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¿Hay que avisar al seguro con dos meses de antelación para darlo de baja?

49 respuestas
¿Hay que avisar al seguro con dos meses de antelación para darlo de baja?
¿Hay que avisar al seguro con dos meses de antelación para darlo de baja?
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#16

Re: ¿Hay que avisar al seguro con dos meses de antelación para darlo de baja?

Delabota en este caso me parece una salvajada de la cia, que lo único que ha conseguido ha sido perder varios seguros, no solo uno, como puedes entender.

Estamos hablando de personas de más de 70 años,sin hijos, que no tuvieron la posibilidad de aprender casi ni a leer ni escribir, que confíaban en la persona que les hizo el seguro y se lo cobraba.

La ley dice una cosa, correcto, pero un buen comercial también tiene que saber que a veces perder una póliza es lo menos malo que te puede pasar, e incluso te puede traer más. La honradez de saber decirle a un cliente que tiene mejor producto que el que le podemos ofrecer, o que las diferencias son pocas y es posible que no le salga a cuenta hacer el cambio, ninguna cia es la mejor en todo, hará que no firmes esa póliza, pero posiblemente te dejen estudiarle el resto de su cartera y te darán referencias. Si tu colocas una póliza, vas a estar jodido, y perdonarme la palabra.

Saludos

#17

Re: ¿Hay que avisar al seguro con dos meses de antelación para darlo de baja?

Buenos días, pa095630

Vaya que te pueden aumentar el recibo del seguro y no avisarte y te lo tienes que tragar.
No te parece que te has columpiado un poco?

#18

Re: ¿Hay que avisar al seguro con dos meses de antelación para darlo de baja?

Yo conozco otro caso de un hogar de 200 euros +/-, que le dijeron que no habría ningún problema y le pasó lo mismo. Concretamente fué Seguros Atocha. El pliego que recibió del juzgado era bastante hermosote por el tamaño. Daba la sensación de que la acusaban de haber matado a Manolete.

Saludos

#19

Re: ¿Hay que avisar al seguro con dos meses de antelación para darlo de baja?

Pero, ¿quién ha dicho esto? ¿me puedes decir en qué parte de la ley dice eso y habla también de la obligación de comunicar con 2 meses a las aseguradoras?

#20

Re: ¿Hay que avisar al seguro con dos meses de antelación para darlo de baja?

Muchas gracias Emmamani, la verdad es que si ha subido unos euros, así que intentaré solicitarlo mediante reclamación. Ya os diré si me funciona!! Gracias a tod@s por vuestro tiempo.:-)

#21

Re: ¿Hay que avisar al seguro con dos meses de antelación para darlo de baja?

He buscado un poco de información por internet y he encontrado esto:

"Cuando el tomador no quiera seguir continuando con un contrato anual renovable, debe notificárselo por escrito a la entidad aseguradora o su agente con una anterioridad de al menos dos meses a la fecha en que la prórroga vaya a producirse. La misma obligación se impone a la aseguradora en caso de que quiera oponerse a la prórroga".

Fuente: http://www.dgsfp.mineco.es/Gaspar/SEvencimientoDuracion.asp

Veremos como acaba...

#22

Re: ¿Hay que avisar al seguro con dos meses de antelación para darlo de baja?

Correcto, y si el contrato sufre alguna modificación la otra parte puede rechazarla, creo que tiene 15 días para hacerlo (hablo de memoria)

Así que si la compañía ha realizado una modificación del contrato (AUMENTO DE PRIMA) el cliente puede rechazar la renovación.

#23

Re: ¿Hay que avisar al seguro con dos meses de antelación para darlo de baja?

No señor. Dependiendo de los casos lo mas que puede exigir es que se respete la prima de la anterior anualidad.

#24

Re: ¿Hay que avisar al seguro con dos meses de antelación para darlo de baja?

Prima de la anterior anualidad, aumentada por el IPC del gremio de los seguros (que nunca coincide con el común), y lógicamente, si no has tenido ningún siniestro en la anualidad, ya que entonces, también puede subir en la proporción que indique la compañía (siempre dentro de términos legales y lógicos. No le pueden duplicar el precio, por ejemplo).

#25

Re: ¿Hay que avisar al seguro con dos meses de antelación para darlo de baja?

tampoco es correcto. Lo del IPC es si está pactada esa revalorización en el contrato y muchos ramos, por ejemplo autos, no existe dicha cláusula en ningún contrato de los que conozco.

Me vais a permitir una maldad.... por aquí hay mucho profesional del sector y ninguno tiene claro esto que es el pan nuestro de cada día.... ¿cómo vamos a pedir que la gente de la calle se lo sepa?

#26

Re: ¿Hay que avisar al seguro con dos meses de antelación para darlo de baja?

El contrato de seguro no puede modificarse unilateralmente, ni puede hacerlo el asegurado, ni puede hacerlo el asegurador, si hay un aumento de prima injustificado el asegurado debe aceptar la renovación no existe renovación tacita de la poliza si hemos modificado las caracteristicas de la misma.

#27

Re: ¿Hay que avisar al seguro con dos meses de antelación para darlo de baja?

Si yo lo tengo clarísimo. El problema es que las compañías van a lo suyo, nosotros a lo nuestro y el cliente a lo que le cuentan pero quedándose con lo que mas le mola. La Ley es una castaña y su aplicación, un saco.

#28

Re: ¿Hay que avisar al seguro con dos meses de antelación para darlo de baja?

El aumento que hace la compañia está aprobado por la Dirección General de Seguros y por tanto es Legal,como revalorización anual de la prima,por lo que esa variación no argumenta el tener que avisar con dos meses,solo para la anulación,por ambas partes.

#29

Re: ¿Hay que avisar al seguro con dos meses de antelación para darlo de baja?

Discutible. Aunque ahora no la voy a buscar creo que la normativa de consumidores hace alusión a que el cliente pueda calcular claramente el precio final de renovación (como sería una revalorización por IPC) y las tasas aprobadas por la DGS no las conocemos ninguno de nosotros. La jurisprudencia va en ese sentido en parte, igual que en ocasiones admite como justificadas subidas en el entorno del IPC general.

#30

Re: ¿Hay que avisar al seguro con dos meses de antelación para darlo de baja?

Esto es lo que yo tengo entendido, y es lo que la aseguradora con la que tengo contrato de colaboración aplica, en mi caso como solo es una lo tengo mas sencillo.
En seguros de diversos no existe el incremento de prima por el IPC, en ningún ramo, existe una fórmula de revalorización de capitales, a la que se le aplican las tasas del producto, más los nuevos importes de los impuestos y las tasas de consorcio y otros, y la suma de estos es la prima anual, es lo que se firma en las pólizas, y la verdad que para un asegurado, es un poco complicado de calcular dicha fórmula y poder saber el nuevo precio sin ayuda.
En seguros de autos es lo que comentáis, están sujetas las primas a las comunicadas por cada aseguradora cada anualidad a la dirección general de seguros.
Esto es lo que yo conozco, que puede ser que tenga algunos matices que puedo desconocer.