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Participaciones del usuario batiscafo - Hipotecas

batiscafo 08/11/18 18:16
Ha respondido al tema Firma Hipoteca pendiente la próxima semana
Pues a esta hora, no hay nada firme. Pero el Decreto-Ley que se publicará mañana en el BOE va a decir que las firmas a partir del día 10, el "famoso impuesto" es por cuenta del banco. Un saludo.
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batiscafo 08/11/18 17:00
Ha respondido al tema DEFINITIVO: El cliente pagará el AJD. ¿Cuál es vuestra opinión?
REAL DECRETO-LEY QUE MODIFICARÁ DOS ARTÍCULOS DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS Aprueba un Real Decreto-ley que se publicará este viernes en el BOE, entrará en vigor el sábado y se aplicará a las hipotecas otorgadas a partir de ese momento El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto-ley que modificará dos artículos de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados para que sea la banca la que pague ese tributo y no los ciudadanos cuando se formalice un préstamo con garantía hipotecaria. El Gobierno ha adoptado esta medida después de que el Pleno de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo decidiera el pasado 6 de noviembre modificar el criterio mantenido en una sentencia anterior. En dicha sentencia, el Alto Tribunal defendió que el sujeto pasivo del impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados era el prestamista, lo que suponía un cambio en la interpretación que se había mantenido hasta ese momento. Sin embargo, el Pleno del Supremo aprobó en una ajustada votación volver al criterio inicial y determinó que son los ciudadanos quienes deben asumir el pago del impuesto cuando firman un préstamo hipotecario Ante estos diversos pronunciamientos y para evitar que se genere incertidumbre e inseguridad jurídica que pueda afectar al mercado hipotecario y a los intereses de los consumidores, el Gobierno ha decidido modificar el Real-Decreto legislativo 1/1993, por el que se aprueba el texto refundido de la ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. En concreto se modifican los artículos 29 y 45 de dicha norma, para determinar que el sujeto pasivo del impuesto, cuando se trate de escrituras de constitución de préstamo con garantía hipotecaria, será el prestamista. Asimismo, se incluye una disposición por la que se modifica el artículo 15 de la Ley sobre el Impuesto de Sociedades para establecer que el gasto que supondrá el pago de impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados estará considerado como no deducible por parte del prestamista. Este Real Decreto-ley se publicará en el Boletín Oficial del Estado (BOE) este viernes y entrará en vigor al día siguiente. Se aplicará a las escrituras formalizadas a partir de la entrada en vigor de la norma. Copiado de: http://www.lamoncloa.gob.es/consejodeministros/referencias/Paginas/2018/refc20181108.aspx#TRANSMISIONES
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batiscafo 11/06/18 20:32
Ha respondido al tema ¿ Quién paga el IBI comprador o vendedor?
En mi opinión, el pago del IBI corresponde a quien era titular del inmueble el día primero del año. Artículo 75. Ley Reguladora de las Haciendas Locales. https://boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2004-4214 Un saludo.
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batiscafo 11/03/18 19:02
Ha respondido al tema Impuesto transmisiones patrimonial
El tipo impositivo, lo tienes en el enlace: https://www.tributasenasturias.es/stpa/Ciudadanos+y+Empresas/Informacion+Tributaria/Catalogo+de+tributos/Tributos+cedidos+por+el+Estado/Impuesto+sobre+Transmisiones+Patrimoniales+y+Actos+Jur%C3%ADdicos+Documentados/Modalidad+Transmisiones+Patrimoniales+Onerosas La valoración del inmueble, puede que la encuentres en: https://www.tributasenasturias.es/stpa/Ciudadanos+y+Empresas/Oficina+Virtual/Sin+certificado+digital/Calculo+de+Valoraciones De todas formas yo en tu lugar confirmaría los datos en la Consejería de Hacienda de Asturias para evitar sorpresas. Un saludo.
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batiscafo 30/01/18 12:22
Ha respondido al tema Alquiler de vivienda y desgravación
Si un arrendador alquila una vivienda a un inquilino, el primero no puede considerar que es su vivienda habitual porque pasa a ser la vivienda habitual del inquilino. Otra cosa es que el arrendador puede deducirse como gasto (a descontar de los ingresos), los INTERESES pagados de la cuotas hipotecarias. Solamente los intereses y no la amortización de capital. Y siempre que el préstamo hipotecario se utilizara para la adquisición de la vivienda. Un saludo.
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batiscafo 06/01/18 13:41
Ha respondido al tema Arras penitenciales al alquilar con agencia, ¿me las devolverían?
Estoy de acuerdo contigo.  En mi opinión, no entiendo porqué han introducido el término de arras penitenciales en un contrato de alquiler. Es de suponer que el contrato, se debería ajustar a lo acordado en el precontrato de depósito y de arras penitenciales. Ellos son los profesionales. Pero tu eres una de las partes y  tienes también tus derechos y a exigirlos. Un saludo.  
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batiscafo 06/01/18 13:21
Ha respondido al tema Arras penitenciales al alquilar con agencia, ¿me las devolverían?
Lo que no entiendo es que estipulen en el precontrato el término de "arras penitenciales" en una operación de alquiler y hagan referencia al artículo 1454 del Código Civil en que habla del contrato de compraventa: Artículo 1454 Si hubiesen mediado arras o señal en el contrato de compra y venta, podrá rescindirse el contrato allanándose el comprador a perderlas, o el vendedor a devolverlas duplicadas. Aunque por lo que he podido leer, se supone que el importe te lo van a devolver o descontar de los pagos que vas a tener que realizar. Entre ellos, el que te cobra la agencia: una mensualidad más el 21% de IVA. Un saludo.
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batiscafo 06/01/18 11:58
Ha respondido al tema Arras penitenciales al alquilar con agencia, ¿me las devolverían?
Sobre el Impuesto Transmisiones Patrimoniales, lee el artículo 12 de la Ley https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1993-25359 Y como es un Impuesto autonómico, en la Comunidad de Madrid: http://www.madrid.org/cs/Satellite?c=CONT_Pregunta_FA&cid=1142342662129&language=es&oid=1142342521691&pageid=1168934251138&pagename=Contribuyente%2FCONT_Pregunta_FA%2FCONT_pregunta Un saludo.
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batiscafo 17/12/17 13:40
Ha respondido al tema Amortizar hipoteca para la desgravación
Puedes utllizar en la página de la Agencia Tributaria, la declaración de Renta Web del año pasado. Cambias los importes de los rendimientos que hayas tenido en el año 2017 y te puede servir como simulador. De todas formas, pon cuidado de no guardar los cambios que hagas ni enviarlos. Ten en cuenta además, que no te pueden devolver más importe de lo que te han retenido durante el año. Un saludo.
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