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Participaciones del usuario Gómez25 - Fiscalidad

Gómez25 22/08/13 11:05
Ha respondido al tema Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en Murcia
Cualquier asegurado con un seguro de vida puede decidir cambiar el beneficiario del mismo para el caso de fallecimiento cuando lo desee. Basta con que lo comunique de forma expresa a la aseguradora por escrito, lo que ya no se si tienes que esperar a la renovación de la póliza No obstante, puede ser que un asegurado exprese su última voluntad en forma de testamento y que éste pueda designar de beneficiario a una persona distinta que aquel que se comunicó a la aseguradora. En este caso el ordenamiento civil español va a dar preferencia a las últimas voluntades del fallecido y si éstas constan de forma expresa y son contrarias a la que conste en el certificado de un seguro, el conflicto está servido. De hecho, las aseguradoras solicitarán el certificado de últimas voluntades, es por eso que si pone de beneficiarios a sus hijos en el seguro, en el testamento también hay que ponerlos. De todas formas, lo de provocar problemas para que su cónyuge administre el capital, existen otros caminos, como llegar a alguna clase de acuerdo entre vosotros y sus hijos, mientras esté dentro de la legalidad. Un saludo.
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