Lamentablemente, es como te indica leopol72. Y depositándolo y con esas cantidades, ni hablar de que te lo requerirán.
Más info en este post de Rankia, para que hagas cálculos de lo te toca pagar, plazos, etc. http://www.rankia.com/blog/asesor-fiscal/1767926-que-impuesto-debo-pagar-por-recibir-donacion
Suerte, saludos.
Coincido con leopol72, yo si es posible, me acercaría personalmente a tu delegación de la AEAT. La cantidad de veces que he ido porque por teléfono me habían dicho cualquier cosa e incluso personalmente, se tienen que preguntar entre ellos porque no tienen ni idea o cada uno te dice algo distinto...
Hola Elena, perdona, me podrías aclarar tu primer párrafo? No lo entendí... En este caso, el cónyuge del causante podría reclamar los bienes del país en el que NO figuraban como casados?
Gracias, Juan. La idea es tener todo en orden para poder justificarlas, aunque nunca se sabe cómo actuará la administración...
Lo preguntaba más que nada por el estado civil. ¿Hay algún problema en que después de heredar haga la declaración como soltera como le están llegando los borradores hasta ahora? ¿Qué problemas podría tener? Con la AEAT o con su ex pareja si se entera?
Hola C.gamo, esta es la web donde lo solicitas https://www.sede.fnmt.gob.es/certificados/persona-fisica
Te dará un código de solicitud, vas a tu sede de AEAT y confirmas tu identidad, te dirán que esperes 24 horas para que puedas descargarte el certificado.
De todos modos, te recomiendo este manual paso a paso que ponen a disposición ya que hay cosas como la instalación en el navegador, etc. que parecen complicadas pero no lo son tanto. http://www.cert.fnmt.es/
Cualquier otra duda, preguntas. Suerte y saludos.