Acceder

Participaciones del usuario toniox

toniox 14/07/17 20:38
Ha comentado en el artículo Consulta al autor del blog
Queria preguntaros que haríais en el siguiente caso para solicitar la posesion: corresponde a una vivienda figuraba a nombre de una empresa (una S.L.), pero que dentro habita un trabajador (bien de esa empresa,o bien de otras empresas del mismo empresario), y al cual, se le ha preguntado si posee un contrato de alquiler, y su respuesta ha sido dubitativa (tan dubitativa como que no tiene un contrato a su nombre) y finalmente me ha indicado que mejor que hable con su "jefe". El jefe es que quien mete a este trabajador en el piso, pero que además hoy está un trabajador...y mañana puede estar otro trabajador diferente. Me he leido bastantes post, y queda claro que la posesion solo la da el juzgado, o bien quien la habita....pero en este caso, el que la "habita", lo hace porque se lo ha indicado así el empresario.... con lo que no me entregará la posesion si su "jefe" no le situa en otra vivienda. Saludos
toniox 11/12/16 16:23
Ha comentado en el artículo Consulta al autor del blog
Gracias mfmelo...ya lo tenia adaptado a mi persona, sin el tema de sociedad de por medio y en lugar de judicial ... adaptado para la AEAT.
toniox 11/12/16 13:10
Ha comentado en el artículo Consulta al autor del blog
Una duda mfmelo sonre esta Nota de acalaración al final que has puesto ¿tambien debo incluir al final? Nota aclarción: Según mis datos y conocimientos sobre la finca.......no tengo otros datos, puede ser que si o puede ser que no, yo aporto y firmo de lo que sé, si hay otra información el que la conozca la emita.
toniox 11/12/16 01:57
Ha comentado en el artículo Consulta al autor del blog
Muchisimas gracias mfmelo, lo adaptaré a la finca rustica...repito muchisimas gracias, y tambien a Tristan.
toniox 08/12/16 20:13
Ha comentado en el artículo Consulta al autor del blog
No es por irse tan radical...pero vamos....si no hay unas bases o un modelo que ellos acepten, me da la libertad para presentar lo que yo crea oportuno. Lo logico es que lo manifieste yo a mi nombre. Si yo manifiesto que la finca no esta arrendada por no conocer ningun contrato de arrendamiento...no estoy mintiendo. ¿es necesario lo del notario?
toniox 08/12/16 19:47
Ha comentado en el artículo Consulta al autor del blog
Gracias Tristan En el registro les he pedido un modelo, y me han dicho que no tenian... ¿les he dicho que como es posible que no haya habido ningun caso antes para no tener un modelo? Y me dicen que solo para las de AEAT, que las judiciales no lo piden, pero para las de AEAT si. Si ese escrito o manifiesto, lo puede hacer otra persona...que no sea yo. A ver si luego me van a venir a mi a decirme que he mentido, para eso prefiero que que lo haga mi padre o mi abuela.... (de este tema aun no lo he preguntado, pero fue porque ví que me iban a decir que no..o que no sabían) ¿Tristan es necesario que un notario legitime mi firma? Mi idea en tal caso es poner algo como que yo, Toniox, con DNI: XXXXXX....manifiesto que la finca no esta arrendada al no conocerse ningun contrato de arrendamiento en vigor en la fecha de adquisicion. Firmado...Toniox ¿Podría añadir "Tampoco se haya inscrito ningun contrato en el registro, y la el vendedor la AEAT, desconoce la existencia de contratos de arrendamientos"?, aunque creo, mejor omitirlo...no meterles a ellos por medio.
toniox 08/12/16 19:20
Ha comentado en el artículo Consulta al autor del blog
Hola, rogaria por favor si me podeis aclarar una duda, me adjudiqué unas fincas pequeñas rusticas, este verano, y desde el registro de la propiedad, me indican que debo presentar un certificado de libre arrendamiento. Las fincas son rusticas en el resgistro, pero urbanas en el catastro, aunque estan por urbanizar (y tendria que urbanizarlas yo). Yo quiero que en el resgistro sigan siendo rusticas, para así mas adelante solicitar el cambio al catastro y que vuelvan a ser rusticas otra vez....porque no hay intencion de urbanizar nada...el plan que había ya esta caducado. El tema es que me piden un certificado de libre arrendamiento, cuando segun la AEAT que fué quin lo subastó, desconocian si estaban o no arrendadas, en el registro del a propiedad tampoco viene inscrito ningun contrato de arrendamiento.... ¿que debo presentar? ¿hago yo un certificado .... y si luego estan arrendadas, de palabra o con algun papel de esos "mojados"? Saludos y gracias
toniox 28/04/16 13:04
Ha comentado en el artículo Consulta al autor del blog
Gracias Jotaerre. Supongo que entonces el acta de adjudicacion deberé guardarlo y conservarlo, tal y como si fuera un escritura.
toniox 28/04/16 09:53
Ha comentado en el artículo Consulta al autor del blog
Hace un par de semanas, estube consultado sobre una finca rustica que me habia sido adjudicada, pero que tenia por medio un plan urbanizador parcial, pero sin desarrollar desde el 2007. Al final hablé con el ayuntamiento del pueblo y con algunos propietarios conlindantes, y me dijeron que no se pensaba desarrollar nada, que ya tenian suficiente con otros planes que se habian quedado a medio hacer en el pueblo...y no querían más lios. Hasta el ayuntamiento (es pequeño, porque creo que solamente deben trabajar 2 personas) se sentía molesto, por las cuotas de IBI que estaban pasando a los vecinos. Menos mal que ahora ha cambiado la ley, para revertir esa situacion de zonas rusticas sin urbanizar a las cuales se les pasa el recibo como urbano. Bueno al final, lo he pagado...porque el importe no era excesivo. En realidad es mi primera adjudicacion, y eso que desde 1998 aprox, siempre me habian interesado el tema de subasta, pero que solo en 4 o 5 ocasiones habia participado, y nunca me habia llevado nada. Ha sido una adjudicacion de la AEAT - Hacienda , y mi duda, es que si ¿debo solicitar escritura publica o bien con los documnetos que me dan de adjudicacion es suficiente? En caso de que luego quiera venderla, ¿sin escritura se puede vender? Entiendo que el siguiente paso es ir la registro, y pagar el ITP. Saludos y gracias Toniox
toniox 14/04/16 01:47
Ha comentado en el artículo Consulta al autor del blog
Gracias por los aportes. La junta de compensacion, la formaron los vecinos que eran poseedores de las fincas rusticas que deseaban urbanizar, y para ello solictaron al ayuntamiento (un pueblo de 1500 habitantes) que iniciara el estudio para el desarrollo de esas fincas. Las fincas agrupadas son unas 3 hectareas, en donde, se prentende montar un glorieta y un par de calles, y montar parcelitas de 250 metros cada una. La junta de compensacion ya esta formada por los vecinos...pero es del año 2007. Yo he sido adjudicatario de una de las fincas rusticas que componen las 3 hectareas...exactamente de un total de 3400 m2 es lo que se me ha adjudicado. En el castatro si esta indicada como SUELO (aunque no esta urbanizada), mientras que en Regristro de la propiedad no esta anotada ninguna carga urbanistica. Queda claro que es obligatorio urbanizar, pero al igual no es momento ahora, primero porque el plan de urbanizar del año 2007, marcaba un coste por parcela de 20.000 euros, y actualmente el precio de venta viene a ser lo mismo 20.000 eur ....con lo cual no hay beneficio, tan solo lo que hay es "enterrar" un dinero en parcelas, a la espera sean vendibles. Por eso en caso de no querer invertir en la urbanizacion de las fincas rusticas, entiendo que o bien me expropian las fincas para que alguien se las quede y quiera contribuir a la urbanizabilidad de las fincas rusticas, o bien el ceder un numero de parcelas que se me podian adjudicar una vez urbanizadas , a cambio de no invertir un euro en ellas.Es decir si me correpondieran 8 parcelas, pues ceder la mitad de ellas, a cambio de no invertir o gastar los 20.000 euro que me saldria por parcela.