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PIAS AXA gestionado por OVB vs PIAS AEGON gestionado por Ahorro&Protección

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PIAS AXA gestionado por OVB vs PIAS AEGON gestionado por Ahorro&Protección
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PIAS AXA gestionado por OVB vs PIAS AEGON gestionado por Ahorro&Protección
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#16

Re: PIAS AXA gestionado por OVB vs PIAS AEGON gestionado por Ahorro&Protección

Gracias Uroboros por tu respuesta.
Creo que la reducción del 40% de los PP es sólo para aportaciones anteriores a 1/1/2007. Creo que en el País Vasco y/o Navarra es distinto.
Sin duda, los PP no tienen ningún atractivo si se piensa rescatarlos en forma de pago único.
Los PP sobre todo son interesantes para aquellas personas con rentas muy altas que prevén cobrar mucho menos en la jubilación. De todas formas, la reducción en la aportación anual ha pasado a ser un problema.
También puede ser muy interesante el rescate de un PP por alguien que esté en paro de larga duración y no tenga otros ingresos. Puede llegarle a salir la factura gratis a nivel fiscal. Son situaciones en las que uno no quiere pensar pero en ese caso un PP sería mejor que un PIAS.
En fin, tal y como lo veo yo, cada uno tiene que valorar su situación personal actual y estimar la futura, -quizás definiendo un escenario nominal, otro optimista y un tercer pesimista- y a partir de allí decidir qué le conviene más.
Sigo pensando que la diversidad en la oferta de cada tipo de producto condiciona muchísimo la decisión. La incertidumbre acerca de cómo cambiará la fiscalidad en el futuro, también.
#17

Re: PIAS AXA gestionado por OVB vs PIAS AEGON gestionado por Ahorro&Protección

Hola.
Contraté hace cuatro años un Maxiplan PIAS que dá un interés garantizado casi cero.
He de reconocer que no me informé bien a lo que no ayudó mi desconocimiento de los productos financieros,....
Ahora veo que está pensado como un plan de ahorro a largo plazo para constituir una renta vitalicia que complemente la pensión y como lo contraté con 53 años, pues claro, la renta vitalicia que pueda llegar a constituir será muy pequeña.
He visto que hay PIAS como el de AEGON que sabiendo que no son garantizados por lo menos podría sacar (o no) algún rendimiento. Al leer que hay que pagar el 70% del total de primas aportadas durante el primer año, pues claro, ya es un dinero que a largo plazo puede dar igual, pero pensando que me quedan unos nueve años para jubilarme costaría más amortizarlos.
¿Qué opinas, merecería la pena traspasarlo?

#18

Re: PIAS AXA gestionado por OVB vs PIAS AEGON gestionado por Ahorro&Protección

Sigo sin entender cómo tributan los PIAS al rescatarlos como Renta vitalicia. Comentáis que 
 el capital acumulado en el PIAS (aportaciones más plusvalías) no tributan, quedando el 100% de las plusvalías exentas de impuestos.
Es la Renta resultante, la que habrá que declarar 
¿Pero la Renta resultante acaso no es la suma de las aportaciones más las plusvalías?

Por otro lado, aunque en el mejor de los casos (70 años) haya que tributar por un 8%, indicaís:
 El siguiente paso y teniendo en cuenta la declaración de la renta de un jubilado, sería solicitar la devolución de la retención de irpf indebida.
Total de impuestos a pagar por PIAS, 0€. 
No soy jubilado, ni experto en fiscalidad. Pero no creo que esto sea así de simple en todos los casos para cualquier jubilado.

Y desde luego, que el punto débil que le veo a estas ventajas fiscales, es que no hay seguridad de que estas reglas fiscales cambien en un futuro (y seguro que si cambian es a peor) y haya que pagar más.

Lo que se me da un poco mejor que la fiscalidad, son las matemáticas. Y dicen que con las rentabilidades de los productos comentados, resultaría más beneficioso gestionar una cartera de fondos de inversión.
#19

Re: PIAS AXA gestionado por OVB vs PIAS AEGON gestionado por Ahorro&Protección

¿Pero la Renta resultante acaso no es la suma de las aportaciones más las plusvalías?
Exactamente. Eso fue una de las cosas que pregunté en mi comentario #12.
Redefinimos las cosas y nada por aquí nada por allí... :-O
#20

Re: PIAS AXA gestionado por OVB vs PIAS AEGON gestionado por Ahorro&Protección

Sin duda, merece la pena que traspases tus posiciones al PIAS Estrategia 5 de Aegon.
No sé qué edad tienes ahora, pero a partir de los 50 años el coste de contratación es inferior, a razón de un 3,50% menos por año. Con 53 años el coste sería menos del 60% y con 55, el coste es del 52,50%.
Además, por poco que hayas aportado al otro PIAS, ya no partes de cero, y por el capital traspasado no tienes ningún coste.
Así, si contratas una cuota de 100 € mensuales, el coste será de unos 600€.
Este PIAS lleva acumulada una rentabilidad en 2021, del 11,40%.
Imagínate que hubieras contratado la cuota de 100 € mensual, y que tengas 6000 € acumulados en tu PIAS.

Partirías con 6600 €, y solo la rentabilidad de este año te habría dado 666 € de beneficio, con lo que habrías amortizado el coste de contratación .

Sin duda, te merece la pena hacer ese traspaso y disfrutar del interés compuesto. Y sus quieres un consejo,  yo mantendría al menos hasta los 70 años.
Así disfrutas del interés compuesto durante mas de 15 años. Rescatas libre de impuestos, y  la renta resultante solo tributará 1,5€ de cada 100€.



#21

Re: PIAS AXA gestionado por OVB vs PIAS AEGON gestionado por Ahorro&Protección

Y respondo a las dos últimas intervenciones, de Fenix323 y Pvila314.

No amigos, la “renta resultante” no es la suma de aportaciones más plusvalías. Eso es el capital acumulado, valor de la inversión, y en el caso de un PIAS (que es un seguro de inversión) seria el valor de póliza o provisión matemática.

Disculpad si bajo “a ras de suelo” para explicar el concepto “renta resultante” con términos sencillos.

En el caso del que estábamos hablando, la “renta resultante”, es el “sueldo resultante”, o una cantidad fija mensual, trimestral, anual. etc…, que se percibe al rescatar el capital acumulado en un plan de ahorro o inversión, de forma diferida. Cómo un sueldo, pero sin trabajar.
O sea, el “Sueldazo de la ONCE”, “El sueldo NESCAFÉ” o ll que coloquialmente se denomina “vivir de las rentas”.

Un renta puede ser renta temporal, o renta vitalicia garantizada.
Las rentas temporales se pueden contratar o acordar con una entidad bancaria, gestora, aseguradora o incluso con un particular, mediante contrato privado y se consigue depositando una cantidad en una entidad, que custodia el capital y te lo devuelve en forma de renta durante el tiempo acordado. Transcurrido ese tiempo, se habría consumido el capital y la renta se extingue.

Pero las Rentas Vitalicias Garantizadas son mucho más interesantes, especialmente para complementar la jubilación, o para “vivir de las rentas”. Las Rentas Vitalicias Garantizadas, solo se pueden contratar con las aseguradoras, porque son las que ASEGURAN el capital y te garantizan una renta de por vida. Una RVG, es un tipo de seguro de vida, pero que trabaja al revés que in vida riesgo. En un seguro vida riesgo, la aseguradora a cambio de una cuota mensual te garantiza un capital en caso de fallecimiento. En una Renta Vitalicia, la aseguradora te garantiza una renta mensual, a cambio de un capital.
El asegurado deposita un capital y la aseguradora te va pagando la renta mensual acordada (o trimestral, semestral, anual) durante toda la vida. Así, el seguro premia a quien sobrevive a la esperanza de vida media, que en España son 84 años. El asegurado que sobreviva esa edad, seguirá cobrando su renta hasta los 200 años, si los viviera.

Una renta temporal suele ser un poco superior, pero dura 5, 10,15 años. Pero una Renta Vitalicia Garantizada, te asegura una jubilación tranquila. 

En cambio, si contratas una renta vitalicia con 64 años, se acuerda con la aseguradora la cuota mensual a percibir hasta los 84 años. Si el asegurado vive menos, el capital no consumido queda para los beneficiarios o herederos. Si los supera y vive 150 años, seguirá cobrando. Ese es el compromiso que asume la aseguradora. 

Así es como se consigue que las plusvalías del PIAS queden libres de impuestos. Convirtiendo la inversión en una RVG que complemente la pensión de jubilación, cosa que jamás podrás hacer con un plan de pensiones.

Si el capital acumulado procede de un PIAS, el 100 % se convierte en RVG sin pagar impuestos. Y la “renta resultante”, también tendrá exención fiscal.
Por ejemplo, con 120.000€ de capital acumulado en PIAS, si contratas una renta vitalicia a los 64 años, resultará una renta de unos 1000 € al mes. El 80% de los 1000€ no se declaran, y de los 200€ que se declaran, solo tributan al 19%. En resumen, de cada 1000€ de PIAS, hacienda solo retiene un 3,8% o 38 €. Y además esa renta no se suma a los rendimientos del trabajo y no penaliza la pensión de jubilación. 

En cambio, los planes de pensiones solo se pueden percibir una vez jubilado, y en forma de renta temporal, (a 10, 15 o X años), para diluir el hachazo fiscal de hacienda, porque los planes de pensiones tributan como rendimientos del trabajo. 
Para percibir un plan de pensiones en forma de renta vitalicia, lo primero que habría que hacer es declarar la totalidad del capital acumulado, para que deje de ser rendimientos del trabajo y se convierta en rendimientos del ahorro.
Siguiendo el ejemplo anterior, si el capital acumulado fueran 120.000 €, serían rendimientos del trabajo y pagarían a hacienda en torno al 35%.
Evidentemente no compensa, y como mal menor, la gente los rescata como renta temporal. Así, con el mismo ejemplo de antes, una renta mensual de 1000 € procedentes de plan de pensiones, se suman a la pensión de jubilación, que si son otros 1000€ sumarán 2000€, o 24.000€ anuales, que penalizarán notablemente el IRPF. En este caso, a 24.000 € habrá que deducirle un 22% de IRPF, aprox. que suponen unos 5000€. O sea la renta del plan de pensiones de 12.000 €, se queda en 7000 €.
Y lo que es peor, a los 10, 20 o x años, la renta del plan de pensiones se agota y si vives más solo queda la pensión de jubilación.

Espero que haya quedado claro, pero es complicado explicar todas las características de un producto que para su contratación requiere dos o tres horas de consultoría personalizada, varios días de trámites, seguimiento y acompañamiento de por vida. 
Así, si cambia la normativa te enteras de inmediato y puedes reaccionar.
Por eso no se pueden contratar estos productos directamente en la aseguradora ni en ningún banco. 
Es necesaria la mediación especializada.
A vuestra disposición

#22

Re: PIAS AXA gestionado por OVB vs PIAS AEGON gestionado por Ahorro&Protección

Así es como se consigue que las plusvalías del PIAS queden libres de impuestos. Convirtiendo la inversión en una RVG que complemente la pensión de jubilación, cosa que jamás podrás hacer con un plan de pensiones.

Es decir, las plusvalías no pagan impuestos de por sí pero sí que se paga por cada mes que se reciba de renta vitalicia ¿no?.

Si el capital acumulado procede de un PIAS, el 100 % se convierte en RVG sin pagar impuestos. Y la “renta resultante”, también tendrá exención fiscal.
Por ejemplo, con 120.000€ de capital acumulado en PIAS, si contratas una renta vitalicia a los 64 años, resultará una renta de unos 1000 € al mes. El 80% de los 1000€ no se declaran, y de los 200€ que se declaran, solo tributan al 19%. En resumen, de cada 1000€ de PIAS, hacienda solo retiene un 3,8% o 38 €. Y además esa renta no se suma a los rendimientos del trabajo y no penaliza la pensión de jubilación. 

Es decir: no está extento de impuestos, se tributa como rendimiento de capital mobiliario sobre 20% de todo el capital (tanto lo aportado como las plusvalías).

Evidentemente no compensa, y como mal menor, la gente los rescata como renta temporal. Así, con el mismo ejemplo de antes, una renta mensual de 1000 € procedentes de plan de pensiones, se suman a la pensión de jubilación, que si son otros 1000€ sumarán 2000€, o 24.000€ anuales, que penalizarán notablemente el IRPF. En este caso, a 24.000 € habrá que deducirle un 22% de IRPF, aprox. que suponen unos 5000€. O sea la renta del plan de pensiones de 12.000 €, se queda en 7000 €.

Aquí creo que estás cruzando números y has restado al plan de pensiones el IRPF que cobra por todo.
Si tributa a un 22% tendrá que pagar de IRPF:
- de su pensión: 12000 * 22% = 2640 euros
- de su plan de pensiones: 12000 * 22% = 2640 euros

Así que el plan de pensiones no se queda en 7000 sino en 9800 más bien.
Y además hay que tener en cuenta que Hacienda le habría devuelto una cantidad similar en forma de reducción de IRPF conforme lo fue aportando, por lo que no lo veo tan mal negocio.
#23

Re: PIAS AXA gestionado por OVB vs PIAS AEGON gestionado por Ahorro&Protección

Vaya....  tal vez no me expresé tan bien como yo creía. O me has interpretado mal, que también puede ser. 
Voy a complementar la información y si no se entiende, estoy disponible en duqueyhontoria punto es.

Cuando dices:
" Es decir, las plusvalías no pagan impuestos de por sí pero sí que se paga por cada mes que se reciba de renta vitalicia ¿no?."

Los PIAS rescatados en forma de Renta Vitalicia NO PAGAN IMPUESTOS, al amparo el Art 7 v) de la Ley del IRPF.
Por la Renta Vitalicia, (que es otro seguro de inversión) se paga un pequeño porcentaje de impuestos, que varía dependiendo de la edad con la que se empiece a percibir.

Conviene aclarar que los PIAS y las RVG son dos productos diferentes. Ambos son productos de inversión basados en seguros (IBIP), como también lo son los Unit Linked, los SIALP, etc... 
Además, hay varios tipos de rentas. Rentas Temporales, Constante o creciente, con reversión de renta, en favor del cónyuge, hijos, etc... pero las Rentas Vitalicias Garantizadas permiten la exención fiscal de la mayor parte de la renta.

Una Renta Vitalicia Garantizada NO ES una forma de rescatar un capital. Una RVG es un seguro de inversión en el que el asegurado, ingresa una cantidad que la aseguradora le va a devolver en forma de renta durante el resto de su vida. Dicha RVG puede contratarse con el importe procedente de cualquier ahorro o inversión, (activo, deposito, cuenta bancaria, fondo de inversión, plan de pensiones, bajo el colchón o en una hucha).
La principal ventaja de una RVG, es que el importe ingresado, se divide entre la edad del asegurado y la esperanza de vida media, que en España son 83 años. Si se contrata una RVG con 65, el importe se divide entre 18 años y entre 12 mensualidades y tenemos (aprox) la renta mensual resultante. Si el cliente sobrevive a la esperanza de vida media, seguirá cobrando la renta de por vida (renta vitalicia) y si vive menos de la edad prevista, el capital sobrante lo percibirán los beneficiarios en concepto de seguro de vida.

Si se contrata una RVG, con el capital procedente de un PIAS, el total pasa integro a la RVG sin pasar por Hacienda.
Si el capital procediera de de cualquier otra inversión, primero pasa por Hacienda y con lo que quede después de gastos, se contrata la RVG.

Otras inversiones (además del PIAS), pueden quedar libres del pago de impuestos contratando una RVG, pero solo los primeros 240.000€, y solo para perdonas que ya estén  que jubiladas y no perciban ingresos por actividad empresarial.
Con un PIAS no existen esos limites, la inversión queda exenta de declarar en su totalidad y se puede hacer sin estar jubilado.

Otra aclaración. Tu dices:
"Es decir: no está extento de impuestos, se tributa como rendimiento de capital mobiliario sobre 20% de todo el capital (tanto lo aportado como las plusvalías)."
Gran error. Dices que se declara por todo el capital. ¡Para nada!  
Si se contrata la RVG con el capital acumulado en PIAS, el 100% NO TRIBUTA. Lo establece claramente la Ley del IRPF (LIRPF) en el apartado , Art 7 v) Rentas Exentas, que dice textual; "Las rentas que se pongan de manifiesto en el momento de la constitución de rentas vitalicias aseguradas resultantes de los planes individuales de ahorro sistemático a que se refiere la disposición adicional tercera de esta Ley"
Respecto a su forma de exención, ver la Disposición Adicional 3ª de la LIRPF, y el apartado h) de que dice textual; "h) La renta vitalicia que se perciba tributará de conformidad con lo dispuesto en el número 2.º del artículo 25.3 a) de esta Ley."
Respecto a la exención de las Rentas Vitalicias el número 2.º del artículo 25.3 a) de la misma Ley, dice textual; "2.º) En el caso de rentas vitalicias inmediatas, que no hayan sido adquiridas por herencia, legado o cualquier otro título sucesorio, se considerará rendimiento de capital mobiliario el resultado de aplicar a cada anualidad los porcentajes siguientes:
40 %, cuando el perceptor tenga menos de 40 años.
35 %, cuando el perceptor tenga entre 40 y 49 años.
28 % cuando el perceptor tenga entre 50 y 59 años.
24 % cuando el perceptor tenga entre 60 y 65 años.
20 %, cuando el perceptor tenga entre 66 y 69 años.
8 %, cuando el perceptor tenga más de 70 años."

Entonces, no confundamos la tributación de las RVG, con la del PIAS, pero sobre todo, no confundamos declarar con tributar.  
La LIRP, dice que
solo se DECLARA como rendimiento del capital mobiliario los siguientes porcentajes de las Rentas Vitalicias;
Con menos de 40 años solo se declara el 40% de la renta. Exento el 60%
Entre 40 y 49 años, solo se declara el 35% de la renta. Exento el 65%
Entre 50 y 59 años, solo se declara el 28% de la renta.  Exento el 72%
Entre 60 y 65 años, solo se declara el 24% de la renta. Exento el 76%
Entre 66 y 69 años, solo se declara el 20% de la renta.  Exento el 80%
Si tienes más de 70 años, solo se declara el 8% de la renta. Exento el 92%

O sea que y para una renta de 1000€, con 66 años, solo se DECLARAN 200€, de los que se TRIBUTA un 19%, que son 38€. Así, el impuesto a pagar por una RVG de 1000€ es del 19%, del 20%. O sea un 3,8%y  no un 20%.
Si se contrata con 50 años, el impuesto a pagar será de un 5,3%.
Si se contrata con 70 años, el impuesto a pagar será de un 1,52%.

RESUMIENDO; Sí has invertido en un PIAS durante 30 años y has aportado 150.000€, con una rentabilidad de un 8% anual, es muy probable que superes los 450.000€, de los que no vas a pagar a Hacienda ni 1€, si lo conviertes en una RVG. 
A la renta resultante, se le retendrá entre un 3,8% y un 4,6% de impuestos, y da igual de dónde proceda el capital.
La ventaja del PIAS está en la exención del 100% de aportaciones y plusvalías, independientemente de la RVG, que tiene otra exención.
También es importante saber que si el capital acumulado fuera en Plan de Pensiones, para convertirlo en Renta Vitalicia, primer tendría que tributar como rendimiento del trabajo (entre un 19% y un 45% DEL CAPITAL ACUMULADO). Una locura.
Si el capital procediera de cualquier otro producto de inversión, pagarías entre un 19% y un 23% de las plusvalías, en concepto de rendimientos del capital mobiliario.

Otra aclaración, cuando dices;
"Aquí creo que estás cruzando números y has restado al plan de pensiones el IRPF que cobra por todo.
Si tributa a un 22% tendrá que pagar de IRPF:
- de su pensión: 12000 * 22% = 2640 euros
- de su plan de pensiones: 12000 * 22% = 2640 euros
Efectivamente, me expresé mal.
Quise decir es que una pensión pública de 12.000€, no tendría retención, por estar por debajo de la renta mínima a declarar. Pero al sumar la renta de un plan de pensiones, por pequeña que sea, hacienda entiende que hay dos pagadores y obliga a declarar la suma de ambas rentas, en concepto de Rendimientos del trabajo, entre un 19% y un 45%.
En este caso, sería un 22% de la suma, pero con mayores importes, se puede llegar a un 45%.

Y dices;
Así que el plan de pensiones no se queda en 7000 sino en 9800 más bien.
Y además hay que tener en cuenta que Hacienda le habría devuelto una cantidad similar en forma de reducción de IRPF conforme lo fue aportando, por lo que no lo veo tan mal negocio.
Aclaro.
Pensión pública y Plan de pensiones, quedarían NETOS en 19.600€.
En la misma situación, con una pensión pública de 1000€ mes y una RVG de 1000€ mes de un PIAS, la pensión pública no tributaría, el PIAS tampoco y la RVG, solo tributa un 3,8%.

O sea que con un Plan de pensiones, los impuestos a pagar son 5380€, y con la RVG de un PIAS, 456€.

Respecto a la supuesta deducción fiscal del los Planes de Pensiones, recuerda que desde enero de 2022 ya solo se pueden aportar 1500€ al año, por lo que la deducción será mínima, y muy inferior a los impuestos a pagar en el momento del rescate.
Al margen de que con esas cifras, va a ser muy dificil conseguir una renta de 1000€ al año con un plan de pensiones.

Para saber más, soy facilmente localizable en google.

#24

Re: PIAS AXA gestionado por OVB vs PIAS AEGON gestionado por Ahorro&Protección

Bueno, yo he puesto "Salvador Duque" y lo que me sale es que ha quitado la pagina, no se quien eres pero a lo mejor deberías pensártelo mejor antes de ir por ahí dispersando infundios sobre compañías de contrastado prestigio sólo porque a ti no te gusten, bajo el paraguas de "entendido en la materia".
#25

Re: PIAS AXA gestionado por OVB vs PIAS AEGON gestionado por Ahorro&Protección

Disculpa @mb2020, pero lo que dices no es correcto.
No habrás buscado bien porque mi pagina está totalmente activa.

Lo que si he cerrado esta cerrado es mi perfil personal de Rankia, pero puedes localizarme en este perfil profesional, donde tienes mi identidad, mi web, actividad profesional, formación, cualificación y larga experiencia en el sector del seguro ahorro/inversión.

Siento que digas;,  "vas por ahí dispersando infundios sobre compañías de contrastado prestigio solo porque a ti no te gusten, bajo el paraguas de entendido en la materia".

En mi opinión, lo que hago es dar respuesta concreta a una consulta concreta, (comparativa 2 PIAS), sin evaluar a la empresa de "contrastado prestigio" que tú defiendes sino las características de los productos analizados (PIAS AXA vs PIAS AEGON) en un foro especializado (Rankia), siendo experto en la materia (Salva Duque D&H).

Y la información que doy es fundada, argumentada, acreditada y sin que nadie hasta la fecha la haya replicado. 

Te agradecería que des replica a lo que consideres erróneo, aunque veo que has creado tu perfil con seudónimo, sin datos personales y sin actividad profesional ya hasta ahora solo has participado para defender a la empresa de "contrastado prestigio" con más quejas y reclamaciones del sector seguro ahorro/inversión en los últimos años. 

A buen entendedor....,
 

 

 



#26

Re: PIAS AXA gestionado por OVB vs PIAS AEGON gestionado por Ahorro&Protección

Buenas tardes

El que te dediques al sector inversor no te hace experto en planifiacación. En cualquier caso, dice poco de la profesionalidad de alguien el que para defender su opinión tenga que denostar a otros.

Decir que OVB Allfinanz Holding multinacional que opera en Europa desde hace mas de 50 años tiene muchas quejas y no decir que tiene millones de clientes satisfechos, un crecimiento exponencial en los últimos años (a pesar del Covid) y numerosos reconocimientos, me parece caer en las mas absoluta simpleza.
Cualquier gran empresa tiene aciertos y fallos, repasa las que puede tener BBVA, Telefónica o El Corte Ingles.... 

Lo que haces con tus comentarios capciosos y sibilinos es echar basura sobre otros, y eso a mis ojos, te desacredita bastante. Eso es todo.
#27

Re: PIAS AXA gestionado por OVB vs PIAS AEGON gestionado por Ahorro&Protección

¿Qué son los PIAS?
#28

Re: PIAS AXA gestionado por OVB vs PIAS AEGON gestionado por Ahorro&Protección

PIAS.- Plan Individual de Ahorro Sistemático 

Son productos de ahorro basados en el chasis de un unit linked, que entraron en vigor a partir de 2007.
Fueron diseñados para servir como otra opción para la jubilación junto con PPA's o PPI's.
Entre sus características se encuentran que puedes tener tantos PIAS como desees, siempre y cuando la suma anual total aportada entre todos ellos no supere los 8.000€ anuales ni los 240.000€ a lo largo de toda la vida de los productos.
Tomador, Asegurado, Pagador y Beneficiario en caso de supervivencia tienen que ser la misma persona.
Como otros han explicado antes, los PIAS sirven como opción para jubilación. 
En el momento del rescate, puedes optar por hacer un rescate total, en cuyo caso tributarías por los tramos correspondientes del IRPF de Rendimientos del capital mobiliario, pero solo por las plusvalías generadas (nunca por el capital aportado, ni tampoco en caso de tener perdidas).
También puedes optar por crear una renta vitalicia con el dinero conseguido, en cuyo caso no tendría que tributar ni por el capital aportado ni por las plusvalías generadas, pero si tocaría tributar posteriormente en la renta vitalicia por los tramos correspondientes, dependiendo de la edad en la que hayas creado dicha renta vitalicia (a más edad, menor tributación).

Si me he equivocado en algo o falta algo por explicar, ya sabéis lo que hacer.

#29

Re: PIAS AXA gestionado por OVB vs PIAS AEGON gestionado por Ahorro&Protección

Excelente resumen @uroboros. Gracias.

Por detallar un poquito más y para responder a @lazut, PIAS es el acrónimo de Plan Individual de Ahorro Sistemático, un tipo de SEGURO Vida/Ahorro que puede encontrarse en estrategias garantizadas o "hucha" o en estrategias Unit Linked y entonces estaremos hablando de un Seguro Vida/Ahorro/Inversión.

Al tratarse de seguros, como no puede ser de otra manera, están gestionados por aseguradoras. Otra cosa es el canal de contratación, que puede ser directo (aseguradoras o Agencias Vinculadas) o indirecto y a través de terceros (bancos, asesores financieros, corredurías, etc...)

Es importante diferenciar este producto de los planes de pensiones, porque si bien es cierto que ambos nacen con el mismo propósito, (conseguir una renta complementaria a la pensión pública de jubilación y resolver el problema de las pensiones) el PIAS lo consigue fácilmente  y los PP difícilmente lo consiguen.

Ampliando lo ya introducido por Uroboros, los PIAS cuentan con la mejor ventaja fiscal de entre todos los productos de ahorro/inversión del mercado, permitiendo que la TOTALIDAD de sus plusvalías queden EXENTAS DE IMPUESTOS al convertir el capital acumulado en una Renta Vitalicia Garantizada. Y para conseguir esa ventaja no es necesario esperar a la edad de jubilación que se le antoje al gobierno de turno, porque los PIAS se pueden rescatar libres de impuestos en cualquier momento a partir del 5º año de contratación del primer PIAS.

Hablamos del producto ideal para la jubilación, porque un buen PIAS consigue  excelentes rentabilidades que superan el 8% anual, premiando el esfuerzo ahorrador durante la etapa laboral activa y durante la pasiva, premiando el esfuerzo inversor en el momento del rescate, sin esperar a la edad de la jubilación y quedando el capital acumulado TOTALMENTE exento de impuestos. Eso es lo que todos necesitamos para la jubilación, una renta que nos permitirá vivir sin trabajar y que dure toda la vida.

Este propósito, difícilmente lo consigue un Plan de Pensiones, porque su rentabilidad suele ser escasa, pero sobre todo porque su "supuesta ventaja fiscal" no es REAL. Un Plan de Pensiones premia al ahorrador durante la etapa activa permitiéndole deducir 1500€ anuales de los rendimientos del trabajo, pero penaliza al ahorrador cuando más falta le hace, que es en la etapa pasiva y en el momento del rescate, obligándole a declarar por lo aportado y por las plusvalías como rendimientos del trabajo, devolviendo con intereses los impuestos deducidos y penalizando los rendimientos del trabajo. Por eso no sirven a su propósito.

Los PIAS se pueden encontrar en algunas agencias vinculadas a aseguradoras, siendo este el camal más recomendable, y también se pueden contratar directamente en aseguradoras, corredurías, bancos, a través de asesores financieros y si rascas, seguro que en algún supermercado que venda seguros, como "Carrefour", "El Corte Ingles"..., incluso puedes contratar un PIAS online o telefónicamente. Pero no nos equivoquemos. En esos canales no encontraremos PIAS Unit Linked, sino PIAS "hucha" o garantizados que no generan rendimientos, por lo que no tendrán ventaja fiscal y no servirán a su propósito. 

Un PIAS Unit Linked, al ser un producto de ahorro a largo plazo, no debe ser una "hucha" que devalúe el valor del ahorro, sino un Producto de Inversión Basado en Seguros de los denominados PRIIP/IBIP, y ese tipo de productos solo puede contratarse en canales que cumplan la estricta normativa que regula su comercialización, como son la Directiva 2016/97 del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de enero de 2016 (IDD) y el Real Decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero que transpone la IDD a la legislación española. 

Estas normas establecen (entre otras cosas), que la comercialización de PRIIP,s/IBIP,s requiere claridad en la información, asesoramiento especializado, mediación en la contratación y acompañamiento al cliente de por vida, y esta tarea debe realizarla debidamente formado y cualificado, como asesores financieros, o Asesores en seguros con Nivel 2, que lógicamente, perciben honorarios por su actividad profesional.

Al amparo de la citada normativa, las aseguradoras, bancos, corredurías, asesores financieros, supermercados, etc... pueden obtener ingresos por su labor de asesoramiento en la recomendación de seguros Unit Linked y para ello deben explicar y entregar un documento informativo sobre su minuta. Osea, hacer una factura aparte por sus honorarios, totalmente justificados, pero cuya práctica no es muy habitual en España.

En cambio, las agencias vinculadas a las aseguradoras no cargan costes a estos productos, y pueden percibir sus honorarios en concepto de comisión, comprometiéndose a prestar ese servicio de asesoramiento previo y de acompañamiento durante la vida del producto.

La realidad es que las aseguradoras que gestionan buenos PIAS Unit Linked, han preferido delegar la labor de comercialización en agencias vinculadas especializadas en este tipo de productos, que ya cuentan con personal formado y cualificado, percibiendo sus honorarios en concepto de comisión, que se detrae del costes de contratación y de las comisiones anuales de gestión que la aseguradora cobra al cliente, consiguiendo dar al cliente un servicio previo y posterior a la contratación, pero externalizado.

Este es el caso de los 2 PIAS analizadas en este articulo, gestionados por excelentes aseguradoras y mediados para su contratación por respectivas Agencias Vinculadas.

Como habréis observado, yo defiendo el PIAS E5 A&P gestionado por AEGON y distribuido en exclusiva por Ahorro&Protección, la compañía que represento. Doy fe de su gestión y resultados como cliente y como profesional y puedo acreditar que las rentabilidades de la Estrategia 5 superan el 8 % anual desde hace mas de 15 años. También puedo responder de la intachable trayectoria de A&P en la actividad de asesoramiento, venta, acompañamiento y transparencia en la información. Y eso se puede comprobar en los registros de la DGSFP, donde no consta ni una reclamación.
 
Respecto al otro producto analizado y aunque a algunos no les agrade, la realidad dice lo que dice, y corregidme si me equivoco. El PIAS gestionado por AXA y comercializado por OVB solo tiene 4 o 5 años y por lo tanto no puede acreditar una gestión tan solvente como la de Aegon.
Respecto a la agencia mediadora, poco más que decir. Nadie duda de su solvencia como empresa, pero solo hay que buscar en Rankia para encontrar multitud de artículos en los que queda de manifiesto que ofrecen información confusa y escasa transparencia respecto a costes de contratación de los productos que hasta la fecha han comercializado, como los PIAS de Liberty y de FWU, cuyos costes tardan mas de 12 años en amortizarse.

Mi propuesta para poder empezar a comparar estos dos productos es muy sencilla. OVB solo tiene que hacer lo que hacemos en A&P.

En A&P, los proyectos que presentamos al cliente, ademas del KID (Documento de Datos Fundamentales) que exige la normativa, cuentan con una simulación del rendimiento esperado a largo plazo, con las diferentes estrategias y escenarios posibles basados en el histórico de rentabilidades de los últimos 15 años y dejando claro rentabilidades pasadas no garantizan futuras.
Hasta ahí, todo parece igual, pero el detalle que nos diferencia, es que en los proyectos del PIAS E5 A&P, se puede leer claramente el coste total de contratación en €uros, plenamente justificado porque incluye el asesoramiento previo a la contratación y garantiza el acompañamiento durante toda la duración de la inversión. Dicho coste se deduce de la inversión del primer año, y se explica con total claridad.
En el proyecto queda claro y por escrito que a partir del primer año, no se aplica coste alguno a las aportaciones periódicas mensuales, pero se cobra un 2% por las aportaciones extraordinarias que el cliente decida hacer para aprovechan las oportunidades del mercado.
Por último, queda meridianamente claro que este producto tiene un coste de gestión anual del 1% del capital acumulado, justificado por la excelente gestión activa de la aseguradora. Y no hay más.

Así, cualquier cliente puede entender que el producto tiene un coste de contratación inicial, un coste por las aportaciones provechosas y una comisión por la gestión activa, y que si por ejemplo, contrata una cuota mensual de 100€ y hace una aportación extra de 6800€ (total 8000), con solo conseguir la rentabilidad media anual, amortiza costes en el 2º año. Eso es transparencia.

A partir de esas premisas, podremos comparar cuando el PIAS de AXA (o cualquier otro gestionado por OVB) cuando sus proyectos muestren la misma información, claramente expresada en €.

A vuestra disposición

#30

Re: PIAS AXA gestionado por OVB vs PIAS AEGON gestionado por Ahorro&Protección

Pues como ves por los mensajes, un producto muy complejo. Porque tras varias páginas de explicaciones, hay muchos detalles que no acaban de quedar claro, ya no sobre el producto sino sobre su fiscalidad, que además no está asegurada en el futuro.
Mucho mejor si miras fondos de inversión que son mucho más sencillos, más flexibles y más rentables.
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