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Re: Unos timadores - Verti
La ley no obliga a ninguna aseguradora a enviar esa comunicación. Lo que si establece la jurisprudencia es que una subida de precio se puede considerar como una modificación del contrato y, en consecuencia, una vez tienes conocimiento de la misma, tienes 15 días para rechazar...
... en ese caso, dado que tu no comunicaste en tiempo y forma que no querías renovar, si la compañía decide mantenerte el precio, estarías OBLIGADO a seguir con ellos. Con esto quiero decirte que no caigas en el error de decir que no te interesa y contratar el seguro en otro lado ya que, si como te digo, tu compañía decide mantenerte el precio estás obligado a quedarte y si ya has contratado con otra tendrías otro problema.
... en ese caso, dado que tu no comunicaste en tiempo y forma que no querías renovar, si la compañía decide mantenerte el precio, estarías OBLIGADO a seguir con ellos. Con esto quiero decirte que no caigas en el error de decir que no te interesa y contratar el seguro en otro lado ya que, si como te digo, tu compañía decide mantenerte el precio estás obligado a quedarte y si ya has contratado con otra tendrías otro problema.
#3
Re: Unos timadores - Verti
Lo siento pero no da la info adecuada.
La ley si obliga a informar con 2 meses de antelación de cualquier modificación del contrato.
Ahora bien, tenemos 2 supuestos.
1- que la modificación de la prima este prevista en el contrato ( tiene que venir detalladamente) en este caso, tienen que avisar pero si se cumple lo que esta firmado, no hara falta consentimiento para renovar.
2- si la modificación de la prima no está prevista en el contrato, tendran igualmente que avisar y necesitarán de la autorización del asegurado.
También informarle que ellos pueden decir que han enviado la información, pero esto no basta, tiene que llegar a la persona.
Esto se lo comento, ya que un seguro me la intentó jugar y el juez pidió pruebas de que yo habia recibido dicha información y al no poder demostrarlo que llegara a mi, quedo anulado directamente.
Y estaba en el primer caso que le comento
La ley si obliga a informar con 2 meses de antelación de cualquier modificación del contrato.
Ahora bien, tenemos 2 supuestos.
1- que la modificación de la prima este prevista en el contrato ( tiene que venir detalladamente) en este caso, tienen que avisar pero si se cumple lo que esta firmado, no hara falta consentimiento para renovar.
2- si la modificación de la prima no está prevista en el contrato, tendran igualmente que avisar y necesitarán de la autorización del asegurado.
También informarle que ellos pueden decir que han enviado la información, pero esto no basta, tiene que llegar a la persona.
Esto se lo comento, ya que un seguro me la intentó jugar y el juez pidió pruebas de que yo habia recibido dicha información y al no poder demostrarlo que llegara a mi, quedo anulado directamente.
Y estaba en el primer caso que le comento
#4
Re: Unos timadores - Verti
Pues mira, discrepo contigo.... ese es el gran debate existente y que jurídicamente no está resuelto sobre si la prima forma o no forma parte del contrato. La Ley de Contrato de Seguro a la que haces mención respecto a esa obligación de informar con 2 meses de antelación, no lo contempla aunque luego existe diversa jurisprudencia en ambos sentidos.
Dicho esto, y ante una regulación clara al respecto, la gran mayoría de las compañías NO están enviando esa información previa a la renovación.
Por ello, lo que si parece que sería de aplicación sería la parte en la que indica que el asegurado, una vez conocida la nueva prima, tendría 15 días para aceptar o rechazar la propuesta pero, ojo, en caso de rechazarla, si la aseguradora decidiese mantener el precio, el tomador estaría obligado a la renovación. Por tanto, cuidadito con decir que la rechazo y me hago el seguro en otro lado.
Dicho esto, y ante una regulación clara al respecto, la gran mayoría de las compañías NO están enviando esa información previa a la renovación.
Por ello, lo que si parece que sería de aplicación sería la parte en la que indica que el asegurado, una vez conocida la nueva prima, tendría 15 días para aceptar o rechazar la propuesta pero, ojo, en caso de rechazarla, si la aseguradora decidiese mantener el precio, el tomador estaría obligado a la renovación. Por tanto, cuidadito con decir que la rechazo y me hago el seguro en otro lado.
#5
Re: Unos timadores - Verti
No hay debate que valga cuando para algo hay unas leyes en cuanto a contratos de seguros y son muy claras.
En las cuales ya se hablan sobre modificación de primas
La misma si contempla los 2 meses, es mas si la parte aseguradora notifica esa modificación en una periodo inferior a 2 meses, incluso en el caso que la modificación de la prima si este recogida en el contrato y el tomador del seguro no acepta la citada subida de la prima, la aseguradora no podrá proceder al incremento y por tanto deberá respetar la prima del periodo anterior y ello hasta el vencimiento del siguiente periodo.
Asi mismo si el asegurado cumple los plazos de rechazar la renovación, la compañia aseguradora no podrá obligar al asegurado.
Todo esto mientras se haga en las formas y tiempos establecidos.
Es decir no vale decirlo por teléfono, si no de forma escrita.
Por eso mismo, es aconsejable mandar la carta certificada con acuse de recibo.
Las cosas son claras, lo que pasa que las aseguradoras meten miedo.
En las cuales ya se hablan sobre modificación de primas
La misma si contempla los 2 meses, es mas si la parte aseguradora notifica esa modificación en una periodo inferior a 2 meses, incluso en el caso que la modificación de la prima si este recogida en el contrato y el tomador del seguro no acepta la citada subida de la prima, la aseguradora no podrá proceder al incremento y por tanto deberá respetar la prima del periodo anterior y ello hasta el vencimiento del siguiente periodo.
Asi mismo si el asegurado cumple los plazos de rechazar la renovación, la compañia aseguradora no podrá obligar al asegurado.
Todo esto mientras se haga en las formas y tiempos establecidos.
Es decir no vale decirlo por teléfono, si no de forma escrita.
Por eso mismo, es aconsejable mandar la carta certificada con acuse de recibo.
Las cosas son claras, lo que pasa que las aseguradoras meten miedo.
#6
Re: Unos timadores - Verti
#7
Re: Unos timadores - Verti
Una cosa es recibir una denuncia, otra muy distinta que llegue a juicio.
Denuncian para meter miedo, una vez llega uno al acto de conciliación y el abogado muestra las leyes y el Incumplimiento por parte de la aseguradora ademas de solicitar las pruebas a esta, la misma retira la demanda.
Se lo digo por experiencia propia. Y mi abogado me lo dijo que solo lo hacen para meter miedo, nada mas consultar con el, directamente dijo que les dejara hasta llegar al juicio.
Denuncian para meter miedo, una vez llega uno al acto de conciliación y el abogado muestra las leyes y el Incumplimiento por parte de la aseguradora ademas de solicitar las pruebas a esta, la misma retira la demanda.
Se lo digo por experiencia propia. Y mi abogado me lo dijo que solo lo hacen para meter miedo, nada mas consultar con el, directamente dijo que les dejara hasta llegar al juicio.
#8
Re: Unos timadores - Verti
Es posible que tu abogado te haya dicho eso. No lo dudo. Pero también es cierto, y por estos foros ha habido situaciones, que alguna aseguradora ha ido a juicio. Como te digo, el hecho de no comunicar el precio de renovación es una práctica muy pero que muy extendida. Salvo dos o tres aseguradora que sí lo hacen, el resto nada de nada.
#9
Re: Unos timadores - Verti
#10
Re: Unos timadores - Verti
#11
Re: Unos timadores - Verti
Yo no te discuto que sea para meter miedo o no. Sólo el que lo hace sabe porqué lo hace y hasta dónde está dispuesto a llegar. Lo que si te digo es que NO es ilegal. Es un limbo jurídico y que cada caso puede tener unas consecuencias u otras puesto que existe una norma que no matiza este aspecto y luego hay interpretaciones de todo tipo... como ahora con el toque de queda por el Covid... vemos tribunales que dicen unas cosas y otros que dicen otras.
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Re: Unos timadores - Verti
#13