Re: pias
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Re: pias
Re: pias
Uy, ¿¿han borrado mi respuesta anterior??... Esto.... Bueno, como dicen mis compañeros, sí que se puede trasladar, pero puede que alguna compañía te ponga alguna traba. He visto casos de que la aseguradora obliga al tomador a tener contratado el pias y aportar uno o dos años, y solamente pasado este plazo aceptan el traslado. Son clausulas abusivas pero que existen. Pero el tramite para solicitar el traslado es el mismo que, por ejemplo, trasladar un plan de pensiones.
Gracias a ti.
David (www.miasesorfinanciero.com)
Re: pias
Mil perdones.Se pueden traspasar de una Compañía a otra sin coste ninguno (igual que los planes de pensiones y fondos de inversión) y como ventaja fiscal. Si en el momento de recoger el dinero o rescatar, el producto tiene una antigüedad superior a 10 años y el dinero se percibe como renta vitalicia, los rendimientos generados están exentos de tributación.
Re: pias
Salas23; Efectivamente un PIAS se puede movilizar de una entidad aseguradora a otra con la decision unilateral del tomador de la poliza, la cia no puede ponerte ningun inconveniente, es mas la compañia a donde quieras llevarlo, seguramente te facilitara un impreso mediante el cual ella misma se encarga de dicha movilizacion o traspaso como quieras llamarlo.