Buen comentario, te comento por partes y sólo hasta donde se:
a) si se lo mira un abogado que domine del tema, nos haces un gran favor. Yo soy economista dedicado a la fiscalidad, pero no abogado, así que lo mucho que le puedo poner son ganas.
b) en cuanto a los temas de redacción, son buenas las aportaciones, al igual que la de Nerua. Este fin de semana intento refundir la carta y darle un mejor sentido.
c) cuando dices:
"Vistos los problemas anteriores, le pido que de oficio y a la mayor brevedad posible actúe en la materia. Lo que a mi juicio debería exigir la CNMV es que ninguna emisión colocada al público en general y cuyo nominal sea inferior a 50.000 euros pueda ser negociada en el AIAF bajo ningún concepto,pues incumple la normativa MIFID".
[aquí habría que especificar cuál hecho es el que, desde un punto de vista jurídico, concretamente incumple la normativa MIFID, y citar el consiguiente artículo]
Estoy completamente de acuerdo. Ese párrafo lo copié literlamente de un post de Francisco. Yo lo busqué en la directiva, para poderlo referenciar, pero no lo encontré. En la ley del Mercado de Valores tampoco viene nada, así que pueden ser tres cosas:
i) que directamente me lo haya pasado al leer diagonalmente los textos
ii) que ese importe conste en el agún reglamento de desarrollo que no haya mirado
iii) que Francisco haya tomado ese importe como base, y que cuando se refiere a que incumple la MIFID, llegue a esa conclusión a través del razonamiento: 50.000 euros o menos es para cliente minorista, al minorista hay que protegerlo (eso si sale en la MIFID), y como lo estafan, no lo estan protegiendo porque en ese mercado no puede entrar (eso también sale en la MIFID). Conclusión: menos de 50.000 tiene que salir AIAF porque incumple MIFID.
A mi me gustaría que fuera la primera, pero ya verás como es la tercera. En todo caso, si alguién nos puede echar un capote con esto, nos iría muy bien, ya que queda mejor poner de dónde saco esos 50.000 euros.
d) no creo que la CMNV nos responda, y en el caso que lo haga, será para quitarse de encima el tema con alguna vaguedad. Tendría que mirarlo más, pero diria que los pasos a seguir si se nos quitan de encima de un plumazo ya serian bastante serios, porque a esa carta que ellos te envien no puedes recurrir. Te queda la via judicial si crees que han vulnerado tus derechos. Eso quiere decir preparar mucha pasta, o encontrar un abogado idealista (que los hay), y que decida hacer suya esta bandera. Yo más bien creo que las posibilidades (pequeñas) de éxito vienen porque desde fuera y desde arriba, alguién le pregunte al Sr.Segura por unos pesados que empiezan a hacer ruido con un supuesto timo en una época que no interesa...
Seguimos comentando y muchas gracias!
Rubén