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Duda sobre seguro pagado y no firmada la póliza y primas de hace 6 meses y un año.

9 respuestas
Duda sobre seguro pagado y no firmada la póliza y primas de hace 6 meses y un año.
Duda sobre seguro pagado y no firmada la póliza y primas de hace 6 meses y un año.
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#9

Re: Duda sobre seguro pagado y no firmada la póliza y primas de hace 6 meses y un año.

Como te entiendo, yo he incluido un anexo a lo que hago firmar a los clientes donde les hablo exprofeso de la domiciliación para evitar también lo de los 13 meses, sino es que puedes volverte loco, te devuelven el seguro cuando ya ha pasado el año si no les ha pasado ningún siniestro, y luego demándales para cobrarlo, 8 semanas, pues bueno, pero 13 meses es una barbaridad, pero claro será barbaridad para el que no actue diligentemente, como siempre pasa, habrá muchos pequeños negocios que ni se enteren de este tema, a esos pillará el toro.

Y sobre lo de que precisamente lo que te gustaría que lo firmarán no lo firman también te entiendo, antes eso lo único posible es cortar los pedidos, pero claro es un riesgo comercial.

SAludos.

#10

Re: Duda sobre seguro pagado y no firmada la póliza y primas de hace 6 meses y un año.

Es que el problema para mí no es tanto que el cliente nos devuelva el recibo a los pongamos 7 meses, yo creo que este no es problema, voy a hacer una hipótesis y lo que comentaré ha pasado en al menos un dos casos que yo conozca en Francia, imaginemos que nuestra empresa o la tuya tiene una póliza de crédito en el Banco del Parque, S.A. de 100.000 € y el saldo deudor es de 97.500 €, hoy presento el concurso de acreedores, entonces ¿Qué impide al Banco del Parque devolver todos los recibos de meses atrás para rebajar la deuda? Podemos decir la ley, pues yo no lo tengo tan claro, porque la ley da la potestad de devolver los recibos mal domiciliados en 13 meses, ¿no puede aducir falta de domiciliación o error en la misma? Si … ya sé que este en un juicio habría que ver, pero de momento en dicho caso de concurso mis proveedores tendrían como mínimo un problema de tesorería, que lo pueden arreglar judicialmente, puede, pero de momento ……..

Te digo lo de Francia, porque como sabrás si tu abonas en tu cuenta española un cheque francés y te lo abonan en firme (no se cursa en gestión de cobro que cuando se cobra es firme) está sujeto a un convenio de colaboración de compensación entre países, pero es de “colaboración” nada de obligación, y su plazo de devolución es hasta la caducidad del cheque que creo que en Francia son 12 meses, pues bien ….. ha ocurrido, no sé si mucho o poco, pero yo conozco dos casos, en que por una “liquidation judiciaire” que es algo así como la quiebra en España, el banco francés ha devuelto para España todos los cheques de los últimos 12 meses, para quedar menos enganchado, y si quieres demandar te coges un abogado de parís que al ser un tema internacional te costará un huevo ….. Nosotros solucionamos esto del extranjero abriendo cuentas en los países a los que exportamos y no tenemos este problema porque nuestra cuenta por ejemplo en Francia esta sujeta a la legislación francesa, y los cheques son firmes a los 4 días, algo así como en España, en fin ……. Es una teoría mía y puede que no tenga fundamento, pero si tenemos las domiciliaciones firmadas esto de los 13 meses seguro que no nos afectaría.