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Rubialense

Se registró el 28/06/2009
Salvador Duque 12/02/22 03:00
Ha respondido al tema PIAS AXA gestionado por OVB vs PIAS AEGON gestionado por Ahorro&Protección
Vaya....  tal vez no me expresé tan bien como yo creía. O me has interpretado mal, que también puede ser. Voy a complementar la información y si no se entiende, estoy disponible en duqueyhontoria punto es.Cuando dices:" Es decir, las plusvalías no pagan impuestos de por sí pero sí que se paga por cada mes que se reciba de renta vitalicia ¿no?."Los PIAS rescatados en forma de Renta Vitalicia NO PAGAN IMPUESTOS, al amparo el Art 7 v) de la Ley del IRPF.Por la Renta Vitalicia, (que es otro seguro de inversión) se paga un pequeño porcentaje de impuestos, que varía dependiendo de la edad con la que se empiece a percibir.Conviene aclarar que los PIAS y las RVG son dos productos diferentes. Ambos son productos de inversión basados en seguros (IBIP), como también lo son los Unit Linked, los SIALP, etc... Además, hay varios tipos de rentas. Rentas Temporales, Constante o creciente, con reversión de renta, en favor del cónyuge, hijos, etc... pero las Rentas Vitalicias Garantizadas permiten la exención fiscal de la mayor parte de la renta.Una Renta Vitalicia Garantizada NO ES una forma de rescatar un capital. Una RVG es un seguro de inversión en el que el asegurado, ingresa una cantidad que la aseguradora le va a devolver en forma de renta durante el resto de su vida. Dicha RVG puede contratarse con el importe procedente de cualquier ahorro o inversión, (activo, deposito, cuenta bancaria, fondo de inversión, plan de pensiones, bajo el colchón o en una hucha).La principal ventaja de una RVG, es que el importe ingresado, se divide entre la edad del asegurado y la esperanza de vida media, que en España son 83 años. Si se contrata una RVG con 65, el importe se divide entre 18 años y entre 12 mensualidades y tenemos (aprox) la renta mensual resultante. Si el cliente sobrevive a la esperanza de vida media, seguirá cobrando la renta de por vida (renta vitalicia) y si vive menos de la edad prevista, el capital sobrante lo percibirán los beneficiarios en concepto de seguro de vida.Si se contrata una RVG, con el capital procedente de un PIAS, el total pasa integro a la RVG sin pasar por Hacienda.Si el capital procediera de de cualquier otra inversión, primero pasa por Hacienda y con lo que quede después de gastos, se contrata la RVG.Otras inversiones (además del PIAS), pueden quedar libres del pago de impuestos contratando una RVG, pero solo los primeros 240.000€, y solo para perdonas que ya estén  que jubiladas y no perciban ingresos por actividad empresarial.Con un PIAS no existen esos limites, la inversión queda exenta de declarar en su totalidad y se puede hacer sin estar jubilado.Otra aclaración. Tu dices:"Es decir: no está extento de impuestos, se tributa como rendimiento de capital mobiliario sobre 20% de todo el capital (tanto lo aportado como las plusvalías)."Gran error. Dices que se declara por todo el capital. ¡Para nada!  Si se contrata la RVG con el capital acumulado en PIAS, el 100% NO TRIBUTA. Lo establece claramente la Ley del IRPF (LIRPF) en el apartado , Art 7 v) Rentas Exentas, que dice textual; "Las rentas que se pongan de manifiesto en el momento de la constitución de rentas vitalicias aseguradas resultantes de los planes individuales de ahorro sistemático a que se refiere la disposición adicional tercera de esta Ley"Respecto a su forma de exención, ver la Disposición Adicional 3ª de la LIRPF, y el apartado h) de que dice textual; "h) La renta vitalicia que se perciba tributará de conformidad con lo dispuesto en el número 2.º del artículo 25.3 a) de esta Ley."Respecto a la exención de las Rentas Vitalicias el número 2.º del artículo 25.3 a) de la misma Ley, dice textual; "2.º) En el caso de rentas vitalicias inmediatas, que no hayan sido adquiridas por herencia, legado o cualquier otro título sucesorio, se considerará rendimiento de capital mobiliario el resultado de aplicar a cada anualidad los porcentajes siguientes:40 %, cuando el perceptor tenga menos de 40 años.35 %, cuando el perceptor tenga entre 40 y 49 años.28 % cuando el perceptor tenga entre 50 y 59 años.24 % cuando el perceptor tenga entre 60 y 65 años.20 %, cuando el perceptor tenga entre 66 y 69 años.8 %, cuando el perceptor tenga más de 70 años."Entonces, no confundamos la tributación de las RVG, con la del PIAS, pero sobre todo, no confundamos declarar con tributar.  La LIRP, dice que solo se DECLARA como rendimiento del capital mobiliario los siguientes porcentajes de las Rentas Vitalicias;Con menos de 40 años solo se declara el 40% de la renta. Exento el 60%Entre 40 y 49 años, solo se declara el 35% de la renta. Exento el 65% Entre 50 y 59 años, solo se declara el 28% de la renta.  Exento el 72%Entre 60 y 65 años, solo se declara el 24% de la renta. Exento el 76%Entre 66 y 69 años, solo se declara el 20% de la renta.  Exento el 80%Si tienes más de 70 años, solo se declara el 8% de la renta. Exento el 92%O sea que y para una renta de 1000€, con 66 años, solo se DECLARAN 200€, de los que se TRIBUTA un 19%, que son 38€. Así, el impuesto a pagar por una RVG de 1000€ es del 19%, del 20%. O sea un 3,8%y  no un 20%.Si se contrata con 50 años, el impuesto a pagar será de un 5,3%.Si se contrata con 70 años, el impuesto a pagar será de un 1,52%.RESUMIENDO; Sí has invertido en un PIAS durante 30 años y has aportado 150.000€, con una rentabilidad de un 8% anual, es muy probable que superes los 450.000€, de los que no vas a pagar a Hacienda ni 1€, si lo conviertes en una RVG. A la renta resultante, se le retendrá entre un 3,8% y un 4,6% de impuestos, y da igual de dónde proceda el capital.La ventaja del PIAS está en la exención del 100% de aportaciones y plusvalías, independientemente de la RVG, que tiene otra exención.También es importante saber que si el capital acumulado fuera en Plan de Pensiones, para convertirlo en Renta Vitalicia, primer tendría que tributar como rendimiento del trabajo (entre un 19% y un 45% DEL CAPITAL ACUMULADO). Una locura.Si el capital procediera de cualquier otro producto de inversión, pagarías entre un 19% y un 23% de las plusvalías, en concepto de rendimientos del capital mobiliario.Otra aclaración, cuando dices;"Aquí creo que estás cruzando números y has restado al plan de pensiones el IRPF que cobra por todo.Si tributa a un 22% tendrá que pagar de IRPF:- de su pensión: 12000 * 22% = 2640 euros- de su plan de pensiones: 12000 * 22% = 2640 eurosEfectivamente, me expresé mal.Quise decir es que una pensión pública de 12.000€, no tendría retención, por estar por debajo de la renta mínima a declarar. Pero al sumar la renta de un plan de pensiones, por pequeña que sea, hacienda entiende que hay dos pagadores y obliga a declarar la suma de ambas rentas, en concepto de Rendimientos del trabajo, entre un 19% y un 45%.En este caso, sería un 22% de la suma, pero con mayores importes, se puede llegar a un 45%.Y dices;Así que el plan de pensiones no se queda en 7000 sino en 9800 más bien.Y además hay que tener en cuenta que Hacienda le habría devuelto una cantidad similar en forma de reducción de IRPF conforme lo fue aportando, por lo que no lo veo tan mal negocio.Aclaro.Pensión pública y Plan de pensiones, quedarían NETOS en 19.600€.En la misma situación, con una pensión pública de 1000€ mes y una RVG de 1000€ mes de un PIAS, la pensión pública no tributaría, el PIAS tampoco y la RVG, solo tributa un 3,8%.O sea que con un Plan de pensiones, los impuestos a pagar son 5380€, y con la RVG de un PIAS, 456€.Respecto a la supuesta deducción fiscal del los Planes de Pensiones, recuerda que desde enero de 2022 ya solo se pueden aportar 1500€ al año, por lo que la deducción será mínima, y muy inferior a los impuestos a pagar en el momento del rescate.Al margen de que con esas cifras, va a ser muy dificil conseguir una renta de 1000€ al año con un plan de pensiones.Para saber más, soy facilmente localizable en google.
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Salvador Duque 11/02/22 00:44
Ha respondido al tema ABC PIAS Banco Santander
Intento responder a todo.Los PIAS (y cualquier producto), no se  traspasan a renta vitalicia. Antes del vencimiento o fecha de rescate del PIAS, debes decidir la asegura con la que contratarás la RVG. 1. La renta vitalicia no es solo el resultado de una operación aritmética. También entra en juego el capital acumulado, la esperanza de vida y las condiciones que ofrezca la aseguradora con la que se contrate la RVG. Al ser la renta vitalicia un producto de rentabilidad garantizada, las condiciones dependen mucho del precio del dinero en el momento de la contratación. Una vez más, mi recomendación es que contactes con un consultor o mediador especializado en seguros de inversión,  Conocemos el mercado y los productos existentes, así como sus costes, y condiciones de contratación.
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Salvador Duque 11/02/22 00:23
Ha respondido al tema ABC PIAS Banco Santander
La verdad es que me cuesta entender la opción que has elegido. Al rescatar te has penalizado fiscalmente.La mejor opción hubiera sido el traspaso a otro PIAS mejor gestionado y con mejores rendimientos. En uno o dos años habrías amortizado cualquier pérdida.Por eso es importante ni contratar PIAS en bancos. El PIAS no es un producto bancario y los trabajadores de banca, no conocen bien sus condiciones.Tampoco compramos pescado en la carnicería, ni jugamos al fútbol en las pistas de tenis.Mi recomendación es que para resolver estos conflictos, contactos con profesionales del sector asegurador, y en concreto, especializados en IBIPS/PRIIPS (Productos de inversión basados en seguros).Si te duele la barriga, vas al especialista en digestivo, si te duele la rodilla vas al traumatólogo y si no ves bien, vas al oftalmólogo.Si quieres entender productos del mercado asegurador, como el PIAS, lo correcto es que contactes con profesionales del sector asegurador.Por otra parte, las respuestas a tu póliza, debería dártelas el asesor o el mediador que te la vendió. Yo puedo ayudarte, pero tendrías que enviarme la póliza a mi email, que encontraras en mi web, duqueyhontoria punto es.
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Salvador Duque 16/01/22 14:42
Ha comentado en el artículo ¡Qué más da un seguro que otro! (consejo para enteraos)
Muchas gracias @Avante. Impresionante currículum y excelente explicación. También soy profesional del sector asegurador, y suscribo cada una de tus palabras. Especialmente cuando explicas las ventajas y conveniencia de contratar seguros con mediación y asesoramiento profesional.Sin duda, no hay dinero mejor pagado que el de una prima de un seguro que cubra tus necesidades reales. Y no hay retribuciones mejor cobradas, que las del mediador experto entre cliente y aseguradora, que acompaña a su cliente toda la vida.En mi caso, me especialicé hace tiempo en seguros vida riesgo y vida ahorro, al detectar la evidente falta de Educación Financiera en España.Vivimos en un país que necesita aplicar un cambio radical al sistema público de pensiones, que ya está previsto, pero que nuestros gobernantes no se atreven a acometer.Llevan décadas poniendo parches ineficaces para no pasar del actual sistema de 100% reparto totalmente insostenible, al sistema mixto que ya se utiliza en resto de Europa y de los países miembros de la OCDE.Contamos con las herramientas para hacerlo, pero la cobardía política de unos y otros y el miedo a perder votantes, les impide acometer una reforma necesaria.Y mientras nuestros gobernantes dan o no dan el paso, pasa el tiempo y los españoles no invertimos correctamente.Este cambio implica la imperiosa necesidad de aprender a gestionar ingresos, ahorros, y gastos, y de aprender a invertir una parte del ahorro para obtener el complemento necesario para la jubilación. La pasividad institucional y el convencimiento de una necesidad, nos llevó en 2010 a crear nuestros ya conocidos Talleres de Educación y Planificación Financiera, en los que explicamos  cómo funcionan los sistemas de jubilación en España y en el resto del mundo, la necesidad de ahorro/inversión y las soluciones que ofrece el mercado. Todo gratuitamente y online.Y esto lo hacemos porque en 2006, la Ley del IRPF de finales de 2006 dio el primer “estacazo fiscal” a los planes de pensiones y vimos la necesidad de orientar a nuestros clientes hacia otros mercados.Esa misma Ley, mencionaba por primera vez el PIAS (Plan Individual de Ahorro Sistemático) y le dotaba de la mejor ventaja fiscal del mercado, como complemento a la jubilación. En 2006 empezaba a morir el plan de pensiones, (enterrado en 2022) cuya supuesta ventaja fiscal no beneficia, sino que penaliza al ahorrador, y nacía el PIAS, cuya ventaja consiste en que los rendimientos y rentabilidades obtenidas, quedan totalmente exentas de impuestos si se rescata como renta vitalicia, complementando las jubilaciones.Esta modificación legislativa, y la existencia de herramientas, hubieran justificado una campaña formativa e informativa a todos los ciudadanos, destinada a advertir de la necesidad de ahorro y la progresiva modificación del sistema público de pensiones para ir pasando del obsoleto e insostenible sistema de reparto 100%, a un sistema mixto, pero la cobardía política de nuestros gobernantes no les permite decir verdad, y prefieren seguir ganándose el voto de los jubilados asegurando la permanencia de un sistema insostenible.En esta campaña deberían haber intervenido todas las partes implicadas (Gobierno, Hacienda, Educación, Banca, Aseguradoras, etc…),, pero ante la pasividad de algunas partes y el bloqueo a otras, estamos ya en 2022 y no se ha hecho nada.Así las cosas, nosotros si hicimos una campaña inmediata de asesoramiento y formación a nuestros clientes, que en su inmensa mayoría dejaron de aportar a Planes de pensiones para hacerlo a PIAS.Hoy, 15 años después, ya es evidente que los planes de pensiones pasarán a la historia como la peor opción de ahorro para la jubilación, pero la banca sigue ofreciéndolos e imponiéndolos a cambio de condiciones para la contratación de hipotecas, sin importar las consecuencias y si interesan al cliente. Toda esta parrafada, para ratificar lo dicho por @Avante. Cuando contratamos un seguro, no basta con buscar el más barato, y es imprescindible buscar el mejor asesoramiento para cubrir la necesidad en concreto.Mi especialidad son los IBIP,s (Productos de inversión basados en seguros) como Unit Linked, PIAS, Rentas Vitalicias, etc.No compito con aseguradoras low-cost, que por su formato de negocio no tienen permitida la comercialización de IBIP,s, productos muy regulados y especializados que exigen asesoramiento personalizado, mediación,  y acompañamiento de por vida. Pero es importante decir me encuentro a diario con víctimas del sector bancario, que salen de su “sucursal de confianza” con lo que el comercial quería vender y no con lo que el cliente necesita.También me encuentro con víctimas de empresas que aprovechando la necesidad de ahorro inversión en España, colocan productos con costes de contratación ocultos y abusivos, utilizando técnicas comerciales “opacas”, por no decir fraudulentas.Mi objetivo es dar luz al sector del ahorro/inversión, consiguiendo para los clientes productos con costes equilibrados y que se justifican con resultados. No existen seguros de inversión sin costes, que ofrezcan rentabilidades que superen la inflación, pero existen productos de inversión con costes tan altos, que no empiezan a obtener rentabilidad hasta los 14 o 15 años.Insisto en las recomendaciones de @Avante, que justifican la mediación y el asesoramiento experto, y pido prudencia a los que yo denomino inversor IKEA.El inversor IKEA, busca el producto gratuito y sin mediación, que lógicamente no ofrece buenos resultados. Suele ser un perfil inquieto e investigador, que busca asesoramiento especializado, pero luego contrasta la información en Internet, e intenta encontrar el mismo producto sin asesoramiento y sin mediación que nunca encontrará, acabando en opciones que jamás le darán los resultados deseados.El “inversor Ikea” es comparable con el “paciente IKEA” que va al médico, recibe el diagnóstico y antes de medicarse consulta en Google sobre su enfermedad y el medicamento prescrito. También existen “mecánico IKEA”, “cocinero IKEA”, “abogado IKEA”, y tantas otras especialidades que solemos encontrar llorando por los rincones. Contratar seguros (y especialmente seguros de inversión) sin asesoramiento, sin acompañamiento, y sin mediación, es como automedicarse.Ningún mediador, agencia o corredor que se precie, trabajar con seguros “low cost” y eso supone pagar un poco más por el seguro, pero asegurarse resultados.En el caso de seguros generales, has explicado meridianamente claras las consecuencias.En el caso de seguros de inversión, las consecuencias son; escasa rentabilidad, costes de contratación ocultos y abusivos, o falta de información que nos llevan a permanecer 15 años ahorrando en planes de pensiones, en vez de hacerlo en PIAS. Cuando hablo de mis clientes sobre costes de contratación me gusta aclarar la diferencia entre el precio y valor de las cosas. No podemos hablar de algo caro o barato, sin hablar de su valor.Y como ejemplo, pondré el producto del que me has entiendo. El PIAS.En el mercado podemos encontrar PIAS a coste 0 sin acompañamiento y con escasa rentabilidad, por lo que su valor es inútil (eso es caro). Podemos encontrar PIAS con costes de contratación equilibrado, acompañamiento de por vida y excelentes rentabilidades (eso es barato)Y podemos encontrar PIAS con alto coste de contratación, sin acompañamiento, y que ofrecen rentabilidades a partir del año 16. (Eso es una porquería)Gracias por abrir un hilo que defiende la mediación del experto en Seguros. Era necesario 
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Salvador Duque 14/01/22 02:00
Ha respondido al tema PIAS para salvar la inlacion
Claro. Adjunto captura de pantalla de la web de Aegon a fecha 13/01/2022.Agresiva 12,80% (85%Rv/15%Rf)Moderada 6,70% (50%Rv/50%Rf)Conservadora 2,38% (25%Rv/75%Rf)Refugio -1,58% (100% Rf)
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Salvador Duque 08/01/22 16:47
Ha respondido al tema PIAS para salvar la inlacion
Buenos días @@sencillo-ahorrador Sin duda alguna, tu perfil es perfectamente apto para la contratación del PIAS Estrategia 5 A&P de Aegon. Es el producto ideal para quien no quiere dedicarse a gestionar su inversión a largo plazo, quien busca una interesante rentabilidad y seguridad. Si a eso le sumamos las ventajas fiscales, no deberías tener ninguna duda.No obstante, estoy a tu disposición para ampliarte la información que necesites respecto a este producto.Como bien dices, no existen opciones de ahorro con las que vencer la inflación anual, que además este año se ha disparado por encima del 6%. El motivo por el que ninguna entidad te va a ofrecer rentabilidad y garantía, lo vas a entender respondiendo a esta pregunta. Si yo te dejo a ti 1000€ hoy ¿Me devolverías el valor equivalente dentro de 15 años?Pues si tú no puedes hacerlo, las entidades financieras tampoco. Si tú pides garantía, guardarán tu dinero bajo llave e irremediablemente se devaluará. Si pides rentabilidad, por poca que sea, deberán invertir en mayor o menor medida y a eso por desgracia se le llama riesgo. Y digo "por desgracia", porque la falta de cultura financiera en España, nos hace malinterpretar el concepto "riesgo", y eso nos convierte en uno de los países con más dinero congelado y devaluado en depósitos garantizados y que menos invierte en renta variable. Y por ese mismo motivo, o reaccionamos, o en un par de décadas seremos un país envejecido y empobrecido. El riesgo en el concepto mas amplio de la palabra, no es algo peligroso, sino algo detectable y previsible y por lo tanto reducible e incluso evitable. El riesgo descontrolado es peligroso, pero el riesgo controlado es la única forma de conseguir metas que jamás conseguiríamos con riesgo 0. Por ejemplo, viajar en medios de transporte implica un riesgo, subir escaleras implica riesgo, hacer deporte implica riesgo, o simplemente comer en un restaurante, implica riesgo. El riesgo es algo con lo que debemos convivir y que debemos gestionar en beneficio propio.Dicho esto, no busques garantía a largo plazo. Busca seguridad y en materia de ahorro inversión, la seguridad se consigue cumpliendo tres simples principios.Diversificación.Promediación.Largo plazo.En tu caso, el largo plazo (10 años) lo tienes claro, porque tu propósito es ahorrar a 15 años.La diversificación la cumple el PIAS E5 A&P holgadamente, puesto que la aseguradora (con 175 años de historia y 28 millones de clientes en el mundo) invierte las aportaciones de millones de clientes en 10 mercados de diferentes sectores y zonas geográficas, a través de 10 fondos de inversión que a su vez invierten en más de 500 activos o empresas de distintos sectores y zonas geográficas.Además, la gestora (Aegon) no siempre destina los mismos porcentajes a cada mercado, sino que las va variando dependiendo del comportamiento del mercado global. La promediación la consigues periodificando o automatizando las aportaciones a tu PIAS de forma mensual. Cada mes la aseguradora pasa el recibo acordado y la aportación se invierte en los mercados mencionados, adquiriendo cada cliente un numero de participaciones que se van acumulando mes a mes. Cada mes se adquieren más participaciones cuando el mercado está barato y menos cuando está caro, pero siempre suman y cada mes tienes más. Así el precio promedio de compra de las participaciones sale mas económico y la inversión crece más. Realmente, este producto se adapta a cualquier perfil que busque un plan de ahorro inversión a largo plazo, con escaso riesgo, buena rentabilidad y el mejor trato fiscal. Especialmente si el propósito es complementar la jubilación, porque si se rescata en forma de renta vitalicia no pagará impuestos por las plusvalías.Para quien no tenga ese propósito, puede disponer del capital a partir del primer año, tributando por los beneficios obtenidos como lo haría un fondo de inversión.Respecto a los riesgos, hablamos de un producto que ofrece diferentes estrategias de inversión,  (refugio/conservadora/moderada/agresiva), en las que el factor de riesgo se encuentra entre 2 (refugio) y 4 (agresiva) en la escala 1/7, siendo 1 el mínimo riesgo y 7 el máximo.Además, este PIAS solo se puede contratar con asesoramiento previo, acompañamiento y mediación, lo cual aporta un valor añadido a la inversión. El cliente delega la gestión en la aseguradora que acredita unas rentabilidades excelentes desde hace décadas (15 años en el caso del PIAS, que nació en 2007).Las rentabilidades históricas de las diferentes estrategias que ofrece este producto son las siguientes (refugio 1,02%, conservadora 3,39%, moderada 5.50% agresiva 8,23%),A la excelente gestión de la aseguradora, hay que añadir el acompañamiento permanente de A&P, la compañía a la que represento, que ayuda a tomar decisiones respecto a aportaciones extraordinarias, forma de rescate, etc... Esa mediación también te protege ante posibles cambios legislativos, aunque en mi opinión no son previsibles cambios que pudieran perjudicar a las ventajas de los PIAS, que cuentan con exención fiscal de impuestos por las plusvalías obtenidas, cosa que (seamos realistas) a nuestros gobernantes no les importa una "m". A los gobernantes (da igual el color), lo que les escuece es devolver dinero a los contribuyentes durante su mandato, como hacen los planes de pensiones y por eso se los han cargando y ya no son interesantes.Los PIAS no pagan impuestos durante el ahorro y lógicamente no tienen derecho a devolución, pero generan interesantes plusvalías que no pagan impuestos cuando se rescatan, y eso a los gobernantes les importa poco porque llegado el momento, serán otros los que gobiernen.  Así las cosas, llevo muchos años recomendando aportaciones a PIAS y no a planes de pensiones y como veis el tiempo me da la razón. Como ves, con este PIAS no es necesario ser un experto en finanzas e inversiones, pero para que duermas tranquilo, ofrecemos Talleres de Educación y Planificación Financiera, gratuitos a todos los clientes o interesados en este y otros productos, donde entienden cómo funciona el dinero, el interés compuesto, la renta variable, la diversificación, promediación etc..., y los diferentes productos de inversión, cómo tributan e incluso cómo abaratar los costes en su contratación. Respecto a los costes de contratación y mantenimiento, tampoco deberían ser un problema. La comisión de gestión es un 1% anual y siguiendo nuestros consejos, el coste de contratación se amortiza en el segundo año. Ejemplo; invirtiendo en la estrategia riesgo 4/7, 8000€ el primer año y 200€ al mes a partir del 2º año, a los 15 años habrías aportado 41.600€ y después de gastos el capital estimado estaría en torno 76.000€ y a los 20 años en torno a 122.000€.Así trabaja este PIAS, y a 15 años te recomendaría esta estrategia sin dudarlo. No obstante, no dudes en consultarme cualquier otra duda.
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Salvador Duque 30/12/21 03:35
Ha comentado en el artículo "El dinero, en el banco que es dónde mejor está"
Ah bueno… que no te había entendido.Que tu estás a nivel Forbes 400.Y tu ya te has apalancado con tus 300.000€, verdad? Y eso tan sencillo es lo que tu propones que debería hacer todo el mundo, verdad?Porqué todo el mundo tiene 300.000€, verdad? Y esos resultados si los puedes controlar tu, verdad?Y eso no es filosofar, verdad?Y seguramente, también se puede hacer todo eso con 100€ al mes, verdad?Y si yo tengo 300.000€ tu te encargarías de la gestión, verdad?Y me firmarías un compromiso de resultados, verdad?Pues nada, dime cuándo empezamos. 
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Salvador Duque 28/12/21 00:57
Ha respondido al tema PIAS AXA gestionado por OVB vs PIAS AEGON gestionado por Ahorro&Protección
Y respondo a las dos últimas intervenciones, de Fenix323 y Pvila314.No amigos, la “renta resultante” no es la suma de aportaciones más plusvalías. Eso es el capital acumulado, valor de la inversión, y en el caso de un PIAS (que es un seguro de inversión) seria el valor de póliza o provisión matemática.Disculpad si bajo “a ras de suelo” para explicar el concepto “renta resultante” con términos sencillos.En el caso del que estábamos hablando, la “renta resultante”, es el “sueldo resultante”, o una cantidad fija mensual, trimestral, anual. etc…, que se percibe al rescatar el capital acumulado en un plan de ahorro o inversión, de forma diferida. Cómo un sueldo, pero sin trabajar.O sea, el “Sueldazo de la ONCE”, “El sueldo NESCAFÉ” o ll que coloquialmente se denomina “vivir de las rentas”.Un renta puede ser renta temporal, o renta vitalicia garantizada.Las rentas temporales se pueden contratar o acordar con una entidad bancaria, gestora, aseguradora o incluso con un particular, mediante contrato privado y se consigue depositando una cantidad en una entidad, que custodia el capital y te lo devuelve en forma de renta durante el tiempo acordado. Transcurrido ese tiempo, se habría consumido el capital y la renta se extingue.Pero las Rentas Vitalicias Garantizadas son mucho más interesantes, especialmente para complementar la jubilación, o para “vivir de las rentas”. Las Rentas Vitalicias Garantizadas, solo se pueden contratar con las aseguradoras, porque son las que ASEGURAN el capital y te garantizan una renta de por vida. Una RVG, es un tipo de seguro de vida, pero que trabaja al revés que in vida riesgo. En un seguro vida riesgo, la aseguradora a cambio de una cuota mensual te garantiza un capital en caso de fallecimiento. En una Renta Vitalicia, la aseguradora te garantiza una renta mensual, a cambio de un capital.El asegurado deposita un capital y la aseguradora te va pagando la renta mensual acordada (o trimestral, semestral, anual) durante toda la vida. Así, el seguro premia a quien sobrevive a la esperanza de vida media, que en España son 84 años. El asegurado que sobreviva esa edad, seguirá cobrando su renta hasta los 200 años, si los viviera.Una renta temporal suele ser un poco superior, pero dura 5, 10,15 años. Pero una Renta Vitalicia Garantizada, te asegura una jubilación tranquila. En cambio, si contratas una renta vitalicia con 64 años, se acuerda con la aseguradora la cuota mensual a percibir hasta los 84 años. Si el asegurado vive menos, el capital no consumido queda para los beneficiarios o herederos. Si los supera y vive 150 años, seguirá cobrando. Ese es el compromiso que asume la aseguradora. Así es como se consigue que las plusvalías del PIAS queden libres de impuestos. Convirtiendo la inversión en una RVG que complemente la pensión de jubilación, cosa que jamás podrás hacer con un plan de pensiones.Si el capital acumulado procede de un PIAS, el 100 % se convierte en RVG sin pagar impuestos. Y la “renta resultante”, también tendrá exención fiscal.Por ejemplo, con 120.000€ de capital acumulado en PIAS, si contratas una renta vitalicia a los 64 años, resultará una renta de unos 1000 € al mes. El 80% de los 1000€ no se declaran, y de los 200€ que se declaran, solo tributan al 19%. En resumen, de cada 1000€ de PIAS, hacienda solo retiene un 3,8% o 38 €. Y además esa renta no se suma a los rendimientos del trabajo y no penaliza la pensión de jubilación. En cambio, los planes de pensiones solo se pueden percibir una vez jubilado, y en forma de renta temporal, (a 10, 15 o X años), para diluir el hachazo fiscal de hacienda, porque los planes de pensiones tributan como rendimientos del trabajo. Para percibir un plan de pensiones en forma de renta vitalicia, lo primero que habría que hacer es declarar la totalidad del capital acumulado, para que deje de ser rendimientos del trabajo y se convierta en rendimientos del ahorro.Siguiendo el ejemplo anterior, si el capital acumulado fueran 120.000 €, serían rendimientos del trabajo y pagarían a hacienda en torno al 35%.Evidentemente no compensa, y como mal menor, la gente los rescata como renta temporal. Así, con el mismo ejemplo de antes, una renta mensual de 1000 € procedentes de plan de pensiones, se suman a la pensión de jubilación, que si son otros 1000€ sumarán 2000€, o 24.000€ anuales, que penalizarán notablemente el IRPF. En este caso, a 24.000 € habrá que deducirle un 22% de IRPF, aprox. que suponen unos 5000€. O sea la renta del plan de pensiones de 12.000 €, se queda en 7000 €.Y lo que es peor, a los 10, 20 o x años, la renta del plan de pensiones se agota y si vives más solo queda la pensión de jubilación.Espero que haya quedado claro, pero es complicado explicar todas las características de un producto que para su contratación requiere dos o tres horas de consultoría personalizada, varios días de trámites, seguimiento y acompañamiento de por vida. Así, si cambia la normativa te enteras de inmediato y puedes reaccionar.Por eso no se pueden contratar estos productos directamente en la aseguradora ni en ningún banco. Es necesaria la mediación especializada.A vuestra disposición
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Salvador Duque 28/12/21 00:10
Ha respondido al tema PIAS AXA gestionado por OVB vs PIAS AEGON gestionado por Ahorro&Protección
Sin duda, merece la pena que traspases tus posiciones al PIAS Estrategia 5 de Aegon.No sé qué edad tienes ahora, pero a partir de los 50 años el coste de contratación es inferior, a razón de un 3,50% menos por año. Con 53 años el coste sería menos del 60% y con 55, el coste es del 52,50%.Además, por poco que hayas aportado al otro PIAS, ya no partes de cero, y por el capital traspasado no tienes ningún coste.Así, si contratas una cuota de 100 € mensuales, el coste será de unos 600€.Este PIAS lleva acumulada una rentabilidad en 2021, del 11,40%.Imagínate que hubieras contratado la cuota de 100 € mensual, y que tengas 6000 € acumulados en tu PIAS.Partirías con 6600 €, y solo la rentabilidad de este año te habría dado 666 € de beneficio, con lo que habrías amortizado el coste de contratación .Sin duda, te merece la pena hacer ese traspaso y disfrutar del interés compuesto. Y sus quieres un consejo,  yo mantendría al menos hasta los 70 años.Así disfrutas del interés compuesto durante mas de 15 años. Rescatas libre de impuestos, y  la renta resultante solo tributará 1,5€ de cada 100€.
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Salvador Duque 27/12/21 15:22
Ha comentado en el artículo "El dinero, en el banco que es dónde mejor está"
Me mata la curiosidad, @Geoff007.No termino de entender este comentario, y me apetece responder porque te veo muy contundente.En general, la renta variable global es algo que “NO se puede controlar”, y no creo que la consideres mala porque no estarías en estos foros.La renta variable se puede entender, pero no se puede controlar, y por eso todo el mundo puede obtener beneficios cumpliendo unas sencillas recomendaciones. Diversificación/promediación/largo plazo.Supongo que has querido decir que no es bueno poner el dinero en algo que no entiendes, y eso si es cierto.Tampoco entiendo cuando dices que “si usas tu dinero para comprar algo, ya perdiste de entrada”.Hasta la fecha no se me ocurre otra utilidad para el dinero, que no sea la de comprar.Yo solo invierto en renta variable diversificada y global, utilizando productos bien gestionados, y nunca he perdido nada. Es más, siempre que compro, a largo plazo gano.Además no dedico ni un minuto de mi tiempo y obtengo rentabilidades y resultados que jamás obtendría dedicando el mismo tiempo a invertir  por mi cuenta.Y a ver si nos puedes explicar el comentario. Gracias
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Salvador Duque 16/12/21 01:07
Ha comentado en el artículo ¿Siguen siendo atractivos los planes de pensiones?
Gracias Argchi06. Con el ejemplo que pones te respondes tu mismo a lo que dices que disientes conmigo.Dices: “Si recibes 1000 euros de pensión y otros 1000 de un PP, pagarás el mismo IRPF que si percibieras los 2000 de la pensión”.Exacto. La cuestión es que por una pensión de 1000€ no deberías tributar, por no estar obligada, y si la hicieras seria para reclamar la devolución del IRPF retenido.Pero en el momento que percibes otros rendimiento del trabajo (y el plan de pensiones lo es) se considera segundo pagador, y la suma de tus rentas tiene que tributar.Además, con el ejemplo que pones duplicas ingresos y saltas dos tramos de IRPF, (ojo, que un plan de pensiones no es ahorro, sino rendimientos del trabajo).Y no es lo mismo estar exento por no alcanzar la renta al mínima exigida, que tener que tributar por 26000 €. (14 pagas de jubilación y 12 del plan de pensiones).En este caso, los rendimientos del trabajo van a tributar de la siguiente forma.Hasta 12.450€ el 19%= 2365€De 12.450 a 20.200 al 24%= 1860€De 20.200 a 26.000 al 30%= 1740€De los 24.000€ hacienda se queda 5965€, por el simple hecho de haber elegido Plan de Pensiones para complementar la jubilación.Por eso yo recomiendo PIAS.Si jugamos con las mismas cifras y eliges un PIAS para complementar la jubilación, percibirás la pensión pública de 1000€ integra, más 1.000€ prácticamente íntegros de la renta resultante del PIAS, que no se suma a la pensión pública porque no son rendimientos del trabajo, sino ahorro.  Y aclaro como se calcula el pequeño porcentaje que tributa un PIAS.Si se percibe con 66 años, está exento de declarar el 80% y si se percibe con 70 años, está exenta en un 92%.Así, con 66 años, de cada 1000€ solo se declaran 200€ que tributan al 19%. Y eso supone un 3,8% de cada 1000€, o sea 38€.Con 70 años, de cada 1000€ solo se declaran 80€ que tributan al 19%. Y eso supone un 1,52% de cada 1000€, o sea 15,2€.Tu dices: “Obviamente, en la declaración del IRPF tiene que pagar una pasta, sumando lo no retenido más el incremento correspondiente en la parte de la SS. Es decir, cada uno paga lo que le corresponde según sus ingresos totales, se perciban de un solo pagador, de dos o de siete.”Y supongo que lo que antes te parecía obvio, ya no te parecerá tan obvio, ¿ok?Lo que si es obvio, es que si la empresa te “regala” aportaciones a un plan de pensiones, no las vas a rechazar. A caballo regalado… Pero eso no es un plan de pensiones individual, sino un plan de pensiones colectivo, de empresa.En todo caso, cuándo vayas a rescatarlo, acuérdate de no contar con el 30% del capital acumulado, (aproximadamente), que será para hacienda, por ser un plan de pensiones.Y aunque tu pensión publica fuera baja, al cobrar plan de pensiones tendrás que tributar por la suma.Y no lo digo yo. Lo dice la Ley 26/2014, por la que se modifica la ley 35/2006 28 de noviembre del impuesto sobre la renta de las personas físicas.Por último, ponerme a tu disposición para aclararte cualquier duda sobre los PIAS. Aun estás a tiempo. Y si lo que has leído no es bueno, no será por el producto, sino por algunos mediadores, que no los comercializan con la transparencia que deberían. Eso puede ocurrir en cualquier sector y con cualquier producto.  
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Salvador Duque 08/12/21 01:37
Ha respondido al tema PIAS AXA gestionado por OVB vs PIAS AEGON gestionado por Ahorro&Protección
Bien explicado @uroboros . .Gracias por reforzar el argumento de la jubilación, pero la finalidad del PIAS también la he explicado en el post anterior, donde digo: “Es un producto especialmente indicado para complementar la jubilación, permitiendo la exención total de impuestos por las plusvalías al rescatarlo en forma de Renta Vitalicia. Y a su vez la Renta vitalicia, goza de mayor exención, cuánto más tarde se constituya. (Hasta un 92%)” Adjunto un cuadro en el que se puede entender mejor esta exención TOTAL y cito la fuente, para @fenix323 , que no es otra que el BOE.“BOE» núm. 285, de 29/11/2006. Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.Artículo 7. Rentas exentas.Estarán exentas las siguientes rentas:v) Las rentas que se pongan de manifiesto en el momento de la constitución de rentas vitalicias aseguradas resultantes de los planes individuales de ahorro sistemático a que se refiere la disposición adicional tercera de esta Ley….… Disposición adicional tercera. Planes individuales de ahorro sistemático.Los planes individuales de ahorro sistemático se configuran como contratos celebrados con entidades aseguradoras para constituir con los recursos aportados una renta vitalicia asegurada, ……. h) La renta vitalicia que se perciba tributará de conformidad con lo dispuesto en el número 2.º del artículo 25.3 a) de esta Ley.40 por ciento, cuando el perceptor tenga menos de 40 años.35 por ciento, cuando el perceptor tenga entre 40 y 49 años.28 por ciento, cuando el perceptor tenga entre 50 y 59 años.24 por ciento, cuando el perceptor tenga entre 60 y 65 años.20 por ciento, cuando el perceptor tenga más de 66 y 69 años.8 por ciento, cuando el perceptor tenga más de 70 años.”Queda claro que el capital acumulado en el PIAS (aportaciones más plusvalías) no tributan, quedando el 100% de las plusvalías exentas de impuestos.Es la Renta resultante, la que habrá que declarar, con las exenciones que marca la ley, dependiendo de la edad con la que se constituya la renta.Lo más interesante es constituir la RV a partir de los 66 años.Así, de cada 1000€ solo se declaran 200 que tributan como RCM, al 19%.O sea, 38 de cada 1000€.El siguiente paso y teniendo en cuenta la declaración de la renta de un jubilado, sería solicitar la devolución de la retención de irpf indebida.Total de impuestos a pagar por PIAS, 0€.Respecto a la ventaja fiscal aplicable a los fondos, es la misma que prevé la ley del IRPF para cualquier capital hasta 240.000€. No se tienen en cuenta las plusvalías, si el capital se convierte en Renta Vitalicia. Seguimos
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Salvador Duque 06/12/21 16:03
Ha comentado en el artículo "El dinero, en el banco que es dónde mejor está"
Totalmente de acuerdo, Sergio.Me encanta tu estilo irónico y fresco.El banco es un caso servicio imprescindible del que todos querríamos prescindir, pero el sistema no nos lo permite. Es curioso, porque se ha convertido en un servicio necesario POR IMPOSICIÓN, Que estamos obligados a aceptar, porque el sistema nos exige domiciliar nóminas, recibos de servicios esenciales como luz, agua, gas, teléfono, impuestos, alquileres, seguros, colegios, etc.Pero una cosa es aceptar estas imposiciones, y otra dejarles al cuidado del ahorro y la inversión. Eso es como dejar al lobo al cuidado de los corderos.No olvidemos que el negocio de la banca consiste en guardar nuestro dinero y cobrarnos por ello, y prestárselo a otros.El cliente no percibe rentabilidad por el dinero que deposita, y quien solicita dinero en forma de préstamos, paga un porcentaje al banco.El negocio es redondo, porque el usuario de banca es, proveedor, deudor, prestamistas, garante, avalista, gestor, trabajador no remunerado, e incluso el “pardillo”. ¿No os ha pasado que vais al banco y parece que te están haciendo un favor?¿No habéis ido a buscar productos de inversión y te enseñan un listado para que elijas? Como si fueras a comprar calcetines.No es crítica. El sector bancario es necesario como servicio, pero cada vez lo es menos como lugar donde invertir.Solo una cosa más. Sin quitarle valor a la autogestión, y a la creación de carteras propias, no me queda más remedio que advertir de que los dos últimos años, la volatilidad del mercado ha favorecido altas rentabilidades. Con un poquito de suerte y conocimientos, los resultados de los que nos hablas han sido posibles.Espero que sigas así, pero mantener esos excelentes resultados a lo largo plazo, no es fácil. ¡Ánimo!Para aquellos que no se atrevan a seguir tus pasos, o que simplemente, prefieren asegurar resultados a largo plazo (jubilación), FUERA DEL SECTOR BANCARIO, yo recomiendo IBIP (seguros de inversión empaquetados) y con mediación. Rentabilidades por encima de un 8 % anual mantenidas durante más de 15 años, son fáciles de conseguir con un Unit Linked. Y quedan libres de impuestos si el Unit Linked s un PIAS.Saludos
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Salvador Duque 06/12/21 01:10
Ha respondido al tema PIAS AXA gestionado por OVB vs PIAS AEGON gestionado por Ahorro&Protección
Bien, supongo que en el pasado no diste con el mediador adecuado. Pero estás a tiempo.Cómo tu bien dices, los fondos también tienen alguna ventaja fiscal, pero no alcanzan a las que tienen los PIAS. Los fondos pueden tener exención fiscal, pero solo si ya estás jubilado y ademas, el límite exento, es hasta 240.000€.En el caso del PIAS, la exención fiscal se consigue por el 100% del capital acumulado, SIN LÍMITE. Y a cualquier edad. No hace falta estar jubilado.Respecto a la disponibilidad en caso de imprevistos, en los PIAS, es 100% disponible a partir del 1º año de su contratación. En ese caso tributará exactamente igual que los fondos.Y sobre la rentabilidad, con los datos que yo conozco, ni los fondos de Indexa Capital ni los de Mynvestor, han superando la rentabilidad media del PIAS E5 A&P a en los últimos 15 años. Si tienes otra información, compártela por favor
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Salvador Duque 04/12/21 18:51
Ha respondido al tema PIAS AXA gestionado por OVB vs PIAS AEGON gestionado por Ahorro&Protección
Buenos días.Me temo que; o no os han explicado bien o no las habéis entendido las condiciones de contratación de estos PIAS.Detecto los errores habituales de interpretación de costes y gastos de gestión, y no me extraña en el caso del PIAS de AXA, mediado por OVB. Pero me preocupa que no se entiendan en el caso del PIAS AEGON estrategia cinco, mediado por Ahorro&Protección.Lo entiendo en el primer caso, porque todos los productos comercializados por OVB tienen la misma crítica. Costes altísimos que no se explican al cliente con transparencia.Pero es inexplicable en el caso de segundo, porque en ahorro y protección nos esmeramos al extremo en qué todos los costes queden clarísimamente entendidos por el cliente. De hecho es nuestra forma de aportar valor al sector del ahorro inversión.Incluso ofrecemos talleres de educación y planificación financiera gratuitos para que clientes y personas interesadas, no tengan ninguna duda al respecto.Os recomiendo la asistencia a uno de estos talleres, que seguro os aportarán la luz necesaria en esta materiaAdjunto un link de este mismo foro, en el que podéis las quejas y reclamaciones de clientes de OVB. Hay muchos más y siempre en la misma línea. Información escasa y confusa en los PIAS de Liberty, AXA, FWU, …Opiniones sobre PIAS de AXA (Gestionado por OVB)https://www.rankia.com/foros/fondos-inversion/temas/4112567-opiniones-pias-axa-gestionado-por-ovb?open_dialog=voto_4112567&page=1 En cambio, no encontrareis hilos ni reclamación alguna de clientes de Ahorro&Protección o del PIAS AEGON E5 A&P, porque la información y la transparencia, sobre todo en los costes de gestión y contratación, es nuestro “valor añadido” al sector.Así las cosas, interpretó que en el caso del PIAS E5 A&P,  o no sois clientes o no habéis sido asesorados por un profesional de A&P. Y si no es así, pido disculpas en nombre de Ahorro&Protección y me pongo a vuestra disposición para aclarar dudas. Os informo ahora cómo cliente y cómo consultor de A&P, mediador exclusivo para la contratación del PIAS E5 A&P, e insisto en que para nosotros la transparencia en la información es más importante que el propio producto. Porque si mañana hubiera un PIAS mejor, no nos dedicaríamos a criticarlo, sino que trataríamos de conseguirlo para nuestros clientes. Ya sabréis que los PIAS se pueden traspasar de una a otra aseguradora, sin costes ni penalizaciones.Insisto. El único coste de contratación del PIAS AEGON E5 A&P, es del 70% de la prima mensual del primer año. O sea que para una prima de 60€ mes, el coste de contratación es de 504€, equivalente a 16,8€ año en 30 años.Ese coste es superior en el PIAS de AXA, 19% de la prima de los 4 primeros años. Con la misma prima, sería de 547€, o 18,23€ año, que además limita la capacidad de inversión, porque nadie incrementa la prima hasta el 5° año. Y si lo hace incrementará el coste.A partir del 2º año, el PIAS E5 A&P de AEGON, solo tiene una comisión de gestión del 1% anual, también inferior a la de AXA, y no tiene coste alguno por las aportaciones mensuales, 0. Solo cobra un 2% por las aportaciones extraordinarias.El PIAS de AXA tiene un coste del 3% por cada aportación extra (también más caro) y segun explica @flaviobruns8, tiene un coste del 3% en cada cuota mensual, que a largo plazo es mucho dinero. De cada 60 € solo se invierten 58,2€.Respecto a las rentabilidades, la Estrategia 5 de AEGON acredita un histórico de 15 años superando el 8,20% de media anual (12% en 2021), inalcanzable por el PIAS de AXA, que prácticamente acaba de aparecer en el mercado.Esto último es tremendamente importante en un producto de inversión a largo plazo.Rentabilidades pasadas no garantizan futuras, pero acreditan la capacidad de gestión y de reacción.De AXA sabemos los resultados de los últimos dos años, en los que el mercado de renta variable ha sido tremendamente irregular, y para nada ilustrativo. A la hora de contratar un producto a largo plazo en renta variable, no es posible adivinar el futuro, pero si es conveniente observar el pasado.Y por último respondo a @Fenix233, que no recomienda los PIAS para invertir a tan largo plazo.Supongo que desconoces este producto, porque solo tiene sentido a largo plazo.Es un producto especialmente indicado para  complementar la jubilación, permitiendo la exención total de impuestos por las plusvalías al rescatarlo en forma de Renta Vitalicia. Y a su vez la Renta vitalicia, goza de mayor exención,  cuánto más tarde se constituya. (Hasta un 92%)Hablamos de un producto de ahorro inversión a larguísimo plazo, pensado para rescatarlo a larguísimo plazo.
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Salvador Duque 04/12/21 01:37
Ha respondido al tema OVB - Liberty PIAS
Estaré encantado de ayudarte en la gestión del traspaso de tus PIAS.La normativa que regula la comercialización de este tipo de seguros (IDD), y su tratamiento fiscal (Ley IRPF 35/2006), establecen que la provisión matemática o valor (total o parcial) de uno o varios PIAS, puede ser traspasado a otro PIAS sin costes ni penalizaciones y sin declarar plusvalías, manteniendo así el capital y la antigüedad.La normativa también establece que la aseguradora de origen tiene 72 horas para aceptar y tramitar el traspaso una vez solicitado.Solo es necesario contratar el PIAS de destino, y autorizar a la nueva aseguradora a reclamar el capital total o parcial.Este trámite, debería ser tan sencillo como solicitar la portabilidad de una linea telefónica,, pero lo cierto es que para gestionar seguros de inversión empaquetados (IBIP) como los PIAS/Unit Linked, el trámite es más ágil y eficaz si cuentas con la mediación de expertos.Mi consejo, es sigas estos pasos.1º. La contratación de PIAS/Unit Linked, exige asesoramiento previo, mediación especializada e información transparente.2º. La compañía mediadora, debe acreditar que su PIAS es mejor que los de origen, y debe ofrecerte una comparativa.3º. La compañía mediadora se encargará de gestionar el traspaso de tus pólizas a lapóliza de destino. 4º. Si con el tiempo, apareciera un PIAS mejor, podrás volver a traspasarlo sin compromiso alguno, ni con la aseguradora, ni con la mediadora.Tienes mi contacto en el perfil de Rankia, o en Internet, y en una semana tendrás tus posiciones en el mejor PIAS del mercado. El PIAS E5 A&P.Salva Duque, de Duque&Hontoria. 
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Salvador Duque 23/11/21 15:42
Ha respondido al tema OVB - Liberty PIAS
Bien Cris. Varias aclaraciones.Me alegro que el comercial esté tratando de lavar su imagen, pero recuerda que te sigue ofreciendo sus productos y ya te ha fallado una vez.Me asusta cuando dices "Obviamente no voy a contratar con otra compañía después del desengaño tan grande que me he llevado".¿Eso que quiere decir?¿Que vas a contratar con la misma compañía?, ¿ o que no vas a contratar nada y nunca con ninguna compañía?Ninguno de los dos sería una solución correcta tu problema.La primera me recuerda al síndrome de Estocolmo, que es el que sufren los secuestrados cuando llegan a coger cariño al secuestrador.La segunda me recuerda a la pataleta que cogen los niños cuando se enfadan con los padres y tiran el helado al suelo. Al final no comen helado.Te digo esto último porque el ahorro inversión en España no es una opción, sino una necesidad. Y cuanto antes empieces mejor.Si hay algo bueno que te ha ocurrido con esta experiencia, es que al menos ya sabes que existe una necesidad de planificación de ahorro a largo plazo, y que existe un producto que se llama a PIAS, que es la solución al problema de la jubilación.La parte negativa es que no has tratado con la empresa adecuada, y que no has contratado el PIAS adecuado, pero no tengas duda de que el PIAS es un excelente producto. Ahora debes contratar el mejor, y traspasar las posiciones sin costes ni penalización, pero no te recomiendo el rescate, porque perderás los derechos adquiridos hasta la fecha.Te digo esto porque en España, todo el mundo, sin excepción alguna, necesita un producto (o varios) de ahorro inversión a largo plazo para complementar su jubilación. Por lo tanto algo tendrás que contratar, y lo normal es que lo hagas a través de alguna compañía. La otra opción será que gestiones inversiones por tu cuenta, o que ahorres en una hucha.La primera opción, sin experiencia, es como jugar a lotería. La segunda opción, sin rentabilidad, es como poner agua en un cubo con un agujero. La inflación te garantizarte una pérdida de poder adquisitivo en torno al 3 % anual.Un bien PIAS es la mejor opción de ahorro inversión a largo plazo, para complementar la jubilación. Porque permite flexibilidad en las aportaciones (mensuales, u ocasionales), porque ofrece buena rentabilidad, porque permite variar las estrategias de inversión, más renta fija o más variable y ofrece un excelente trato fiscal, que permite la exención del pago de impuestos por las plusvalías obtenidas.Respecto a la consulta al despacho de abogados, te sugiero que les preguntes cuantos casos han resuelto y cuál es el argumento. Y que te lo acrediten documentalmente. Tanto las sentencias judiciales como los expedientes de consumo, son públicos u no tendrán inconveniente en darte referencias.dudo de la existencia de casos ganados, porque te guste o no, tu contrataste un producto con un coste de contratación que aparece explicado en póliza, y la has firmado. El conflicto a esclarecer es la falta de transparencia en el asesoramiento, y de esaconducta es autor el comercial que no te informó correctamente. El mismo que ahora te entretiene con argumentos que más parecen de un culebrón.La aseguradora no ha incumplido norma alguna, porque las condiciones están en lapóliza que has firmado. El incumplimiento está en el proceso de asesoramiento y venta, que no tiene que ver con la Aseguradora, sino con el mediador.¿De verdad crees que la persona que no te ha asesorado correctamente, y que ha cobrado su comisión del dinero que tus has pagado, te va a presentar a un despacho de abogados para que le reclames su comisión? Este culebrón se va complicando.El dinero que dejas de percibir, no se ha perdido. Es la comisión de apertura que ha cobrado el mediador en la contratación, de la que el comercial se queda un porcentaje.¿Y ahora te va a cobrar otro porcentaje de lo que ya te ha contraído? De verdad qué se me pone la piel de gallina.Cristina insisto. No te cuesta nada (ni un Euro) tratar con un consultor especializado y experimentado. En todo caso habrás dedicado 15 minutos y sabrás más, pero no habrás perdido nada.Saludos
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Salvador Duque 23/11/21 02:43
Ha respondido al tema OVB - Liberty PIAS
Respondo a los tres mensajes anteriores.@cris-1982 , 1. Si el comercial que te vendió el PIAS de Liberty te recomienda otro, es el mismo perro con distinto collar. El problema no está en el PIAS, sino en la empresa que media en su contratación. OVB.2. ¿Que el comercial te recomienda un despacho para que les denuncies a ellos mismos? No lo pillo.Y con eso respondo a @alsague91 . No se que abogado es ese, pero no me huele bien.Y por último @Sara D. Si. Claro que merece traspasar el PIAS. Llevas 10 años pagando un 3% anual por la gestión con una rentabilidad media ridícula, cuándo podrías estar pagando solo el 1% con una rentabilidad por encima del 8% anual. Este año llevamos casi un 17.%.Tenéis mi contacto en mi perfil y me podéis encontrar fácilmente en Internet, con solo poner mi nombre en Google.A disposición  
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Salvador Duque 23/11/21 01:51
Ha comentado en el artículo ¿Siguen siendo atractivos los planes de pensiones?
No me andaré por las ramas. Quien me conoce ya sabe mi opinión sobre los planes de pensiones. A la pregunta, ¿siguen siendo atractivos los planes de pensiones?, respondo con otra pregunta; ¿Cuándo fueron atractivos los planes de pensiones?Nunca fueron una buena opción para complementar la jubilación. Tal vez fueran una opción para reducir el IRPF a las rentas de trabajo más altas, sabiendo que en el momento del rescate devolverían lo deducido y un poco más, pero en esos casos... "Carpe diem".También se me ocurre que un plan de pensiones de empresa podría ser comprensible (no atractivo, pero comprensible), si es la empresa la que hace aportaciones y el beneficiario final no pone ni un Euro. En ese caso, igual que en los planes de pensiones individuales, hacienda se queda un alto porcentaje del ahorro y las plusvalías en concepto de impuestos por el rendimientos del trabajo...., pero "a caballo regalado no le mires el diente."¿Qué es lo que no explican de los planes de pensiones?Pues no explican que desgravan durante el ahorro porque se consideran rendimientos del trabajo negativos, pero graban más de lo desgravado, porque ahorro Y PLUSVALÍAS, se declaran como rendimientos del trabajo positivo, penalizando el tipo impositivo.Es fácil entender que si un plan de pensiones desgrava por x, y tributa por 2x, 3x, o 4x, no hay tal ventaja fiscal.Otra cosa que no explican, o que explican mal, es cuando recomiendan el rescate diferido de un plan de pensiones para pagar menos impuestos. En ese caso la renta se sumará a la pensión de jubilación, y por lo tanto incrementará el IRPF a pagar. Dos pagadores.Y además, una vez agotado el capital del Plan de pensiones, el jubilado se verá viviendo los últimos años de su vida de la pensión pública.Eso, no ocurre con un PIAS. Porque el 100% del capital aportado más las plusvalías, queda exento de impuestos si se rescata cómo Renta Vitalicia. Y digo Renta Vitalicia. O sea, que se empieza a percibir como complemento a la pensión de jubilación, de por vida, aunque vivas 100 años.Por favor, olvidad ya los planes de pensiones, una enfermedad contagiosa que se transmite de cuñados a cuñados, se explica en los bares y ofrecen las entidades a las que poco o nada importa el futuro de las pensiones en España. Y mucho cuidado, porque en diciembre echan las redes.  Si os preocupa la jubilación, empezar a pensar en PIAS Unit Linked. Plan Individual de Ahorro Sistemático, que permite aportar hasta 8000€ anuales, invierte en renta variable obteniendo rentabilidades por encima del 8% anual, que quedan libres de impuestos si el capital acumulado se rescata en forma de renta vitalicia. Así es cómo se consigue una pensión complementaria de por vida, a la pensión de jubilación.Solo agradecer a este gobierno, y no son santos de mi devoción, su decisión de amputar el miembro gangrenado. Seguramente las formas no hayan sido apropiadas y seguro que lo podían haber hecho mejor, pero lo cierto es que ya no caerá mucha gente en las redes de los planes de Pensiones.En los últimos estudios realizados, las aportaciones a planes de pensiones durante el año 2021 han caído un 90 %.¿Y ahora qué? ¿Cómo vamos a complementar la pensión de jubilación, si es una necesidad más que evidente?Mi respuesta es evidente: Deja de ahorrar e Invertir en planes de pensiones, y empieza a ahorrar e invertir en PIAS.
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Salvador Duque 25/08/21 07:03
Ha comentado en el artículo ¿Cómo invertir en bolsa? | Guía para principiantes
Complementando a lo anterior, y haciendo un símil sencillo, si el post se titulará "cómo conducir siendo un principiante", por muy bueno que fuera el contenido (que sin duda lo es) no sería suficiente para sentarse a conducir un vehículo.Al final serian imprescindibles las clases prácticas con un vehículo real, y acompañado de un conductor experto. Y aun así, una vez obtenido el permiso de conducir, le exigiríamos al principiante un año de practicas a velocidad "moderada".Felicito al autor del post, porque la redacción y el contenido es excelente.
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Salvador Duque 25/08/21 00:18
Ha comentado en el artículo ¿Cómo invertir en bolsa? | Guía para principiantes
Me acabo de encontrar esta publicación y observó que no ha tenido mucha repercusión ni participación desde que se creó. Y es curioso, porque el tema es imprescindible. Todo el mundo, independientemente de sus estudios, profesión, o proyectos presentes, debería invertir, al menos para complementar su jubilación.Voy a intentar darle al asunto un poco de sal y pimienta. A ver que tal.Si empezásemos a invertir desde que empezamos a percibir ingresos, bastaría con invertir un pequeño porcentaje mensual.Tal vez lo que asusta es el concepto "bolsa", que produce rechazo a quien carece de Educación Financiera, la asignatura pendiente en España.También creo que el artículo es demasiado extenso y complejo, como para que un "principiante" se vea seguro para empezar a invertir.En mi opinión y en mi experiencia, iniciarse en el mundo de la inversión es algo mucho más sencillo.Existen productos paquetizados, que ofrecen diversificación, diferentes estrategias y niveles de riesgo y permiten al principiante hacer pequeñas aportaciones periódicas (mensuales), y aportaciones ocasionales. Todo ello con el acompañamiento de un consultor especializado en producto de inversión paquetizados (IBIP en inglés).Así el principiante aprende a la vez que invierte, observa los resultados sobre la marcha y entiende los conceptos más importantes.Al paso del tiempo, si esa inversión le parece insuficiente, podrá lanzarse a mercados más arriesgados de forma individual.Pero yo no recomendaría a una persona sin experiencia, que invierta por su cuenta en bolsa por el hecho de haber leído un buen articulo.Mi recomendación para alguien que desee empezar a invertir, sin experiencia, es que asista a nuestro Taller presencial o webinar gratuito sobre Educación y Planificación Financiera.En este taller se explican los motivos por los que todo el mundo debería empezar a invertir cuanto antes, las fórmulas y conceptos fundamentales de la correcta inversión, el perfil de riesgo personal, pasando a la practica con asesoramiento individualizado para la contratación de productos de inversión IBIP ya configurados, que cumplen con los principios aprendidos y que permiten hacer pequeñas aportaciones periódicas y aportaciones extraordinarias ocasionales, siempre con asesoramiento y acompañamiento.Estos productos cuentan con diferentes estrategias de inversión, y el principiante va aprendiendo el funcionamiento de la bolsa, mientras practica y obtiene rendimientos más que aceptables. Por encima de un 8% anual.Tanto para asistir a los talleres como para conocer este tipo de productos, no dudéis en contactarme en privado.En todas las materias, lo errores más graves no los comete la gente que no esta formada, sino los que se creen que están formados, sin estarlo.
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