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29 junio 2008

CAMBIO DE CIF DE LA EMPRESA QUE ME PAGA

Tengo una duda y por casualidad he encontrado su página web,y quisiera saber si ustedes me la podrian aclarar.El tema es el siguiente. Trabajo en una empresa como comercial y soy Representante de comercio por cuenta ajena,este año 2008, mi empresa ha modificado el CIF pasando de una S.A a una S.L.U cambiando solamente la letra del CIF el número es el mismo. ¿Este cambio se considera que es otra empresa y paso a haber tenido dos pagadores distintos,(con lo que eso conlleva de cara a pagar en hacienda),o si por el contrario eso no me afecta en absoluto a la hora de hacer la declaración del proximo año?
PD.en caso de que se considere que he recibido rentas de dos pagadores ¿Que debo de hacer para pagar lo menos posible? Sin otro particular y agradeciendoles de antemano su atención,quedo a la espera de su respuesta.
Un saludo.
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Punto de vista laboral: usted, como trabajador, sigue perteneciendo a la misma empresa sin ningún cambio.
A efectos de retención del IRPF, como la "nueva" ya sabe lo que le ha venido pagando y reteniendo cuando era SA, lo lógico es que tenga en cuenta ambas cosas y le siga reteniendo como si nunca hubiese variado su formato societario. De hecho, salvo por el matiz informático, de que hay 2 CIFs distintos, entiendo que sería obligatorio retener como si no hubiera más que un pagador (que de hecho es así).

Alternativas:

a) La "nueva" se olvida de lo anterior y ahora fija un tipo de retención menor. Consecuencias, seguramente le saldrá a pagar su declaración de IRPF (sin tener en cuenta otros aspectos como deducciones en cuota, y demás).
b) La "nueva" tiene en cuenta lo retenido y pagado. Sería lo más prudente para ella. Ninguna consecuencia, salvo la de que de no haber deducciones ni otras rentas, no habría que pagar nada a Hacienda en la declaración.

Recuerde, que siempre puede usted pedir a su empleadora que le retenga de más. Nunca de menos.

Para pagar menos a Hacienda en el IRPF.

2 comentarios:

Anonymous Anónimo said...

En mi caso que la empresa ha cambiado de C.I.F. solamente, a la hora de hacer la declaracion me contara como que he tenido dos pagadores? O me contara como uno solo y no me veré obligado a realizar la declaración al no sobrepasar el limite de cuando es un solo pagador?

gracias

10 de septiembre de 2008 10:10  
Blogger Alberto Valiño said...

Yo no he dicho que si hay un sólo pagador y te retiene "lo que procede" no debas efectuar declaración, sino que salvo ingresos o gastos/deducciones adicionales, no tendrás que pagar más. En cuanto al cambio de CIF, y si son dos o uno los pagadores, reitero lo manifestado en el post.

Muchas gracias por entrar, leer y comentar.

Alberto

10 de septiembre de 2008 13:52  

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