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Participaciones del usuario toniox

toniox 11/12/16 16:23
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Gracias mfmelo...ya lo tenia adaptado a mi persona, sin el tema de sociedad de por medio y en lugar de judicial ... adaptado para la AEAT.
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toniox 11/12/16 13:10
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Una duda mfmelo sonre esta Nota de acalaración al final que has puesto ¿tambien debo incluir al final? Nota aclarción: Según mis datos y conocimientos sobre la finca.......no tengo otros datos, puede ser que si o puede ser que no, yo aporto y firmo de lo que sé, si hay otra información el que la conozca la emita.
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toniox 08/12/16 20:13
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No es por irse tan radical...pero vamos....si no hay unas bases o un modelo que ellos acepten, me da la libertad para presentar lo que yo crea oportuno. Lo logico es que lo manifieste yo a mi nombre. Si yo manifiesto que la finca no esta arrendada por no conocer ningun contrato de arrendamiento...no estoy mintiendo. ¿es necesario lo del notario?
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toniox 08/12/16 19:47
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Gracias Tristan En el registro les he pedido un modelo, y me han dicho que no tenian... ¿les he dicho que como es posible que no haya habido ningun caso antes para no tener un modelo? Y me dicen que solo para las de AEAT, que las judiciales no lo piden, pero para las de AEAT si. Si ese escrito o manifiesto, lo puede hacer otra persona...que no sea yo. A ver si luego me van a venir a mi a decirme que he mentido, para eso prefiero que que lo haga mi padre o mi abuela.... (de este tema aun no lo he preguntado, pero fue porque ví que me iban a decir que no..o que no sabían) ¿Tristan es necesario que un notario legitime mi firma? Mi idea en tal caso es poner algo como que yo, Toniox, con DNI: XXXXXX....manifiesto que la finca no esta arrendada al no conocerse ningun contrato de arrendamiento en vigor en la fecha de adquisicion. Firmado...Toniox ¿Podría añadir "Tampoco se haya inscrito ningun contrato en el registro, y la el vendedor la AEAT, desconoce la existencia de contratos de arrendamientos"?, aunque creo, mejor omitirlo...no meterles a ellos por medio.
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toniox 08/12/16 19:20
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Hola, rogaria por favor si me podeis aclarar una duda, me adjudiqué unas fincas pequeñas rusticas, este verano, y desde el registro de la propiedad, me indican que debo presentar un certificado de libre arrendamiento. Las fincas son rusticas en el resgistro, pero urbanas en el catastro, aunque estan por urbanizar (y tendria que urbanizarlas yo). Yo quiero que en el resgistro sigan siendo rusticas, para así mas adelante solicitar el cambio al catastro y que vuelvan a ser rusticas otra vez....porque no hay intencion de urbanizar nada...el plan que había ya esta caducado. El tema es que me piden un certificado de libre arrendamiento, cuando segun la AEAT que fué quin lo subastó, desconocian si estaban o no arrendadas, en el registro del a propiedad tampoco viene inscrito ningun contrato de arrendamiento.... ¿que debo presentar? ¿hago yo un certificado .... y si luego estan arrendadas, de palabra o con algun papel de esos "mojados"? Saludos y gracias
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toniox 28/04/16 13:04
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Gracias Jotaerre. Supongo que entonces el acta de adjudicacion deberé guardarlo y conservarlo, tal y como si fuera un escritura.
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toniox 28/04/16 09:53
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Hace un par de semanas, estube consultado sobre una finca rustica que me habia sido adjudicada, pero que tenia por medio un plan urbanizador parcial, pero sin desarrollar desde el 2007. Al final hablé con el ayuntamiento del pueblo y con algunos propietarios conlindantes, y me dijeron que no se pensaba desarrollar nada, que ya tenian suficiente con otros planes que se habian quedado a medio hacer en el pueblo...y no querían más lios. Hasta el ayuntamiento (es pequeño, porque creo que solamente deben trabajar 2 personas) se sentía molesto, por las cuotas de IBI que estaban pasando a los vecinos. Menos mal que ahora ha cambiado la ley, para revertir esa situacion de zonas rusticas sin urbanizar a las cuales se les pasa el recibo como urbano. Bueno al final, lo he pagado...porque el importe no era excesivo. En realidad es mi primera adjudicacion, y eso que desde 1998 aprox, siempre me habian interesado el tema de subasta, pero que solo en 4 o 5 ocasiones habia participado, y nunca me habia llevado nada. Ha sido una adjudicacion de la AEAT - Hacienda , y mi duda, es que si ¿debo solicitar escritura publica o bien con los documnetos que me dan de adjudicacion es suficiente? En caso de que luego quiera venderla, ¿sin escritura se puede vender? Entiendo que el siguiente paso es ir la registro, y pagar el ITP. Saludos y gracias Toniox
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toniox 14/04/16 01:47
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Gracias por los aportes. La junta de compensacion, la formaron los vecinos que eran poseedores de las fincas rusticas que deseaban urbanizar, y para ello solictaron al ayuntamiento (un pueblo de 1500 habitantes) que iniciara el estudio para el desarrollo de esas fincas. Las fincas agrupadas son unas 3 hectareas, en donde, se prentende montar un glorieta y un par de calles, y montar parcelitas de 250 metros cada una. La junta de compensacion ya esta formada por los vecinos...pero es del año 2007. Yo he sido adjudicatario de una de las fincas rusticas que componen las 3 hectareas...exactamente de un total de 3400 m2 es lo que se me ha adjudicado. En el castatro si esta indicada como SUELO (aunque no esta urbanizada), mientras que en Regristro de la propiedad no esta anotada ninguna carga urbanistica. Queda claro que es obligatorio urbanizar, pero al igual no es momento ahora, primero porque el plan de urbanizar del año 2007, marcaba un coste por parcela de 20.000 euros, y actualmente el precio de venta viene a ser lo mismo 20.000 eur ....con lo cual no hay beneficio, tan solo lo que hay es "enterrar" un dinero en parcelas, a la espera sean vendibles. Por eso en caso de no querer invertir en la urbanizacion de las fincas rusticas, entiendo que o bien me expropian las fincas para que alguien se las quede y quiera contribuir a la urbanizabilidad de las fincas rusticas, o bien el ceder un numero de parcelas que se me podian adjudicar una vez urbanizadas , a cambio de no invertir un euro en ellas.Es decir si me correpondieran 8 parcelas, pues ceder la mitad de ellas, a cambio de no invertir o gastar los 20.000 euro que me saldria por parcela.
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toniox 13/04/16 17:43
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Hola a todos Hace tiempo os leo en el blog, en realidad desde los orígenes en Rankia, pero por falta de tiempo deje de hacerlo hace tiempo, aunque he vuelto otra vez hace escasamente 1 mes...y me estoy intentando leerlo todo de nuevo desde el año 2009. Hace muchos años, había participado en alguna subasta de Hacienda, para un piso en Burgos, pero no me lo llegué adjudicar por poco. El tema es que hace poco vi una finca (rustica / urbanizable), también en Burgos (en un pueblecito mejor dicho), y decidí pujar por ella, aunque en este caso era una adjudicación directa. Se me ha sido adjudicada, por poca más de 4000 euros (una finca de 3400 m2) Segun nota de registro, aparece el embargo por parte de Hacienda, a una empresa PROMOTORA. El tema es que dicha finca está en un plan de urbanizador, ya aprobado y habiéndose formado la junta de compensación. Aunque es un plan del 2007. Según el plan, el coste por parcela viene a ser unos 20.000 euros, y la posible venta a dia de hoy, tras la crisis, también en torno los 20.000 euros, con lo que no compensa urbanizar (En realidad la compré porque creí que el coste de urbanizar no lo asumía el propietario, sino el ayuntamiento, pero ya he visto que no es así… Que iluso por mi parte¡¡ No tenía ni pies ni cabeza pensar como lo había hecho). La duda que quería preguntar, es si la junta de compensación o el Ayuntamiento TE PUEDEN OBLIGAR A URBANIZAR. Es que si me obligan me supondría casi 160.000 (8 parcela de 250 metros a 20.000 euro de coste según el plan) que no dispongo, ni quiero malgastar en urbanizar a día de hoy, ya que no salen los números, y no supone ningún beneficio. En caso de negarme a urbanizar, ¿no me embargaran mi vivienda, ni cualquier ahorro…?. Yo he pensado que en caso de negarme, me la expropiarían, y subastarían, o bien también llegar a un compensación con el constructor/urbanizador, a cambio de ceder terreno por parcelas, y así no tener que desembolsar ningún dinero. Mi miedo es por si estoy obligado a urbanizar, dado que a dia de hoy no es rentable, ni reomendable. Cualquier aclaracion me ayudara a que hacer, porque en 3 días me vence el pago para hacer en hacienda, ya que se me adjudicó el día 31/03/2016, pero los de hacienda no me informaron. Debe ser que estan liados con las declaraciones de renta (o con los papeles de Panama). Saludos Toniox
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