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Participaciones del usuario carlos1967s

carlos1967s 03/02/12 19:09
Ha respondido al tema Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
PPR C.MADRID FIN-II VBLE 12/9999 ES0115373021 5.000,00 51,5000 Importe compra: cuanto dinero está esperando a entrar en el valor Precio compra: cuanto ofrece el comprador Precio venta: cuanto pide el vendedor Importe venta: cuando hay para venderse al precio indicado a la izda Ult.Precio negociado: ultimo precio al que se pusieron de acurdo comprador y vendedor Importe Nominal: la cantidad de la última compra-venta asi es como estan las preferentes de caja madrid, al 51% una pregunta, cuantos hijos de puta que trabajan en la antigua madrid compraron preferentes?
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carlos1967s 03/02/12 12:59
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mira que tienen poca verguenza Bankia dice que cumplirá con provisiones en plazo y sin recursos públicos Tags: empresas,banca 02/02/2012 EFE Madrid, 2 feb (EFE).- BFA-Bankia, fruto de la unión de Caja Madrid, Bancaja y otras cinco cajas, aseguró hoy que cumplirá los nuevos requisitos en materia de provisiones anunciados hoy por el Gobierno dentro de los plazos y condiciones establecidas, sin necesidad de recurrir a fondos públicos. Según informó la entidad, para afrontar las exigencias, el Grupo Banco Financiero y de Ahorros (BFA) cuenta con recursos como deuda subordinada y participaciones preferentes; provisiones genéricas (por importe de 1.100 millones de euros) y la venta de activos no estratégicos (carteras de crédito, inmuebles, sale & leaseback -venta para, posteriormente, continuar en régimen de alquiler-). Las preferentes y subordinadas del grupo llegan a 6.300 millones. Además BFA destaca en la nota que tampoco se puede olvidar que para afrontar estas exigencias cuenta con los resultados que sigue generando. Bankia obtuvo un beneficio atribuido de 295 millones entre enero y septiembre de 2011, periodo en el que mejoró su solvencia tras su salida a Bolsa, hasta alcanzar una proporción del 9,8 % entre capital de máxima calidad y activos de riesgo, según la normativa actual. Además, ha logrado vender en 2011 unos 4.500 bienes inmobiliarios, fundamentalmente viviendas y locales, con un valor de unos 850 millones de euros, según informó la entidad recientemente. El Grupo BFA valora las medidas anunciadas por el Ejecutivo esta tarde "en cuanto fortalecen la confianza en la economía y el sector financiero español". Además, cree que estas medidas "permitirán a BFA-Bankia afrontar las nuevas exigencias sin necesidad de recurrir a fondos públicos y en los plazos y condiciones establecidos por el Gobierno", así como los requerimientos marcados por la Asociación Europea de la Banca (EBA) en materia de solvencia. Bankia afronta las nuevas exigencias "con la misma capacidad con la que ha superado todos los cambios regulatorios de los últimos años" y que le ha llevado a cerrar "con éxito" procesos como "la mayor integración del mapa bancario español o la salida a Bolsa", subraya la entidad presidida por Rodrigo Rato. En la actualidad, Bankia - nacida de la fusión de Caja Madrid, Bancaja y La Caja de Canarias, Caixa Laietana y las cajas de Ávila, Segovia y La Rioja- está inmersa en el proceso de integración tecnológica de toda su red y ha elevado hasta 370.000 el número de accionistas. EFE
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carlos1967s 01/02/12 19:54
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luego lo mejor es hablar con un abogado penalista e intentar demostrar lo siguiente Artículo 248 C.P. 1. Cometen estafa los que, con ánimo de lucro, utilizaren engaño bastante para producir error en otro, induciéndolo a realizar un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno. Artículo 250 C.P. 1. El delito de estafa será castigado con las penas de prisión de un año a seis años y multa de seis a doce meses, cuando: (...) 6. Se cometa abuso de las relaciones personales existentes entre víctima y defraudador, o aproveche éste su credibilidad empresarial o profesional
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carlos1967s 01/02/12 19:52
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Este escrito para empezar, en el banco no van a hacer ni caso, pero es preceptivo antes de mandarlo a la CNMV Bankia, S.A.U. Servicio de Atención al Cliente Apdo. de Correos Nº 61267 28080 Madrid D _______________, mayor de edad, con domicilio a efectos de notificaciones en ___________________ provisto de DNI comparece ante este servicio y de la mejor forma procede a: DECLARAR: Primero: Que con fecha ________________ firmó un contrato de _____ Participaciones Preferentes Caja Madrid 2009 por un importe de __________ €, después de haber sido contactado por la entidad para ofrecerle el citado producto. FUNDAMENTOS DE LA RECLAMACIÓN: Primero: Existe una directiva europea llamada MiFID que pretende proteger a los pequeños inversores exigiendo la realización de una clasificación de los clientes a las entidades mediante un cuestionario. Esta clasificación, para los pequeños inversores, les otorga el nombre de inversores minoristas y exige a la entidad la realización de un test de conveniencia para poder determinar la capacidad del inversor de contratar productos como el que ocasiona esta reclamación. En ningún momento a D. ___________________ se le realizaron ni la clasificación como minorista, ni el test de conveniencia con anterioridad a la contratación de este producto. La entidad aporta un Test de Conveniencia que no viene firmado por ninguno de los titulares, y que viene marcado con un “X” por medios informáticos. Segundo: Esta misma directiva, traspuesta al ordenamiento jurídico español mediante la ley 47/2007 y el Real Decreto 217/2008, dice que deberá incluirse en la explicación de los riesgos, los conexos al tipo de producto incluida una explicación del riesgo de pérdida y la volatilidad del precio del instrumento financiero y cualquier limitación de mercado en que pueda negociarse. NO consta una explicación de los riesgos conexos a los instrumentos derivados que se utilizan en el producto, ni una estimación de las posibles pérdidas en diferentes escenarios, ni las limitaciones del mercado en que se negocian, ni en que mercado se negocian. Cuarto: El art. 79 bis de la ley 24/1988 ha sido vulnerado en el punto 79 bis.3 ya que se daba información engañosa al referirse los comerciales al producto con la denominación de un producto “seguro”, cuando se trata de un producto que presenta un riesgo elevado, se puede incurrir en perdidas y no se garantiza una negociación rápida. Además hay una completa ausencia de información sobre los centros de ejecución de órdenes y sobre los gastos y costes asociados de modo que les permita comprender la naturaleza y los riesgos del servicio de inversión y del tipo específico de instrumento financiero que se ofrece pudiendo, por tanto, tomar decisiones sobre las inversiones con conocimiento de causa. En muchos casos incluso se les habló de “coste cero” en el caso de la cancelación. Quinto: Según el artículo 82.1 del Real Decreto 1/2007, se considerarán prácticas abusivas, todas aquellas no consentidas expresamente, y que realizadas en contra de las exigencias de la buena fe, causen un perjuicio al consumidor y usuario. Se ha vendido con la denominación de producto seguro” cuando es un producto de alto riesgo. Los consumidores minoristas conocen el funcionamiento de un producto seguro, que en ningún caso es parecido a los riesgos de una participación preferente. No se facilito la información de los folletos del producto. Por todo esto, SE SOLICITA: Primero: Que se declare nulo el contrato, restituyéndose las cantidades aportadas por las partes, por error en el consentimiento tal y como prevé el Código Civil en su artículo 1265 y 1266, ya que por los hechos expuestos anteriormente, el cliente no estaba bien informado de las características y riesgos del producto que contrataba. Segundo: Que subsidiariamente, se permita rescindir el contrato sin coste alguno para esta parte reclamante, debido a las graves irregularidades observadas
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carlos1967s 31/01/12 20:56
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las preferentes de caja madrid estan en el send que da verguenza PPR C.MADRID FIN-II VBLE 12/9999 ES0115373021 5.000,00 51,5000 Sigo insistiendo en que con independencia de todo lo que se haga, habria que ir por lo penal contra directores, comerciales y toda la chusma que vendio las preferentes, no tengo ninguna duda que tarde o temprano empezarian a contar toda la verdad para defenderse, alguno de estos informó a sus clientes que la fecha de recompra por parte de la entidad es el año 9999?, suena a coña, pero viene asi en muchos contratos, y ahora no vale decir que es la fecha que por defecto viene en el ordenador y que en los contratos sale asi, porque si esto no vale, el resto del contrato tampoco. hay que darle duro a los de bankia, y no darles tregua
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