonificado es la de Madrid.

    Puedes encontrar más información del Impuesto sobre el Patrimonio en estos dos artículos:

    https://www.rankia.com/blog/impuestos/2290610-tramos-impuesto-patrimonio-tipo-impositivo

    https://www.rankia.com/blog/impuestos/2304990-impuesto-patrimonio-2013

    Un saludo.

  5. en respuesta a Miguel.belenguer
    -
    Nuevo
    #5
    22/05/14 18:51

    Aprovecho este post para saludar, pues es la primera vez que entro, y de paso a ver si me pudieras decir, Miguel, si después de haber resurgido para los años 2011 y 2012, en 2013 ha vuelto a quedar suspendido el IP en la Comunidad Valenciana o se ha prorrogado la obligación.

    Muchas gracias.

  6. en respuesta a Javpc
    -
    #4
    12/05/14 09:22

    Buenos días,

    Si. La única comunidad autónoma en la que el Impuesto del Patrimonio está 100% bonificado es la de Madrid, pero aún así los contribuyentes que se encuentren sujetos al impuesto deben presentar el modelo 714.

    Un saludo.

  7. #3
    09/05/14 18:09

    Hola:
    ¿En la Comunitat Valenciana se ha vuelto a establecer el Impuesto sobre el patrimonio?

  8. en respuesta a Putabolsa
    -
    #2
    09/05/14 09:01

    Buenos días,

    el apartado Q del modelo 714 es un poco como un cajón desastre, todo lo que no se incluye en los otros apartados va a parar al Q.

    Rebuscando en la Ley del Impuesto de Patrimonio, el oro y la plata de inversión no aparecen en ninguno de los apartados, así que debería ir en el Q.

    En cuanto a las fechas, si fecha de adquisición y si no lo has vendido antes, fecha 31 de diciembre.

    Un saludo.

  9. #1
    08/05/14 19:18

    El oro y plata de inversión serian en el apartado Q? y de ser asi,se pone valor de adquisición y valor a 31 de diciembre?
    Gracias de antemano

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