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Participaciones del usuario Ricardo97 - Empresas

Ricardo97 20/04/15 15:48
Ha respondido al tema Los falsos contratos mercantiles
Efectivamente, autónomo económicamente dependiente o incluso trabajador por cuenta ajena en muchos casos; pero la situación en la práctica es complicada- sobre todo si hablamos de empresas pequeñas-medianas- con trabajadores en situaciones de necesidad y con lógicos temores; de entrada, el potencial reclamante suele estar bastante temeroso (en muchas ocasiones desgracidamente con razón) y, después y para rematarla, no siempre judicatura, abogados laboralistas, compañeros de trabajo, instituciones socio-laborales etc, etc contribuyen a que situaciones tan lamentables puedan encontrar justicia. Saludos
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Ricardo97 20/04/15 15:10
Ha respondido al tema Los falsos contratos mercantiles
Hola Elena: Seguramente me he explicado mal y tu ya conocías lo que yo quería comentar. Pongo ejemplos de cada: Persona que firma un contrato mercantil como profesional dado de alta en la AT y en el RETA, y más del 70% de sus facturas van con retención de IRPF español: no hace falta que presentar el 130 si no se desea. Ejemplo: contrato mercantil con centro de enseñanza, se factura con retención de IRPF y no hay otras facturas que esas, como más del 70% de la mencionada facturación incluía retenciones, no hace falta que presentar el 130. IVA: se firma contrato mercantil también con un centro de eneseñanza o, por ejemplo, con un medio de comunicación escrito para enviarles reportajes en calidad de periodista: como ambas son actividades exentas de IVA (aunque con matizaciones y excepciones en ambos casos)en la factura no se repercute el mencionado impuesto ni, logicamente, es necesario ingresarlo ante la AT. Saludos
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Ricardo97 20/04/15 13:32
Ha respondido al tema Los falsos contratos mercantiles
Buenos días Elena, entiendo que en bastantes casos de contratos mercantiles-aún estando el contratado de alta en el RETA-no sería necesario cumplimentar el modelo 130, ya que este modelo no es obligatorio cuando más del 70% de la facturación del autónomo esta dirigida a clientes con obligación de prácticar retenciones. En lo referido al IVA, también deberemos tener en cuenta que pueden existir profesionales que, aún estando dados de alta en el RETA, estén exentos de IVA por la naturaleza de su actividad; como pueda ser el caso de algunas facetas de la enseñanza, sanidad, periodismo etc En lo referido a tu pregunta sobre si conocemos casos yo te podría decir que no sólo conozco casos, sino que en mi entorno geográfico habitual el uso fraudulento de estos contratos se está extendiendo de manera importante ante la necesidad económica de los contratados y la pasividad de la inspección; llegando al punto de existir cadenas comerciales cuyos dependientes cara al público trabajan sin nómina y con contrato mercantil en la tiendas de la cadena (no son franquicias ni similar). Caso aparte sería el de los autónomos dependientes-figura legal-a los que no me estoy refiriendo con mi ejemplo anterior. Saludos
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Ricardo97 18/04/13 15:30
Ha respondido al tema Trucos para una buena planificación financiera - truco 9 – vigilar el descuento comercial
Totalmente de acuerdo, además imagino, más allá de las anecdotas relativamente inocentes que estamos comentado, que el problema real será para algunas empresas modestas que no son de servicios con limitada capacidad de negociación bancaria cuando los bancos les vayan indicando que lo deben hacer por el 58 y no por el 19 debido al aumento de gastos que eso les puede suponer
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Ricardo97 18/04/13 14:45
Ha respondido al tema Trucos para una buena planificación financiera - truco 9 – vigilar el descuento comercial
Entiendo, entiendo, muchas gracias, es totalmente lógico lo que dices, de hecho como te digo yo recordaba haber mandado cosas de servicios por la 58 cuando necesitabamos pasta por anticipado. A modo de mera anecdota imagino que no siempre será fácil ser estricto con la 19 aunque se desee, imaginate por ejemplo una factura de ordenador+software+cursillo informático+mantenimiento como las que tengo visto con frecuencia. Habría que hacer las facturas por separado y enviar lo que corresponda por el 19 y lo que corresponda por el 58 con modalidad de abono al vencimiento...En fin, no me hagas caso que me gusta darle vueltas de más a las cosas. Mil gracias una vez más por tu amabilidad y buen trato.
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Ricardo97 18/04/13 14:20
Ha respondido al tema Trucos para una buena planificación financiera - truco 9 – vigilar el descuento comercial
Hola Petersen: Subo este hilo antiguo en plan "pesado" para cumplir mi palabra de ayer noche de usar el buscador y no abrir hilos nuevos sin necesidad. Creo que he entendido bien, por lo menos eso espero, todo lo que explicas arriba pero me queda una dudilla que no sé si tu tendrás opinión sobre ella. En mi caso facturamos servicios profesionales, hasta ahí norma 19 creo que sin problema, pero el caso es que juraría, es verdad que muy esporadicamente, que en alguna ocasión que necesitabamos liquido anticipado mandamos recibos de servicios por el 58, ¿Sería eso correcto en tu opinión o, tal vez, sería más escrupuloso con la normativa vigente acudir a algún servicio financiero de "anticipo de facturas" o similar al tratarse de recibos de servicios para un consumidor final? Saludos cordiales
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