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Deducción por guardería. IRPF 2012

Se entiende por guardería, a efectos de esta deducción, todo centro autorizado por la consejería competente del Gobierno Autonómico para la custodia de niños menores de tres años.

  • En caso de tengan derecho a aplicar la deducción dos contribuyentes, se tendrá que prorratear el importe.
  • Si el niño cumple 3 años, la deducción se calculará proporcionalmente por el número de días del período impositivo en que
    el hijo haya sido menor de tres años.

Deducción por guardería. Canarias - Casilla 847

Cuantía y límite máximo de la deducción

  • 15% de los gastos de guardería de niños menores de 3 años de edad con quienes convivan.
  • Máximo: 400 euros anuales por cada niño.

 

Requisitos para la aplicación de la deducción

  • Que los padres trabajen al menos 900 horas fuera del domicilio familiar
  • BI individual < 39.000 euros
  • BI conjunta < 52.000 euros

 

Deducción por guardería o cuidado de hijos. Castilla y León - Casilla 869

 

Cuantía y límite máximo de la deducción

  • 30% de los gastos a la persona empleada del hogar que se encargue del cuidado del niño, con el límite máximo de 322 euros.
  • 100% de los gastos de preinscripción y de matrícula + gastos de asistencia en horario general y ampliado + gastos de alimentación, con el límite máximo de 1.320 euros.

 

Requisitos para la aplicación de la deducción

  • Hijos menores de 4 años a 31 de diciembre.
  • Que ambos padres realicen una actividad por cuenta propia o ajena.
  • Que la persona empleada del hogar esté dada de alta en la SS.
  • BI individual < 18.900 euros
  • BI conjunta < 31.500 euros

 

Deducción por guardería. Comunidad Valenciana - Casilla 921

Cuantía y límite máximo de la deducción

  • 15% de los gastos de guardería y centros escolares de niños menores de 3 años
  • Máximo: 270 euros anuales por cada niño.

 

Requisitos para la aplicación de la deducción

  • Que los padres que convivan con el menor realicen una actividad por cuenta propia o ajena.
  • BI individual < 24.000 euros
  • BI conjunta < 38.800 euros

 

Deducción por guardería. Murcia - Casilla 909

Cuantía y límite máximo de la deducción

  • 15% de los gastos de guardería y centros escolares de niños menores de 3 años.
  • Máximo: 330 euros anuales por cada niño en tributación individual y 660 euros anuales en tributación conjunta.

 

Requisitos para la aplicación de la deducción

  • Unidades familiares integradas por ambos cónyuges no separados legalmente. No se podrá aplicar a parejas de hecho.
  • Que los padres que convivan con el menor realicen una actividad por cuenta propia o ajena y trabajen fuera del domicilio familiar.
  • BI general individual < 19.360 euros
  • BI general conjunta < 33.880 euros
  • BI del ahorro < 1.202,02 euros

 

Deducción por guardería. Galicia - Casilla 893

Cuantía y límite máximo de la deducción

  • 30% de los gastos por empleadas del hogar de guardería o escuelas infantiles de niños menores de 3 años.
  • Máximo: 200 euros anuales.

 

Requisitos para la aplicación de la deducción

  • Que los padres que convivan con el menor realicen una actividad por cuenta propia o ajena.
  • Que la persona empleada del hogar esté dada de alta en la SS.
  • BI individual < 22.000 euros
  • BI conjunta < 31.000 euros

 

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