¡Hola @mercedesji
! Me pasaba por este hilo para intentar darte ánimos. Yo presenté Reclamación Previa contra denegación de subsidio de desempleo, modalidad >52 años el 24 de agosto de 2022 y era competente para resolverla la DP de Madrid (la DP que corresponde es por domicilio del solicitante) Pues bien hoy 21 de noviembre, a punto de cumplirse los 3 meses (y a pesar de que los 45 días hábiles se cumplieron el 27 de octubre) me han "notificado" la resolución (afortunadamente, en sentido favorable). En este aspecto, conozco dos casos más (también presentadas este año) de este foro que tardaron lo mismo, aunque no sé qué DP les correspondía. Te indico, además, por si te es de ayuda, que la reclamación previa no aparece nunca por ningún lado en la "Consultar Prestación" de la Sede Electrónica del SEPE. Cuando resuelvan la Reclamación, esta aparecerá como una nueva solicitud, la cual figurará como aprobada, además de reflejarse tanto la nueva situación de la prestación (en "ALTA"), como la cuantía abonar en el siguiente pago (atrasos incluidos). Supongo que la resolución oficial me llegará esta misma noche, entre las 21 y las 22 horas, puesto que me encuentro dada de alta en el sistema de notificaciones electrónicas del SEPE (te lo recomiendo, resulta mucho más cómodo: te avisan por email y evitas las demoras del envío postal tradicional) y en ocasiones anteriores siempre se ha repetido la misma cadencia: primero aparece la actualización de la prestación en cuestión en "Consultar Prestación" y posteriormente, sobre dicha hora, remiten el email para avisarte de la disponibilidad de la notificación en la Sede Electrónica. Desconozco si en el caso de que denieguen la Reclamación aparecerá análogamente una nueva solicitud denegada en dicho "Consultar Prestación" y quizás solo emitan la denegación con la argumentación que esgrimen, así que si, como te vuelvo a recomendar, te suscribes al sistema de notificaciones electrónicas, al menos tienes la seguridad que el mismo día que la resuelvan te notificarán y no tendrás que esperar el tiempo adicional que conlleva recibir la carta certificada en tu domicilio. Pero ten en cuenta que tendrás que estar atenta al email para no perderte ningún aviso de notificación para que en caso de requerimiento o cualquier otro tipo de resolución no transcurra el plazo. Espero haberte ayudado y, ¡mucha suerte!