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Participaciones del usuario vcasall

vcasall 29/01/16 10:43
Ha respondido al tema Plusvalia municipal - Plusvalía municipal
Pide los recibes del IBI del año 2001 y el desglose del año 2015. Ahí tendrás el valor del terreno, y podrás comprobar el incremento catastral del mismo desde el año 2001 hasta el 2015. Comparalo con la liquidación del impuesto de Plus Valía que te haga el Ayuntamiento. Después tambien puedes ver el incremento del valor de los terrenos que tiene el Ministerio de Fomento y que te los dá por meses y por algunas ciudades o al menos provincias y tipos de ayuntamientos. Recurre ante el Ayuntamiento el Impuesto de Plus Valía. Hay bastantes sentencias, todas ellas recientes, en el sentido de no pagar el impuesto si no tienes plus valía. Yo he conseguido que un Ayuntamiento me devolviese el dinero de la Plus Valía, aunque al final tuve que ir al Contencioso-Administrativo que falló a mi favor anulando la liquidación del Ayuntamiento.
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vcasall 28/01/16 19:59
Ha respondido al tema Plusvalia venta piso ayuntamiento de madrid 2016 - Plusvalía municipal
Yo he conseguido que el Ayuntamiento de Baiona (Pontevedra) me devuelva el importe que me había cobrado por la Plus Valía Municipal. Tuve que ir al Contencioso Administrativo, pero el Juzgado me ha dado la razón. Solo eran 860 euros y me han devuelto 876 (860 más intereses al 4.75%). El Juez se basó en el artículo 3 del Código Civil, varias sentencias de tribunales superiores y yo había presentado las escrituras de compra y de venta, los recibos del IBI donde consta el valor del terreno, unas valoraciones de la Xunta de Galicia que en enero del 2015 redujo los valores catastrales en casi un 25% y los estudios del Ministerio de Fomento sobre la evolución del valor de los terrenos. Aunque el juez hizo mención a los artículos de la Constitución sobre impuestos estos no fueron fundamentales para el fallo de la sentencia. Dictada el 10/12/2015 por el Juzgado Contencioso-Administrativo número 2 de VIGO.El piso lo compré en 2005 y lo vendí en Mayo de 2015.
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vcasall 28/01/16 19:32
Ha comentado en el artículo Plusvalía municipal: ¿Hay que pagarla aunque no se obtengan ganancias?
Yo he conseguido que el Ayuntamiento de Baiona (Pontevedra) me devuelva el importe que me había cobrado por la Plus Valía Municipal. Tuve que ir al Contencioso Administrativo, pero el Juzgado me ha dado la razón. Solo eran 860 euros y me han devuelto 876 (860 más intereses al 4.75%). El Juez se basó en el artículo 3 del Código Civil, varias sentencias de tribunales superiores y yo había presentado las escrituras de compra y de venta, los recibos del IBI donde consta el valor del terreno, unas valoraciones de la Xunta de Galicia que en enero del 2015 redujo los valores catastrales en casi un 25% y los estudios del Ministerio de Fomento sobre la evolución del valor de los terrenos. Aunque el juez hizo mención a los artículos de la Constitución sobre impuestos estos no fueron fundamentales para el fallo de la sentencia. Dictada el 10/12/2015 por el Juzgado Contencioso-Administrativo número 2 de VIGO.
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vcasall 05/05/15 08:00
Ha respondido al tema Denuncia Director General AEAT
Después de haber presentado la Denuncia contra el Director de la Agencia Tributaria, esta fue trasladada al Juzgado de Instrucción número 5 de Vigo. Este Juzgado abrió diligencias previas, como era su obligación, y solicitó información al Tribunal Económico Administrativo de Galicia y al Defensor del Pueblo. El TEAR le contestó indicando que la reclamación se encontraba en trámite, por el procedimiento general, pendiente de resolución, si bien con posterioridad le remitió la resolución dictada rechazando la Reclamación por extemporaneidad, sin entrar en el fondo del asunto. El Defensor del Pueblo le contestó indicando que el expediente se encontraba en trámite, remitiendo copia compulsada del escrito del Director de la AEAT objeto de la denuncia. El Juez decretó con fecha 11/3/2015 el sobreseimiento provisional de la causa, indicando que no aparece justificada la perpetuación del delito que ha dado motivo a la formación de la causa, sin más comentarios ni motivaciones. Contra el mismo se presentó el correspondiente Recurso de Reforma y apelación, dentro del plazo, el día 1/4/2015, invocando la vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva, por falta de motivación, ya que el extenso contenido del escrito de la denuncia relataba seis falsedades documentales aportando 19 documentos justificativos de las mismas, y estas se referían a un escrito de contestación del Director de la AEAT al Defensor del Pueblo. (No se trata de un mero escrito de un administrativo). Después de preguntar en dos ocasiones sobre la tramitación del tema, el Juzgado me ha indicado que se había remitido a la Fiscalía para su informe. La Fiscalía de Vigo lo ha recibido el 14/4/15, y a día 4/5/15 aún se encontraba en manos del Fiscal para su estudio. Mientras tanto, el Defensor del Pueblo con fecha 22/1/15 me había manifestado que solicitó nueva información a la Agencia Tributaria quedando en remitirme su contestación. Con fecha 15/4/15 me he dirigido nuevamente al Defensor del Pueblo solicitando información sobre el estado del expediente, sin que hasta la fecha haya obtenido respuesta, lo cual me hace pensar que la AEAT pretende eludir el tema y no dar contestación alguna, como ya ha intentado hacer anteriormente, dando motivo a que el Defensor del Pueblo les requiriera contestación urgente. Tengo pendiente de presentar Recurso Contencioso Administrativo contra la Resolución del TEAR, por la prescripción previa a la extemporaneidad. (Extemporaneidad que ha sido un lapsus inoportuno). Por otra parte, me ha tenido que contestar el Presidente del Consejo para la Defensa del Contribuyente, después de un año y cinco meses, pidiendo disculpas por el retraso (es obvio que le han obligado a contestarme), facilitándome algunas explicaciones incompletas y falsas, pretendiendo ampararse en un caso en la legitimidad para justificar el abuso de poder. (La falsedad no tiene suficiente motivación como para justificar una denuncia).
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vcasall 15/01/15 06:40
Ha respondido al tema Denuncia Director General AEAT
De la evolución iré informando. He abierto una página en Facebook donde pondré la copia del escrito remitido a Presidencia del Gobierno pidiendo que destituyan al Director de la AEAT.
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vcasall 06/11/14 13:20
Ha respondido al tema Exención ganancias patrimoniales en venta vivienda habitual mayores de 65 años
Muchas Gracias Rodrigo. Así lo entiendo yo tambien, y efectivamente como tu dices lo que tengo que hacer es pedir que me lo confirmen por escrito. En lo del caracter rogado esta afirmación no solo es de un funcionario sino también de un responsable de Gestión. Sin embargo respecto a la incompatibilidad que yo entendí, quizás equivocadamente, que se refería al total, esta fue una afirmación de un funcionario y lo que voy a hacer primero es intentar aclararlo personalmente y después obrar en consecuencia. Gracias. Saludos.
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vcasall 06/11/14 11:29
Ha respondido al tema Exención ganancias patrimoniales en venta vivienda habitual mayores de 65 años
Muchas gracias Lunatico, Estoy de acuerdo contigo, pero el problema reside en que la AEAT dice que esta exención es de carácter rogado, y yo creo que el carácter rogado implica que hay que solicitarla, y yo no estoy de acuerdo en que haya que solicitarla pues la Ley dice bien claro "estarán exentas". Además la AEAT mantiene que el aplicar una exención es incompatible con aplicar la otra, si bien yo pienso que en esto se refiere a la parte que corresponde a un cónyuge, es decir al 50%, pero esta parte no la tengo del todo clara. Gracias. Saludos
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